Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
N° 2210-2024-MP-FN
Lima, 4 de octubre de 2024
VISTOS:
Los oficios Nºs 002258 y 002344-2024-MP-FN-PJFSLALIBERTAD, de fechas 19 y 29 de septiembre de 2024, respectivamente, y;
CONSIDERANDO:
Con fecha 18 de septiembre de 2024, ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, el abogado Wilson Omarx Verástegui Gálvez, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, designado en el despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo; presenta su carta de renuncia al cargo por motivo laboral, solicitando la exoneración de plazo e indicando su efectividad al 5 de octubre de 2024.
A través de los oficios de vistos, la abogada Lea Guayán Huaccha, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, eleva la renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la respectiva conformidad, con efectividad al 5 de octubre de 2024.
Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar la renuncia del referido fiscal.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Wilson Omarx Verástegui Gálvez, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de La Libertad, y a su designación en el despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Trujillo; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 5 de octubre de 2024, su nombramiento y designación, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación n.o 2149-2012-MP-FN, de fecha 27 de agosto de 2012.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Wilson Omarx Verástegui Gálvez que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General n.o 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación n.o 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de La Libertad, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2332680-1