Autorizan Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Resolución Ministerial
Nº 1250-2024-IN
Lima, 9 de octubre de 2024
VISTOS; el Oficio Nº 914-2024-REGPOL-LIMA/UNIADM-AREPRE de la Unidad Ejecutora 009: VII Dirección Territorial de Policía – Lima, el Oficio Nº 2436-2024-SECEJE-PNP-DIRPLAINS/DIVPLA-UNIFUPRE.SGR de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú, el Informe Nº 000977-2024-IN-OGPP-OPMI de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 000819-2024-IN-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando Nº 001906-2024-IN-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 001752-2024-IN-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 31953, se aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, incluyéndose en el mismo los recursos presupuestarios del Pliego 007: Ministerio del Interior; asimismo, a través de la Resolución Ministerial Nº 1925-2023-IN se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2024 del Pliego 007: Ministerio del Interior, por la suma de S/ 10 955 074 105,00 (DIEZ MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCO Y 00/100 SOLES) por toda Fuente de Financiamiento;
Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que “La ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías financieras o no financieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los S/ 5 000 000,00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República”;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, señala que “Para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refiere el artículo 1 de la presente ley, se destina para su financiamiento hasta 0.5% (cinco décimas por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al financiamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental”;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, establece que “Para el cumplimiento de la presente ley, autorízase a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y locales, a cargo de las intervenciones a que se refieren los artículos 1 y 3 de la presente ley, a realizar modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fin de poder realizar transferencias financieras a favor del pliego 019 - Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fiscalizadora superior, conforme a los cronogramas de ejecución de obras anuales valorizadas vigentes, programa de ejecución de obras, planes de inversión, plan anual de contrataciones o documentos de similar naturaleza”;
Que, el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, dispone que “Las transferencias a que se refiere el párrafo precedente, se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, o con resolución ejecutiva regional o resolución de alcaldía, en el caso de los gobiernos regionales y locales, respectivamente. La resolución del titular del pliego del gobierno nacional y la resolución ejecutiva regional se publican en el diario oficial El Peruano y la resolución de alcaldía, que se publica en su página web”;
Que, mediante el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto de Urgencia Nº 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público, “Se establece que el monto a transferir durante Año Fiscal 2024, para la aplicación de las transferencias financieras a las que hace referencia el artículo 2 de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, corresponde únicamente al cinco décimas por ciento (0.5%) del valor mínimo entre el Presupuesto Institucional Modificado y el monto programado de ejecución para el año fiscal de acuerdo con el registro del Formato 12-B de la inversión materia de la transferencia. Los recursos transferidos mediante transferencias financieras son utilizados, exclusivamente, para las acciones de control concurrente de las inversiones para las cuales se transfieren dichos recursos”;
Que, a través del Oficio Nº 914-2024-REGPOL-LIMA/UNIADM-AREPRE, la Unidad Ejecutora 009: VII Dirección Territorial de Policía - Lima, solicita que se autorice una transferencia financiera para el presente año, a favor del Pliego 019: Contraloría General, por el importe de S/ 93 454,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), correspondiente a la IOARR con CUI Nº 2651874 “Adquisición de Camioneta, Camioneta, Motocicleta y Motocicleta; en el(la) Comisarías Básicas de Lima Metropolitana, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima”;
Que, mediante Oficio Nº 2436-2024-SECEJE-PNP-DIRPLAINS/DIVPLA-UNIFUPRE.SGR, la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú señala que la Unidad Funcional de Presupuesto de la División de Planeamiento ha emitido el Informe Nº 1461-2024-SECEJE-PNP/DIRPLAINS/DIVPLA-UNIFUPRE-SGR, concluyendo que la solicitud de la Unidad Ejecutora 009: VII Dirección Territorial de Policía - Lima resulta procedente en el marco de la normatividad presupuestaria;
Que, por medio del Informe Nº 000977-2024-IN-OGPP-OPMI, la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto concluye que: (i) La Inversión 2651874 “Adquisición de Camioneta, Camioneta, Motocicleta y Motocicleta; en el(la) Comisarías Básicas de Lima Metropolitana, Distrito de Lima, Provincia Lima, Departamento Lima” cumple con la metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, así como con las metodologías específicas sectoriales y las normas técnicas que corresponden según su tipología de inversión, por lo que tal intervención se encuentra aprobada, en situación viable y en condición de activo según el referido Sistema; cuenta con expediente técnico o documento equivalente consentido y registrado en el Banco de Inversiones y se orienta al cierre de brechas al acceso en la prestación del servicio que brinda el Sector Interior (“Porcentaje de Comisarías Básicas que operan en condiciones inadecuadas”), por lo que responde a una participación integral en cuanto al problema identificado en cada caso; (ii) La indicada intervención forma parte de la cartera del Programa Multianual de Inversiones 2024-2026 del Sector Interior; del mismo modo, se encuentra alineada a los Planes Estratégicos Nacional y Sectorial vinculantes; y, (iii) La solicitud de transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General alude al cierre de brechas y cumple con la finalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios que brinda el Sector Interior y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país;
Que, mediante Informe Nº 000819-2024-IN-OGPP-OP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbito de su competencia, propone la resolución ministerial que autoriza una transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General con cargo al presupuesto del Pliego 007: Ministerio del Interior, por el importe de S/ 93 454,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en el marco de lo dispuesto en la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, y el Decreto de Urgencia Nº 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público;
Que, con Memorando Nº 001906-2024-IN-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto valida la propuesta planteada por la Oficina de Presupuesto a través del Informe Nº 000819-2024-IN-OGPP-OP;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe Nº 001752-2024-IN-OGAJ, señala que resulta legalmente viable la tramitación de la resolución ministerial que autoriza la transferencia financiera a favor del Pliego 019: Contraloría General, conforme a lo propuesto por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto;
Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente; el Decreto de Urgencia Nº 006-2024, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y financiera para la sostenibilidad fiscal, el equilibrio presupuestario y la eficiencia del gasto público; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y la Resolución Ministerial Nº 1520-2019-lN, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República
Autorizar la Transferencia Financiera, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 007: Ministerio del Interior, de la Unidad Ejecutora 009: VII Dirección Territorial de Policía - Lima, por la suma de S/ 93 454,00 (NOVENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 019: Contraloría General, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Financiamiento
La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2024 del Pliego 007: Ministerio del Interior, de la Unidad Ejecutora 009: VII Dirección Territorial de Policía - Lima, por la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, Genérica del Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 3.- Limitaciones al Uso de los Recursos
Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Publicación
Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y la Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter).
Artículo 5.- Remisión
Copia de la presente Resolución se remite a la Unidad Ejecutora 009: VII Dirección Territorial de Policía - Lima para que efectúe las acciones que correspondan.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Juan José Santiváñez Antúnez
Ministro del Interior
2332867-1