Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús periodo 2024-2029

Aprueban el Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús, periodo 2024-2029

RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL

N° 000180-2024-SERNANP/J-SGD

San Isidro, 15 de octubre del 2024

VISTOS:

El Informe N° 000809-2024-SERNANP/DDE-SGD del 14 de octubre de 2024 de la Dirección de Desarrollo Estratégico y el Memorándum N° 005623-2024-SERNANP/DGANP-SGD del 11 de octubre del 2024 de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de la institución, y el Informe N° 000640-2024-SERNANP/OAJ-SGD de fecha 14 de octubre de 2024 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;

Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8 de la Ley N° 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, el artículo 18 de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específicos, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las áreas;

Que, el artículo 20 de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y serán elaborados bajo procesos participativos y revisados cada cinco (5) años;

Que, mediante Decreto Supremo N° 040-2004-AG, de fecha 20 de noviembre de 2004, se categoriza como Reserva Comunal Purús, la superficie de doscientas dos mil treinta y tres hectáreas y dos mil cien metros cuadrados (202 033.21 ha) de la Zona Reservada del Alto Purús, ubicada en el distrito de Iñapari, provincia de Tahuamanu, departamento de Madre de Dios y el distrito de Purús, provincia de Purús, departamento de Ucayali;

Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2009-MINAM, se establecen las Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;

Que, mediante Resolución Presidencial N° 062- 2019-SERNANP, se aprobó el Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús, por el periodo 2019 – 2023, como el documento de más alto nivel de la referida Áreas Natural Protegida;

Que, mediante Resolución Presidencial N° 202- 2021-SERNANP, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros;

Que, mediante Resolución Directoral N° 005- 2022-SERNANP-DDE se aprueban los formatos que permitirán la implementación de las Disposiciones Complementarias para el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP;

Que, mediante Resolución Directoral N° 003- 2023-SERNANP-DDE de fecha 12 de enero de 2023, se aprueba la relación de las Áreas Naturales Protegidas aptas para iniciar el proceso de actualización de sus respectivos Planes Maestros en el año 2023, siendo una de ellas la Reserva Comunal Purús;

Que, mediante la Resolución Directoral N° 018- 2023-SERNANP-DDE, se aprueba los Términos de Referencia del proceso de actualización del Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús, siendo modificado el cronograma de dichos Términos de Referencia mediante Resolución Directoral N° 000023-2024-SERNANP/DDE-SGD;

Que, teniendo en cuenta que en el Informe N° 000809-2024-SERNANP/DDE-SGD, se concluye que el Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús periodo 2024-2029, ha sido elaborado conforme a las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobado mediante Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP y que, no presenta observaciones siendo validado por la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión del ANP, así como de la Asamblea del Ejecutor de Contrato de Administración de la Reserva Comunal Purús – ECOPURUS y sustentada ante las direcciones de línea y la Alta Dirección del SERNANP, contando con la respectiva conformidad y visto bueno de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, otorgado a través del Memorando N° 005623-2024-SERNANP/DGANP-SGD, solicita su aprobación;

Que, dicho informe concluye además que, en relación a la zonificación y Zona de Amortiguamiento de dicha Reserva Comunal no han sido modificadas;

Que, en ese sentido, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda aprobar el Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús periodo 2024-2029;

Que, en el Informe N° 000640-2024-SERNANP/OAJ-SGD, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que atendiendo al informe emitido por la Dirección de Desarrollo Estratégico y la conformidad de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús periodo 2024-2029;

Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y;

De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM y en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro de la Reserva Comunal Purús, periodo 2024-2029, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Comunal Purús, velar por la implementación del referido Plan Maestro.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp, en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE

Jefe del SERNANP

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