Aprueban el Plan Maestro del Parque Nacional del Manu, período 2024-2029
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 000177-2024-SERNANP/J-SGD
San Isidro, 14 de octubre del 2024
VISTOS:
El Informe Nº 000801-2024-SERNANP/DDE-SGD del 11 de octubre de 2024 de la Dirección de Desarrollo Estratégico y el Memorándum Nº 005590-2024-SERNANP/DGANP-SGD del 11 de octubre del 2024 de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas de la institución, y el Informe Nº 000633-2024-SERNANP/OAJ-SGD de fecha 11 de octubre de 2024 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 68 de la Constitución Política del Perú, establece que es obligación del Estado promover la conservación de la diversidad biológica y de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, mediante el numeral 2 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, se crea el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP), como organismo técnico especializado, adscrito al Ministerio del Ambiente; ente rector del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE), el mismo que se constituye en su autoridad técnico-normativa;
Que, de conformidad con el literal g) del artículo 8 de la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, es función del SERNANP aprobar los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, el artículo 18 de la precitada Ley, establece que las Áreas Naturales Protegidas contarán con documentos de planificación de carácter general y específicos, por tipo de recurso y actividad, aprobados por el SERNANP con la participación de los sectores competentes correspondientes, los mismos que una vez aprobados constituyen normas de observancia obligatoria para cualquier actividad que se desarrolle dentro de las áreas;
Que, el artículo 20 de la precitada Ley, establece que la misma Autoridad Nacional aprobará un Plan Maestro por cada Área Natural Protegida, el cual constituye el documento de planificación de más alto nivel con el que cuenta cada ANP y serán elaborados bajo procesos participativos y revisados cada cinco (5) años;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 0644-73-AG, de fecha 29 de mayo de 1973, se establece el Parque Nacional del Manu, la superficie de 1 532 806 Ha ubicado en la provincia de Manu del departamento de Madre de Dios y en la provincia de Paucartambo del departamento de Cusco; siendo ampliada su superficie a 1 716 295,22 Ha mediante el Decreto Supremo Nº 045-2002-AG y reconocido como zona de núcleo de la Reserva de Biósfera del Manu y como sitio de Patrimonio Natural de la Humanidad por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura - UNESCO;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2009-MINAM, se establecen las Disposiciones para la elaboración de los Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 03-2023-SERNANP-DDE de fecha 12 de enero de 2023, se aprueba la relación de las Áreas Naturales Protegidas aptas para iniciar el proceso de actualización de sus respectivos Planes Maestros en el año 2023, siendo una de ellas el Parque Nacional del Manu;
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 202-2021-
SERNANP, se aprueban las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 005-2022-
SERNANP-DDE se aprueban los formatos que permitirán la implementación de las Disposiciones Complementarias para el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros aprobadas mediante Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP;
Que, Resolución Directoral Nº 016-2023-SERNANP-DDE, se aprueba los Términos de Referencia del proceso de actualización del Plan Maestro del Parque Nacional del Manu;
Que, teniendo en cuenta que en el Informe Nº 000801-2024-SERNANP/DDE-SGD, se concluye que el Plan Maestro del Parque Nacional del Manu periodo 2024-2029, ha sido elaborado conforme a las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP y que, no presenta observaciones siendo validado por la Comisión Ejecutiva del Comité de Gestión del ANP y sustentada ante las direcciones de línea y la Alta Dirección del SERNANP, contando con la respectiva conformidad y visto bueno de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, otorgado a través del Memorando Nº 005590-2024-SERNANP/DGANP-SGD, solicita su aprobación;
Que, dicho informe concluye además que, en relación a la zonificación y Zona de Amortiguamiento de dicho Parque Nacional no han sido modificadas;
Que, en ese sentido, la Dirección de Desarrollo Estratégico recomienda aprobar el Plan Maestro del Parque Nacional del Manu periodo 2024-2029;
Que, en el Informe Nº 000633-2024-SERNANP/OAJ-SGD, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que atendiendo al informe emitido por la Dirección de Desarrollo Estratégico y la conformidad de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, en cumplimiento a lo dispuesto en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP, corresponde emitir el acto resolutivo que apruebe el Plan Maestro del Parque Nacional periodo 2024-2029;
Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la Oficina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General; y,
De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2008-MINAM y en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial Nº 202-2021-SERNANP;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro del Parque Nacional del Manu, periodo 2024-2029, como documento de planificación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Jefatura del Parque Nacional del Manu, velar por la implementación del referido Plan Maestro.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp, en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
José Carlos Nieto Navarrete
Jefe del SERNANP
2333850-1