Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban la Directiva denominada Disposiciones para la entrega de material bibliográfico documental para promover la creación o fortalecimiento de bibliotecas

Aprueban la Directiva denominada “Disposiciones para la entrega de material bibliográfico documental para promover la creación o fortalecimiento de bibliotecas”

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 000159-2024-BNP

Lima, 4 de octubre de 2024

VISTOS:

El Memorando Nº 000014-2024-BNP-J-DGAB de fecha 19 de septiembre de 2024, de la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria; el Memorando Nº 000340-2024-BNP-J-DGC de fecha 20 de septiembre de 2024-BNP-DGC, de la Dirección de Gestión de las Colecciones; el Memorando Nº 000364-2024-BNP-GG-OTI de fecha 20 de septiembre de 2024, de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Memorando Nº 001244-2024-BNP-GG-OPP de fecha 23 de septiembre de 2024, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal Nº 000278-2024-BNP-GG-OAJ de fecha 26 de septiembre de 2024, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú, establece que ésta es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura y es el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas;

Que, el numeral 1.2.1 del inciso 1.2 del artículo 1 del texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que no son actos de administrativos, los siguientes: “Los actos de administración interna de las entidades destinados a organizar o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son regulados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta ley, y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan”;

Que, el numeral 73.3 del artículo 73 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece que cada entidad es competente para realizar tareas materiales internas necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos;

Que, el artículo 8 de la Sección Primera Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2024-MC, establece que la Jefatura de la Biblioteca Nacional del Perú tiene como funciones, entre otras, “d) Aprobar directivas y otros instrumentos que fueran necesarios para la gestión de la Biblioteca Nacional del Perú”;

Que, el artículo 32 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria es el órgano de línea encargado de “coordinar, implementar, supervisar y evaluar las acciones que permitan el desarrollo y fortalecimiento del Sistema Nacional de Bibliotecas, en concordancia con la normatividad vigente y en coordinación con los órganos de la Biblioteca Nacional del Perú, los integrantes del Sistema Nacional de Bibliotecas, el Ministerio de Cultura y demás entidades de la administración pública”;

Que, tiene entre sus funciones, de acuerdo al reglamento precedente, en el literal b) del artículo 33: “Coordinar, implementar, supervisar y/o evaluar la normativa, procesos, políticas, planes, programas o proyectos, para el desarrollo del Sistema Nacional de Bibliotecas”;

Que, la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria, a través de su Unidad Funcional de Políticas y Gestión Bibliotecaria, en el marco de sus funciones, presentó la propuesta de Directiva denominada “Disposiciones para la entrega de material bibliográfico documental para promover la creación o fortalecimiento de bibliotecas”, cuyo objetivo es “Establecer las disposiciones para la entrega de material bibliográfico documental para promover la creación o fortalecimiento de bibliotecas en el marco de la implementación del Sistema Nacional de Bibliotecas”;

Que, la propuesta de Directiva tiene como finalidad “promover la creación o el fortalecimiento de bibliotecas mediante la entrega de material bibliográfico documental, a fin de ampliar la cobertura de los servicios bibliotecarios y asegurar el acceso de la población a materiales de lectura en bibliotecas”;

Que, la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria es responsable de emitir la Resolución Directoral de autorización de entrega de material bibliográfico documental a las entidades solicitadas a través de la Unidad Funcional de Políticas y Gestión Bibliotecaria que es la encargada de evaluar y atender las solicitudes de entrega de material bibliográfico documental para promover la creación o fortalecimiento de biblioteca;

Que, a través del Informe Técnico Nº 000006- 2024-BNP-DGAB-UPGB de la Unidad Funcional de Políticas y Gestión Bibliotecaria, el Informe Nº 000222- 2024-BNP-J-DGAB-UGT de la Unidad Funcional de Gestión Territorial del Sistema Nacional de Bibliotecas y el Memorando Nº 000014-2024-BNP-J-DGAB de la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria emitieron opinión técnica favorable técnica respecto de la propuesta de Directiva;

Que mediante el Memorando Nº 000340-BNP-J-DGC la Dirección de Gestión de las Colecciones, emitió opinión técnica respecto de la propuesta de Directiva, otorgando conformidad a la propuesta final;

Que, mediante el Memorando Nº 000364-2024-BNP-GG-OTI de la Oficina de Tecnologías de la Información emitió opinión favorable a la propuesta formulada;

Que, a través del Memorando Nº 001244-2024-BNP-GG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto remitió el Informe Técnico Nº 000028-2024-BNP-GG-OPP-UMOD, a través del cual su Unidad Funcional de Modernización emite opinión favorable a la propuesta de Directiva;

Que, a fin de optimizar la entrega de material bibliográfico documental, en mérito al cumplimiento del marco normativo, para la implementación de bibliotecas, los gobiernos locales y regionales deben asegurar que la biblioteca creada cumpla con los servicios y condiciones básicas determinadas por el ente rector del Sistema Nacional de Bibliotecas, regulado en el artículo 6º, numeral 6.2 del Reglamento de la Ley Nº 31893;

Que, mediante Informe Legal Nº 000278-2024-BNP-GG-OAJ de fecha 26 de septiembre de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica emitió opinión legal, señalando que resulta legalmente viable la emisión de una Resolución Jefatural que apruebe la Directiva denominada “Disposiciones para la entrega de material bibliográfico documental para promover la creación o fortalecimiento de bibliotecas”;

Con el visado de la Gerencia General, la Dirección de Gestión y Articulación Bibliotecaria, de la Dirección de Gestión de las Colecciones, de la Oficina de Tecnologías de la Información, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con la Ley Nº 30570, Ley General de la Biblioteca Nacional del Perú; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Sección primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2024- MC;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- APROBAR la Directiva denominada “Disposiciones para la entrega de material bibliográfico documental para promover la creación o fortalecimiento de bibliotecas”, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución y su anexo en el portal web institucional (www.bnp.gob.pe), el mismo día de la publicación de la Resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ANA PEÑA CARDOZA

Jefa Institucional

2334296-1