Autorizan viaje de oficial de la Fuerza Aérea del Perú a Chile, en misión de estudios
Resolución Ministerial
N° 01102-2024-DE
Lima, 9 de octubre del 2024
VISTOS:
El Oficio Extra FAP Nº 003162-2024-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio Nº 02920-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01761-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, con Oficio Múltiple Nº 00677-2024-MINDEF/VPD el Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa remite a las Instituciones Armadas, la Carta s/n de fecha 7 de agosto de 2024, a través de la cual el Agregado de Defensa a la Embajada Británica en Lima - Perú hace extensiva una invitación para que un (1) personal militar de las Fuerzas Armadas del grado de Coronel/Capitán de Navío (OF-5) o Brigadier General/Contralmirante (OF-6) participe en el curso sobre el Programa de Liderazgo Estratégico (Strategic Leadership Programme, o SLP, por sus siglas en inglés) a llevarse a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 14 al 18 de octubre de 2024;
Que, mediante Oficio Extra FAP Nº 002929-2024-SECRE/FAP la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú hace de conocimiento al Viceministro de Políticas para la Defensa del Ministerio de Defensa, la designación del Coronel FAP Víctor Alfredo VARGAS BLÁCIDO, para que participe en el citado curso.
Que, a través del Informe Técnico Legal Nº 057-DEAJ 2024 la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Dirección General de Educación y Doctrina de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, mencionado Oficial Superior para participar en el curso sobre el Programa de Liderazgo Estratégico (SLP) en el lugar y fecha programada
Que, en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe del Departamento de Capacitación, Perfeccionamiento de la Fuerza Aérea del Perú se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por cuanto permitirá contar con personal competente, elevando la capacidad de planificación estratégica de la defensa nacional, así como integrarse activamente al Sistema de Educación de la FAP, a fin de difundir y aplicar los conocimientos adquiridos al personal de las diferentes escuelas de formación y capacitación, lo cual redundará en beneficio de la citada Institución Armada y del Estado Peruano;
Que, conforme a lo indicado en la Carta s/n de fecha 7 de agosto de 2024 del Agregado de Defensa a la Embajada Británica en Lima - Perú, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte costeará los gastos correspondientes a la alimentación y alojamiento del participante, y la República del Perú deberá asumir los costos de la cobertura del seguro médico internacional, los pasajes aéreos internacionales ida y vuelta y el transporte interno; por lo que, debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del monto que corresponde a la zona geográfica de América del Sur ascendiente a US$ 370.0, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 104 DGVC-ME/SIAF-RP suscrita por el Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y el veinte por ciento (20%) de viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Extranjero del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000003 y Nº 0000000732 emitidas por el Departamento de Ejecución Presupuestal de la Fuerza Aérea del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio Extra FAP Nº 003162-2024-SECRE/FAP la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el curso sobre el Programa de Liderazgo Estratégico (SLP) a llevarse a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 14 al 18 de octubre de 2024, así como autorizar su salida del país el 13 de octubre y su retorno el 19 de octubre de 2024;
Que, a través del Oficio Nº 02920-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 143-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal Nº 01761-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Coronel FAP Víctor Alfredo VARGAS BLÁCIDO, identificado con NSA Nº 95896 y DNI Nº 43623935, para que participe en el curso “Programa de Liderazgo Estratégico” (SLP) a llevarse a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, República de Chile, del 14 al 18 de octubre de 2024, así como autorizar su salida del país el 13 de octubre y su retorno el 19 de octubre de 2024.
Artículo 2.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - Santiago (República de Chile) - Lima
Clase económica
US$ 1,638.00 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 1,638.00
Viáticos:
US$ 370.00 x 20% x 1 persona x 5 días
(del 14 al 18 octubre de 24) US$ 370.00
Total a pagar: US$ 2,008.00
Artículo 3.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de personal autorizado.
Artículo 4.- El Oficial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 5.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2332757-1