Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Chipre
resolución suprema
nº 182-2024-re
Lima, 9 de octubre de 2024
VISTOS:
La Hoja de Trámite (GAC) N° 3602 del Despacho Viceministerial, de 3 de setiembre de 2024; y el Memorándum N° PRO011912024 de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 2 de setiembre de 2024;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Suprema N° 008-2024-RE, de 29 de enero de 2024, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0084-2024-RE, se fijó el 15 de abril de 2024 como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica;
Que, mediante Nota Verbal N° 03.05.011.002, de 28 de agosto de 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Chipre informó que su gobierno otorgó el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Chipre, con residencia en Atenas, República Helénica;
Que, en el numeral 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú se establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República;
De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Chipre, con residencia en Atenas, República Helénica.
Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes.
Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
ELMER SCHIALER SALCEDO
Ministro de Relaciones Exteriores
2332876-5