Otorgan la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 000376-2024-MC
San Borja, 4 de octubre del 2024
VISTOS: el Proveído N° 008960-2024-VMPCIC/MC del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales; el Informe N° 001088-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000638-2024-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Informe N° 001221-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura prevé como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el numeral 78.14 del artículo 78 del ROF dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emite opinión técnica y recomendación, en materia de su competencia, para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el artículo 55 del ROF señala que la Dirección de Patrimonio Inmaterial de la Dirección General de Patrimonio Cultural está encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país en sus distintos aspectos;
Que, las direcciones desconcentradas de cultura, en el marco de lo dispuesto en el artículo 96 del ROF, son los órganos encargados, dentro de su ámbito territorial, de actuar en representación y por delegación del Ministerio de Cultura, responsables de ejercer de manera desconcentrada las funciones ejecutivas relacionadas a las materias de patrimonio cultural, industrias culturales, artes, museos e interculturalidad;
Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, Directiva para el otorgamiento de reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-2016-MC, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales, que han realizado un aporte significativo al desarrollo cultural del país;
Que, mediante el Informe N° 000031-2024-DDC CAJ/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca, en virtud de la petición del Consejo Departamental del Colegio de Periodistas Profesionales del Perú Filial Cajamarca, eleva el Informe N° 000040-2023-SDDPCICI DDCCAJ/MC, sus antecedentes, y propone el reconocimiento de la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor Juan Antonio Jave Huangal;
Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes mediante el Informe N° 001088-2024-DGIA-VMPCIC/MC —con sustento en el Informe N° 006198-2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección de Artes— emite opinión favorable para otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor Juan Antonio Jave Huangal, por su destaca trayectoria como investigador, promotor, gestor y cultor de las tradiciones del departamento de Cajamarca;
Que, a través del Informe N° 000638-2024-DGPC-VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural —con sustento en los Informes N° 448-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC y N° 000078-2024-DPI-DGPC-VMPCIC-FAP/MC de la Dirección de Patrimonio Inmaterial— respalda la propuesta para otorgar el reconocimiento;
Que, el señor Juan Antonio Jave Huangal en el año 1951 inicia sus estudios de docencia en el Instituto de Educación Superior Público Hno. Victorino Elorz Goicochea, egresando en 1954 e iniciando sus labores como docente en el distrito de la Asunción, provincia y región de Cajamarca, en donde destaca por su labor docente y como promotor de las artes como parte de su enseñanza;
Que, además, ha participado como actor en películas como Los Perros Hambrientos, Una piedra en el camino, El Maestro, y en los documentales Alegría, la fiesta de Cajamarca y Destino Cajamarca promoviendo el arte e influyendo en su rol como educador a la valoración de las artes como camino para el desarrollo, también ha asesorado y organizado eventos de dibujo, pintura, cuentos cortos, concurso de clarines, bailes de chunchos y pallas;
Que, funda la Asociación de Artistas Aficionados de Cajamarca y es considerado por el Ministerio de Educación como la Leyenda viva del Carnaval de Cajamarca, quien a sus noventa y siete años de edad continúa colaborando con el quehacer cultural de su región y del país; adicionalmente, ha recibido diversos reconocimientos;
Que, estando a lo desarrollado, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, el análisis y las conclusiones de los informes citados constituyen parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;
Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cajamarca, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el otorgamiento de reconocimientos del Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor JUAN ANTONIO JAVE HUANGAL, por su aporte al desarrollo cultural del país a través de su destaca trayectoria como investigador, promotor, gestor y cultor de las tradiciones del departamento de Cajamarca, con especial énfasis en el Carnaval Cajamarquino y la copla y contrapunto, lo que contribuye a la transmisión de los significados y valores culturales de estas expresiones a muchas generaciones, así como a su promoción a nivel regional, nacional e internacional.
Artículo 2.- Remitir copia de la resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional para los fines pertinentes.
Artículo 3.- Disponer la publicación de esta resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura) el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FABRICIO ALFREDO VALENCIA GIBAJA
Ministro de Cultura
2332658-1