Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de personal policial a Argentina en misión de estudios

Autorizan viaje de personal policial a Argentina, en misión de estudios

Resolución Ministerial

N° 1265-2024-IN

Lima, 11 de octubre de 2024

VISTOS, el Oficio N° 1905-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú; y el Informe N° 001772-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio N° 169-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVCIEA-AGREPOL-ARG., de fecha 9 de agosto de 2024, el Agregado Policial de la Embajada del Perú en la República Argentina comunica al Jefe de la División de Cooperación Internacional, Enlaces y Agregadurías de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú que el Director Nacional de la Gendarmería Nacional Argentina ha confirmado la viabilidad de la visita de una delegación de la Policía Nacional del Perú al Centro de Capacitación para Operaciones Policiales de Paz (CENCAPOPAZ), así como a diversos centros de educación e institutos de la Gendarmería Nacional Argentina, la cual se llevará a cabo del 13 al 18 de octubre de 2024 en la Provincia de Buenos Aires de la República Argentina;

Que, a través del Informe N° 033-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVCIEA-UFMP, la Unidad Funcional de Misiones de Paz de la División de Cooperación Internacional, Enlace y Agregadurías de la Dirección de Asuntos Internacionales, sustenta la importancia y viabilidad de la participación del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, para que participe en dicha visita;

Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 313-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del 13 al 18 de octubre de 2024, del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, a fin de que realice una visita de referenciación al Centro de Capacitación para Operaciones Policiales de Paz - CENCAPOPAZ y centros de educación e institutos de la Gendermería Nacional Argentina”, que se desarrollará en la Provincia de Buenos Aires de la República Argentina; precisando que resulta importante para la Policía Nacional del Perú, por cuanto permitirá fortalecer las capacidades institucionales del personal participante, además de evaluar la viabilidad de establecer un centro de capacitación similar en el territorio nacional, lo que posibilitaría la preparación de futuros efectivos policiales para misiones de paz bajo la bandera de las Organización de las Naciones Unidas, asegurando un mejor desempeño en el cumplimiento de sus responsabilidades en el ámbito internacional, al mismo tiempo que contribuiría al desarrollo continuo de conocimientos, técnicas y herramientas necesarias en dicho ámbito;

Que, la participación del personal policial en la visita antes indicada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de pasajes aéreos (ida y retorno) y viáticos, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme se precisa en el Informe N° 483-2024-DIVECO-PNP-DPTO.RYV-SEC.RES., en la Hoja de Estudio y Opinión N° 313-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI y en la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003385;

Que, conforme al artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, “El personal policial tiene los siguientes derechos: (…) 3) Formación, capacitación, especialización y perfeccionamiento, conforme a la normatividad vigente. (…)”;

Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Misión de estudios (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”;

Que, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”;

Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, en su artículo 1, establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”;

Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (…)”;

Que, a través del informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 13 al 18 de octubre de 2024, a la Provincia de Buenos Aires de la República Argentina;

Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del 13 al 18 de octubre de 2024, a la Provincia de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, del personal policial que se detalla a continuación:

- Coronel PNP RAFAEL ELISEO SAENZ VALLADARES

- Coronel PNP SALVADOR ENRIQUE OTOYA LA SERNA

- Mayor PNP JUAN GUILLERMO BAJONERO RODRIGUEZ

- Suboficial Técnico de Tercera PNP MARIELA MAGALY CAJAMARCA UBILLUZ

Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, del personal policial mencionado en el artículo precendente, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:

Importe

Días

Personas

Total

Viáticos

US$ 370,00

6

4

US$ 8 880,00

Pasajes aéreos

US$ 1 326,00

4

US$ 5 304,00

Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ

Ministro del Interior

2333391-1