Autorizan viaje del alcalde a China, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO MUNICIPAL
Nº 030-2024/CM/MDO/LC
Ocobamba, 9 de octubre del 2024
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCOBAMBA, PROVINCIA DE LA CONVENCION, DEPARTAMENTO DE CUSCO
POR CUANTO:
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCOBAMBA
VISTOS:
En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 9 de octubre 2024, convocada y presidida por el Señor Alcalde Prof. Walter Zuloaga Cisneros, con la asistencia de los Señores Regidores: Neftali Gomez Mayta, Señora Sara Cusiyupanqui Huahuasoncco, Señor Franklin Apaza Ugarte, Señora Lourdes Ovalle Altamirano, Señora Edelmira Alarcón Andrade; en el que se trató los documentos emitidos que sustentan el Oficio Nº 137/2024-MMA-LC/PCD el Presidente de la Mancomunidad Municipal Amazónica de la Provincia de La Convención-Invitación de la Oficina de asuntos exteriores del Gobierno Popular del Distrito de Jiulongpo en Chongqing, China; que en anexo forman parte de los antecedentes que motiva este Acuerdo de Concejo Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú, modificado por las leyes Nº 27680 y 30305 de Reforma Constitucional, concordante con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, las municipalidades son órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, Autonomía que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico.
Que, el artículo 106º de la Constitución Política del Perú, estipula que mediante leyes orgánicas se regulan la estructura y el funcionamiento de las entidades del Estado previstas en la Constitución, así como también las otras materias cuya regulación por Ley Orgánica está establecida en la Constitución.
Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos.
Que, el artículo 9º numeral 11 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece textualmente que es atribución del Concejo Municipal: “11. Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios a representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario”.
Que, el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, modificado por la Ley Nº 31433, que señala que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Los acuerdos aprobados, cuando así lo requieran, incluyen un plan de implementación que establezca las acciones a realizar, señalando metas, plazos y financiamiento, según corresponda.
Que, la Ley Nº 27619 y su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificados por Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, se regula la Autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos o representantes del Estado que irroguen gastos al Tesoro Público, así como la forma de sustentación de los mismos,(...); aunado a ello el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, que modifican los artículos 5º y 6º del D.S Nº 47-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; por lo que, en su artículo 5º se preceptúa textualmente sobre “los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la siguiente Escala de Viáticos por zonas geográficas (...); sobre la referida escala de viáticos, mediante Resolución del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Oficial El Peruano, las Entidades del Sector Publico deberán aprobar menores asignaciones por concepto de viáticos tomando en consideración las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de financiamiento parcial, duración del viaje por capacitación, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto final”.
Que, según Expediente Administrativo Nº 9674-2024 (Oficio Nº 137/2024-MMA-LC/PCD) de fecha 26 de septiembre de 2024, suscrito por el Presidente del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal Amazónica – La Convención – Dr. Alex Curi León, quien remite la invitación de la Oficina de Asuntos Exteriores del Gobierno Popular del distrito de Jiulongpo en Chongqing, China, desde el 12 al 22 de octubre del 2024; Con la visita al Distrito de Jiulongpo, Chongquing, con la finalidad de profundizar los intercambios amistosos y la cooperación sobre temas en educación, transportes, vías de comunicación, salud, maquinarias equipos y tecnología, etc; se pretende ayudar a fortalecer las ideas de proyectos para la búsqueda de financiamiento para contrarrestar las constantes reducciones presupuestales por parte del Ministerio de Economía y Finanzas de nuestro país; se precisa que la Municipalidad de Jiulongpo en Chongqing asumirá los gastos irrogados por estadía, alimentación y hospedaje, transporte dentro de territorio chino, mas no los gastos por transporte aéreo Cusco – Lima y Lima – Chongquing y viceversa.
