Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a la República Italiana, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 01091-2024-DE
Lima, 2 de octubre del 2024
VISTOS:
El Oficio Extra FAP Nº 003171-2024-SECRE/FAP de la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú; el Oficio Nº 02919-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01730-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta Nº 1198-P el Embajador de la República Italiana en Lima comunica al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, que se ha confirmado la posibilidad de que un (1) representante calificado de las Fuerzas Armadas del Perú participe en el Congreso Internacional de Astronáutica (IAC), a realizarse en la ciudad de Milán, República Italiana, del 14 al 18 de octubre de 2024;
Que, a través del Informe Legal Nº 019-2024 la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica del Comando Espacial y Ciberespacial (COMEC) de la Fuerza Aérea del Perú emite opinión favorable a la autorización del viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente General FAP José Antonio MARTINELLI ECHEGARAY, como titular y del Mayor General FAP César Augusto MACEDO GARCÍA, como suplente, para participar en el citado evento, en el lugar y fecha programada;
Que, con Exposición de Motivos, la Fuerza Aérea del Perú señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el citado viaje al exterior, por cuanto permitirá incrementar los conocimientos y experiencias sobre los recientes avances tecnológicos, explorando sinergias entre programas de búsqueda e intercambio de conocimientos con sectores de la comunidad espacial de múltiples naciones, que incluyen a sus Comandos Espaciales, Centro de Operaciones Espaciales y expertos del más alto nivel de preparación en la operación, vigilancia y desarrollo espacial para la seguridad y defensa en beneficio de la Fuerza Aérea del Perú, toda vez que fortalecerá la cooperación internacional y la difusión de las capacidades espaciales de la citada Institución Armada;
Que, con la Hoja de Gastos Nº 105 DGVC-ME/SIAF-RP, la Fuerza Aérea del Perú señala que los gastos por pasajes aéreos internacionales y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 005: Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000003 y Nº 0000000732 garantizan el financiamiento correspondiente;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida actividad, resulta necesario autorizar su salida del país con tres (3) días de anticipación, así como su retorno tres (3) días después de la fecha programada, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, con Oficio Extra FAP Nº 003171-2024-SECRE/FAP la Secretaría General de la Comandancia General de la Fuerza Aérea del Perú solicita autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que participará en el Congreso Internacional de Astronáutica (IAC), a realizarse en la ciudad de Milán, República Italiana, del 14 al 18 de octubre de 2024, así como autorizar su salida del país el 11 de octubre y su retorno 21 de octubre de 2024;
Que, a través del Oficio Nº 02919-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 144-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal Nº 01730-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente General FAP José Antonio MARTINELLI ECHEGARAY (titular) identificado con NSA Nº 95178 y DNI Nº 43460895, y del Mayor General FAP César Augusto MACEDO GARCÍA (suplente) identificado con NSA Nº 95561 y DNI Nº 02773543, para participar en el Congreso Internacional de Astronáutica (IAC), a realizarse en la ciudad de Milán, República Italiana, del 14 al 18 de octubre de 2024, así como autorizar su salida del país el 11 de octubre y su retorno 21 de octubre de 2024.
Artículo 2.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada ante la imposibilidad de la participación del personal militar titular.
Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú efectúa los pagos que correspondan, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - ciudad de Milán (República Italiana) - Lima
Clase económica
US$ 3,889.46 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 3,889.46
Viáticos:
US$ 540.00 x 5 días x 1 persona US$ 2,700.00
Total a pagar: US$ 6,589.46
Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de personal autorizado.
Artículo 5.- El Oficial General comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.
Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ
Ministro de Defensa
2332088-1