Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan Director de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua

Designan Director de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua

RESOLUCIÓN JEFATURAL

Nº 0390-2024-ANA

San Isidro, 10 de octubre de 2024

VISTOS:

El Memorando Nº 0275-2024-ANA-J de la Jefatura, el Memorando Nº 2683-2024-ANA-OA, de la Oficina de Administración que adjunta el Informe Nº 1305-2024-ANA-OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe Legal Nº 1009-2024-ANA-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el literal k) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, establece que la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua tiene como función designar y remover a los empleados de confianza, así como aquellas personas que deban representar a la Autoridad Nacional del Agua ante organismos y eventos nacionales e internacionales sobre materias de competencia de la entidad;

Que, con Memorando Nº 0275-2024-ANA-J, la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua remite a la Unidad de Recursos Humanos, el currículo vitae del señor Manuel Ricardo Baca Rueda, como propuesta para ser designado en el cargo de confianza de Director de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua;

Que, la Unidad de Recursos Humanos, mediante Informe de Vistos, comunica que el señor Manuel Ricardo Baca Rueda cumple con el perfil establecido en el Manual de Clasificador de Cargos de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 0134-2023-ANA-GG, y con los requisitos establecidos en la Ley Nº 31419, para ostentar el cargo de confianza de Director de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua;

Que, asimismo, la Unidad de Recursos Humanos indica que el señor Manuel Ricardo Baca Rueda no registra antecedentes penales, judiciales, policiales y no figura en el registro de sanciones contra servidores civiles; igualmente, no se encuentra incurso en causal de impedimento y/o incompatibilidad legal para ejercer dicho puesto;

Que, con el Informe Legal de Vistos, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la designación del señor Manuel Ricardo Baca Rueda en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, de conformidad con la Ley Nº 31419, el Manual de Clasificador de Cargos de la Autoridad Nacional del Agua – ANA, y de acuerdo a la evaluación efectuada por la Unidad de Recursos Humanos, como órgano competente;

Con los vistos de la Unidad de Recursos Humanos, de la Oficina de Administración, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modificatoria, y el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designación

Designar, a partir de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, al señor Manuel Ricardo Baca Rueda en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Calidad y Evaluación de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, bajo el Régimen Laboral Especial de la Contratación Administrativa de Servicios establecida por el Decreto Legislativo Nº 1057 y sus modificatorias.

Artículo 2.- Notificación

Notificar la presente Resolución Jefatural al señor Manuel Ricardo Baca Rueda, así como a la Unidad de Recursos Humanos.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y el portal web de la entidad: www.gob.pe/ana.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ GENARO MUSAYÓN AYALA

Jefe

2333273-1