Aprueban la actualización del Plan Maestro del Parque Arqueológico Nacional de Sacsaywaman 2024 – 2030
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° 000380-2024-MC
San Borja, 11 de octubre de 2024
VISTOS; el Proveído Nº 011305-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; los Informes N° 000570-2024-DDC-CUS/MC, N° 000544-2024-DDC-CUS/MC, N° 000382-2024-DDC-CUS/MC y N° 000491-2024-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco; los Informes N° 000749-2024-DGPA-VMPCIC/MC y N° 000313-2024-DGPA-VMPCIC/MC, y la Hoja de Envío N° 000740-2024-DGPA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; el Memorando Nº 001152-2024-OGPP-SG/MC de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000987-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Están protegidos por el Estado;
Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identificación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes;
Que, el Parque Arqueológico Nacional de Sacsaywaman fue declarado área protegida mediante la Resolución Ministerial N° 517-82-ED de fecha 11 de junio de 1982;
Que, a través de la Resolución Directoral Nacional N° 391/INC de fecha 27 de mayo de 2002, se declara Patrimonio Cultural de la Nación al Parque Arqueológico Nacional de Sacsaywaman;
Que, mediante la Resolución Directoral Nacional
N° 1451/INC de fecha 26 de octubre de 2005, se aprueba el Plan Maestro del Parque Arqueológico Nacional de Sacsaywaman como instrumento técnico normativo para la gestión integral del mismo, que orienta el desarrollo de las actividades que se ejecuten dentro de su ámbito;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble tiene a su cargo la ejecución de los aspectos técnicos y normativos de la gestión, conservación y protección del patrimonio arqueológico en el país y de la formulación y propuesta de políticas, planes, programas, proyectos, estrategias y normas, así como la ejecución y promoción de acciones de registro, investigación, conservación, presentación, puesta en valor y uso social y la difusión del patrimonio arqueológico inmueble.
Que, además, el numeral 97.1 del artículo 97 del ROF, establece que las direcciones desconcentradas de cultura implementan las políticas relacionadas al registro, inventario, investigación, conservación, puesta en valor, puesta en uso social, gestión y administración, entre otros, del patrimonio arqueológico;
Que, de acuerdo al marco legal descrito, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco mediante los Informes N° 000570-2024-DDC-CUS/MC, N° 000544-2024-DDC-CUS/MC, N° 000382-2024-DDC-CUS/MC y N° 000491-2024-DDC-CUS/MC remite la actualización del Plan Maestro del Parque Arqueológico Nacional de Sacsaywaman 2024 – 2030, el cual está orientado a propiciar la protección, mantenimiento, conservación, restauración, puesta en valor y uso sostenible del bien inmueble prehispánico y del medio natural;
Que, con los Informes N° 000749-2024-DGPA-VMPCIC/MC y N° 000313-2024-DGPA-VMPCIC/MC, y la Hoja de Envío N° 000740-2024-DGPA-VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble con sustento en los Informes N° 001171-2024-DMO-DGPA-VMPCIC/MC y N° 000488-2024-DMO-DGPA-VMPCIC/MC de la Dirección de Gestión de Monumentos emite opinión favorable y recomienda aprobar la actualización del citado plan;
Que, a través del Memorando N° 001152-2024-OGPP-SG/MC, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 000089-2024-OPL-OGPP-SG/MC de la Oficina de Planeamiento, en el que se concluye que la propuesta se encuentra enmarcada en los lineamientos del sector Cultura, a través de su vinculación con las políticas nacionales y planes estratégicos y operativos vigentes, por lo que sugiere continuar con el trámite para su aprobación;
Que, con el Informe N° 000987-2024-OGAJ-SG/MC, la Oficina General de Asesoría Jurídica, concluye que resulta viable aprobar el contenido del Plan Maestro del Parque Arqueológico Nacional de Sacsaywaman.
Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la actualización del Plan Maestro del Parque Arqueológico Nacional de Sacsaywaman 2024 – 2030, que como documento anexo forma parte de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco la implementación de las acciones descritas en el plan aprobado en el artículo 1 de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en el diario oficial “El Peruano”. La resolución y su anexo se publican en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA
Ministro de Cultura
2333772-1