Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa

Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa

ORDENANZA N° 003-2024/MCPSMH

C.P. Santa María de Huachipa, 3 de setiembre del 2024

VISTO Y CONSIDERANDO:

El Acuerdo de Concejo N° 007–2024–MCPSMH de fecha 16 de julio del 2024, y demás documentos que sustentan el presente y;

Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 20°, Numeral 6), de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y sus Modificatorias; el Concejo Municipal Aprueba por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta respectiva;

ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF DE

LA MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO

DE SANTA MARÍA DE HUACHIPA

Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa, la misma que consta de ciento veintisiete (127) artículos, cuatro (04) disposiciones complementarias, tres (03) disposiciones transitorias y tres (03) disposiciones finales, y su nueva Estructura Orgánica de la Municipalidad del Centro Poblado de Santa María de Huachipa.

Artículo Segundo.- FACULTAR a la señora alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza, así como para prorrogar la vigencia de la misma.

Artículo Tercero.- DISPONER que el proceso de adecuación e implementación de la presente Ordenanza Municipal se efectuara en el plazo noventa (90) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la publicación en el Diario Oficial El Peruano, y entrará en vigencia a partir del día siguiente del plazo fijado.

Artículo Cuarto.- DEROGUESE toda norma o disposición que se oponga a la presente.

Artículo Quinto.- NOTIFICAR el presente Acto Administrativo con las formalidades de ley a través de la Secretaria General a todos los Órganos y Unidades Orgánicas de la Entidad Municipal, para conocimiento y fines pertinentes.

Artículo Sexto.- ENCARGAR a través de la Gerencia Municipal a los demás Órganos y Unidades Orgánicas competentes, el cumplimiento de los dispuesto en la presente Ordenanza Municipal.

Artículo Sétimo.- ENCÁRGUESE a través de la Secretaria General se disponga la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano; y a la SUBGERENCIA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES el mencionado dispositivo y el Reglamento de Organización y Funciones en el Portal del Estado Peruano: (www.peru.gob.pe) y en el portal Institucional (https://munihuachipa.gob.pe).

POR LO TANTO:

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

JACQUELINE G. CARTOLIN FONSECA

Alcaldesa

2330391-1