Aprueban la creación de la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad – OMAPED
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 08-2024-A/MPGSCO
Omate, 19 de agosto del 2024
VISTOS:
El Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro, en Sesión Ordinaria N.º 14-2024-MPGSC de fecha 25 de julio del 2024, aprobó la siguiente Ordenanza Municipal;
CONSIDERANDOS:
Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 2 del Título Preliminar de la Ley N.º 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. Los Gobiernos Locales son personas jurídicas de derecho público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; consiguientemente, están facultados a ejercer actos de gobierno y actos administrativos con sujeción al ordenamiento jurídico vigente.
Que, mediante artículo 84 numeral 2.12 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es función exclusiva de los Gobiernos Locales: “Crear la Oficina de Protección, Participación y Organización de los vecinos con discapacidad, como un programa dependiente de la Dirección de Servicios Sociales”.
Que, el artículo 1 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad establece el marco legal para la protección y realización, en condiciones de igualdad de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica.
Que, el artículo 70 de la referida Ley, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales establecen en su estructura orgánica una Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad – OMAPED y, contemplan en su presupuesto anual los recursos necesarios para su adecuado funcionamiento y la implementación de políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad.
Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 002-2015-MIDIS, se creó el Premio Nacional “Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión local para las personas”, como reconocimiento del Estado a los Gobiernos Locales que cumplan eficazmente con los indicadores que contribuyen a la mejora de los servicios públicos orientados a los ciudadanos y ciudadanas; en el marco de la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer”, en sus respectivas localidades.
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 120-2016-MIDIS, se aprueban las Bases de la Segunda Edición 2016-2017 del Premio Nacional “Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER de Gestión Local para las personas”, las cuales fueron objeto de modificación mediante Resoluciones Ministeriales N° 134-2016-MIDIS, N° 150-2016-MIDIS y N° 217-2016-MIDIS.
Que, dentro de los productos e indicadores que se proponen en esta segunda edición del Sello Municipal, las municipalidades del primer nivel deben crear la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad – OMAPED, estableciendo como funciones, las descritas en el numeral 70.2 del artículo 70, de la Ley N° 29973, Ley General de las Personas con Discapacidad.
Que, mediante Informe N° 389-2024-APT-GDES-MPGSC de fecha 11 de julio del 2024, de la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, solicitó la creación de la oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad – OMAPED, para que esté a cargo de la Sub Gerencia de Programas Sociales.
Que, mediante Informe N° 151-2024-RJOL-GALyD-MPGSC de fecha 19 de julio del 2024 de la Gerencia de Asesoría Legal y DEMUNA, concluye que es jurídicamente procedente, lo solicitado por la Gerencia de Desarrollo Económico y Social, respecto a la creación de la oficina de la OMAPED, ello al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades y la normativa que regula los derechos de las personas. Asimismo, precisa que se debe modificar el artículo 82 de las Funciones de la Sub Gerencia de Programas Sociales y Bienestar Social (…).
Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas en el artículo 9 inciso 8, artículo 39 y 40 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y demás normatividad pertinente.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la creación de la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad – OMAPED, de la Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro.
Artículo Segundo.- DISPONER la modificación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF vigente de la Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro, incorporándose a la Oficina Municipal de Atención a la Persona con Discapacidad – OMAPED, en la estructura orgánica de la Sub Gerencia de Programas Sociales y Bienestar Social, asignándole como funciones las previstas en la Ley 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, a fin que realicen las acciones correspondientes para dar cumplimiento a la presente Ordenanza Municipal.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Informática, la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional de la Municipalidad Provincial General Sánchez Cerro.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
FLERIDA VARY MEZA RAMOS
Alcaldesa
2323431-1