Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro
resolución de la fiscalía de la nación
Nº 2185-2024-MP-FN
Lima, 4 de octubre de 2024
VISTO:
El oficio Nº 008365-2024-MP-FN-PJFSLIMA, de fecha 26 de agosto de 2024, y;
CONSIDERANDO:
Mediante carta de renuncia, recepcionada el 22 de agosto de 2024 y remitida con el oficio Nº 218-2024-FPPEDTL-MP-FN-LIMA, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, la abogada Leslie Nathaly Benites Gamarra, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el 5º Despacho Provincial Penal de la Cuarta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente de salud, solicitando exoneración del plazo e indicando que el 21 de agosto de 2024 sea considerado su último día de labores efectivo.
Asimismo, la referida carta de renuncia cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, la abogada Juana de Fátima Rosas Ruiz, fiscal provincial titular penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en el 5º Despacho Provincial Penal de la Cuarta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María, quien para tal fin suscribe la citada carta.
A través del oficio Nº 008365-2024-MP-FN-PJFSLIMA, la abogada María Jesús Benavides Díaz, en ese entonces encargada de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, eleva la carta de renuncia antes mencionada, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, otorgando la conformidad respectiva.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
Adicionalmente, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia de la referida fiscal.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia formulada por la abogada Leslie Nathaly Benites Gamarra, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro y a su designación en el 5º Despacho Provincial Penal de la Cuarta Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María; a partir del 22 de agosto de 2024, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1774-2021-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2021.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Leslie Nathaly Benites Gamarra que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA
Fiscal de la Nación (i)
2332148-1