Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Delegan funciones en diversos servidores de la Autoridad Nacional del Servicio Civil para el Año Fiscal 2024 y dejan sin efecto la Res. N° 000001-2024-SERVIR-GG

Delegan funciones en diversos servidores de la Autoridad Nacional del Servicio Civil para el Año Fiscal 2024, y dejan sin efecto la Res. N° 000001-2024-SERVIR-GG

RESOLUCIóN DE GERENCIA GENERAL

N° 000124-2024-SERVIR-GG

Lima, 10 de octubre de 2024

VISTOS: El Memorando N° 000309-2024-SERVIR-GG de la Gerencia General; el Informe N° 000196-2024-SERVIR-GG-OGAF y Proveído N° 007218-2024-SERVIR-GG-OGAF de la Oficina General de Administración y Finanzas; el Informe N° 000210-2024-SERVIR-GG-ORH de la Oficina de Recursos Humanos; los Informes N° 000278-2024-SERVIR-GG-OPP y N° 000280-2024-SERVIR-GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; la Hoja Informativa N° 000118-2024-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica y el Informe Legal N° 000463-2024-SERVIR-GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1023 se crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos del Estado, con el fin de contribuir a la mejora continua de la administración del Estado a través del fortalecimiento del servicio civil;

Que, con Resolución de Gerencia General N° 000001-2024-SERVIR-GG, modificada por la Resolución de Gerencia General N° 000050-2024-SERVIR-GG, el Gerente General delega funciones, para el Año Fiscal 2024, en el/la Jefe/a de la Oficina General de Administración y Finanzas y en el/la Jefe/a de la Oficina de Recursos Humanos;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1682, Decreto Legislativo que establece el marco normativo para habilitar, garantizar y fortalecer el funcionamiento de la Escuela Nacional de Administración Pública – ENAP, modifica el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1023, “Decreto legislativo que crea la autoridad nacional del servicio civil, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos”, incorporando en la estructura orgánica de SERVIR a la Presidencia Ejecutiva, como órgano que ejerce la titularidad de la entidad y del pliego, entre otros aspectos; asimismo, señala que la Gerencia General ejerce las funciones de secretario del Consejo Directivo ejecutando sus encargos y decisiones, y constituye la máxima autoridad administrativa de la entidad;

Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 062-2008-PCM y modificatorias, dispone que corresponde al Gerente General, ejercer la representación legal de la entidad, pudiendo delegar sus funciones y facultades en cualesquiera de los Gerentes o Jefes de Oficinas, cuando lo considere pertinente;

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la LPAG), establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; asimismo, indica que procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad. Por otro lado, el numeral 78.2 del acotado artículo, señala que son indelegables las atribuciones esenciales del órgano que justifican su existencia, las atribuciones para emitir normas generales, para resolver recursos administrativos en los órganos que hayan dictado los actos objeto de recurso, y las atribuciones a su vez recibidas en delegación;

Que, en ese contexto, mediante Hoja Informativa N° 000118-2024-SERVIR-GG-OAJ e Informe N° 000278-2024-SERVIR-GG-OPP, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, respectivamente, atendiendo a la modificación efectuada en la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo N° 1682, realizaron la evaluación y análisis de las resoluciones por medio de las cuales, en su oportunidad, el Consejo Directivo, la Presidencia Ejecutiva y la Gerencia General delegaron funciones para el Año Fiscal 2024, contrastándolas con las funciones y competencias del Presidente Ejecutivo como Titular de la Entidad; sustentando desde el punto de vista técnico y legal las funciones atribuibles a los mencionados órganos de acuerdo a la normativa vigente;

Que, por medio del Informe N° 000196-2024-SERVIR-GG-OGAF y el Proveído N° 007218-2024-SERVIR-GG-OGAF de la Oficina General de Administración y Finanzas, y el Informe N° 000210-2024-SERVIR-GG-ORH de la Oficina de Recursos Humanos, dichas unidades orgánicas proponen y sustentan la actualización de la delegación de funciones establecidas en la Resolución de Gerencia General N° 000001-2024-SERVIR-GG y modificatoria, a fin que el Gerente General continue delegándoles determinadas funciones relacionadas a los sistemas administrativos que gestionan; por lo que, posteriormente, mediante el Memorando N° 000309-2024-SERVIR-GG, la Gerencia General remite para la evaluación correspondiente una propuesta de delegación;