Que, según el Informe Nº004-2024-YSTF-SGPP-MDO/LC, de fecha 04 de octubre de 2024, la Econ. Yadira Sandra Tacuri Ferro (e) de la Sub Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Ocobamba; en base a los informes, Oficio Nº 137/2024-MMA-LC/PCD y anexos emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal, para la atención del viaje al exterior del país del Sr. Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ocobamba, para su participación en la Oficina de asuntos exteriores del Gobierno Popular del Distrito de Jiulongpo en Chongqing, China del 12 al 22 de Octubre del 2024; (...).
Que, según el Informe Legal Nº 0410-2024-A.L/FRAN.P.F.-MDO de fecha 09 de octubre de 2024, el Abog. Franclin Peralta Flores Jefe de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Distrital de Ocobamba, opina que es procedente aprobar la autorización de viaje del Sr. Alcalde Prof. Walter Zuloaga Cisneros, en comisión de servicios al Distrito de Jiulongpo en Chongqing - China, del 12 al 22 de octubre de 2024 (...) siendo atribución del Concejo Municipal evaluar la autorización de viaje al exterior del país al Señor Alcalde como titular de la Entidad en comisión de servicios o representación en virtud de lo establecido en el inciso 11 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 09 de octubre del 2024, se puso de conocimiento del Pleno del Concejo Municipal, los documentos que sustentan para la autorización de viaje al exterior del país del Titular del Pliego, Prof. Walter Zuloaga Cisneros, para participar en la Oficina de asuntos exteriores del Gobierno Popular del Distrito de Jiulongpo en Chongqing, China del 12 al 22 de Octubre del 2024, que tiene como objetivo y finalidad el de profundizar los intercambios amistosos y la cooperación sobre temas en educación, transportes, vías de comunicación, salud, maquinarias equipos y tecnología, etc; la misma que fue deliberada por el Concejo Municipal
Que, de conformidad a las consideraciones jurídicas y fácticas expuestas precedentemente, en sujeción a lo dispuesto por los artículos 13º; numeral 3) del artículo 20º, y 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 11 del artículo 9º de la precitada norma legal, previo un amplio debate y deliberación y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta respectiva, el Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de Ocobamba, aprueba por UNANIMIDAD.
ACUERDA:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior del país del Prof. WALTER ZULOAGA CISNEROS - ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OCOBAMBA, para que en comisión de servicios y representación oficial de este gobierno local, cumpla con viajar al exterior del país y participe en la Oficina de asuntos exteriores del Gobierno Popular del Distrito de Jiulongpo en Chongqing, China del 12 al 22 de Octubre del 2024; autorización que se efectivizara a partir del 12 de octubre del 2024 hasta el 24 de octubre del 2024.
Artículo Segundo.- PRECISAR, sobre los gastos por concepto de estadía, alimentación, hospedaje transporte dentro del territorio Chino serán cubiertos por la Oficina de asuntos exteriores del Gobierno Popular del Distrito de Jiulongpo. Por lo cual la Municipalidad Distrital de Ocobamba asumirá los gastos por transporte aéreo Cusco – Lima y Lima – Chongqing y viceversa (pasajes aéreos – clase económica), en sujeción estricta a la Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, en concordancia con la Directiva Nº 003-2023-MDO/LC que regula el otorgamiento y rendición de viáticos por comisión de servicios de autoridades, funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Ocobamba.
Artículo Tercero.- ENCARGAR, el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo Municipal a la Gerencia Municipal, y demás áreas administrativas, para que realicen las acciones necesarias para efectivizar el presente Acuerdo de Concejo Municipal; bajo estricto cumplimiento con la normatividad, bajo responsabilidad.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR, el Despacho de Alcalde de la Municipalidad Distrital de Ocobamba al Señor Regidor Franklin Apaza Ugarte, mientras dure la ausencia de su titular del 12 de octubre al 24 de octubre del 2024.
Artículo Quinto.- ENCARGAR, la transcripción y publicación del presente Acuerdo de Concejo Municipal en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Sexto.- DISPONER, a la Unidad de Estadística e Información Gerencial, publique y difunda en la página web Institucional https://muni-ocobamba.gob.pe/; y en el panel publicitario respectivamente de la Municipalidad Distrital de Ocobamba.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
Walter Zuloaga Cisneros
Alcalde
2332880-1