Que, mediante el Informe N° 000280-2024-SERVIR-GG-OPP, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto emite opinión técnica favorable respecto a la propuesta de delegación de funciones remitida por la Gerencia General, señalando que las funciones a delegar no son sustantivas o esenciales que justifiquen la existencia del órgano delegante y no reúnen las condiciones de indelegabilidad establecidas en el numeral 78.2 del artículo 78 del TUO de la LPAG; asimismo, indica que con dicha delegación se favorece la segregación de funciones y el cumplimiento de las metas institucionales previstas para el periodo que resta del Año Fiscal 2024;

Que, a través del Informe Legal N° 000463-2024-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable aprobar la delegación de funciones del Gerente General, al/la Jefe/a de la Oficina General de Administración y Finanzas y al/la Jefe/a de la Oficina de Recursos Humanos, debiendo dejar sin efecto la Resolución de Gerencia General N° 000001-2024-SERVIR-GG, modificada por la Resolución de Gerencia General N° 000050-2024-SERVIR-GG;

Con el visado de la Oficina General de Administración y Finanzas, la Oficina de Recursos Humanos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Supremo N° 062-2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio
Civil;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto la Resolución de Gerencia General N° 000001-2024-SERVIR-GG.

Artículo 2.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina General de Administración y Finanzas, para el Año Fiscal 2024, las siguientes funciones:

a) Suscribir y resolver los contratos, las órdenes de compra y servicio, así como sus adendas, respecto a los supuestos excluidos del ámbito de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y modificatorias, regulados en los artículos 4 y 5 de la citada Ley; así como, resolver las ampliaciones de plazo, que corresponda.

b) Representar a SERVIR ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, el Servicio de Administración Tributaria – SAT, el Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y sus Oficinas y Zonas Registrales, el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales, las empresas de servicios públicos, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, el Tribunal del Organismo de Contrataciones del Estado, para que realice cualquier acto y/o actividad que resulten necesarias para el mejor desarrollo de las funciones administrativas y de gestión de SERVIR, que se encuentren vinculadas con las funciones de la Oficina General de Administración y Finanzas de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR.

c) Aprobar el reconocimiento de deuda, en aquellos supuestos en los que se establezca que concurren los elementos para la configuración del enriquecimiento sin causa, en concordancia con la normativa vigente.

Artículo 3.- Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Recursos Humanos, para el Año Fiscal 2024, las siguientes funciones:

a) Suscribir los contratos administrativos de servicios derivados del Decreto Legislativo N° 1057 y modificatoria, así como los actos que modifiquen, prorroguen, renueven y extingan los mismos.

b) Suscribir los actos que modifiquen y/o extingan los contratos de personal sujeto al régimen del Decreto Legislativo N° 728.

c) Suscribir los contratos de servidores de actividades complementarias, servidores de confianza y servidores bajo contratación directa, bajo el régimen de la Ley N° 30057, así como las modificaciones, renovaciones y término de los mismos, de corresponder.

d) Suscribir los convenios de prácticas pre profesionales y profesionales derivados del Decreto Legislativo N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público, así como los actos que modifiquen, renueven, culminen y resuelvan los mismos.

e) Representar a SERVIR ante la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL, las Entidades Prestadoras de Salud - EPSs, el Seguro Social de Salud - Essalud, las Administradoras de Fondos de Pensiones - AFPs, las Instituciones Prestadoras de Salud - IPRESS, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo – MTPE y la Oficina de Normalización Previsional - ONP, para que realice cualquier acto y/o actividad que resulten necesarias para el mejor desarrollo de las funciones administrativas y de gestión de SERVIR, y que se encuentren vinculadas con las funciones de la Oficina de Recursos Humanos, de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR.

f) Suscribir contratos con entidades prestadoras de Salud – EPS y pólizas de seguros relacionadas a riesgos humanos.

Artículo 4.- La delegación de facultades a que se refiere los artículos 2 y 3 de la presente Resolución de Gerencia General, confiere la capacidad decisoria y/o resolutiva sobre los asuntos materia de delegación, sin que esta exima de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto.

Artículo 5.- Los servidores civiles a quienes se le delega facultades mediante la presente Resolución de Gerencia General, debe informar trimestralmente a la Gerencia General, sobre el ejercicio de las facultades delegadas, dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada trimestre.

Artículo 6.- Notificar la presente Resolución de Gerencia General a la Oficina de Recursos Humanos y a la Oficina General de Administración y Finanzas, para los fines correspondientes.

Artículo 7.- Disponer que la presente Resolución de Gerencia General entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Gerencia General en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR (www.gob.pe/servir), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE ANGEL VALDIVIA MORON

Gerente General

Gerencia General

2333156-1