Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen que EPS GRAU S.A. destine 7.0% del importe facturado por los servicios de agua potable y saneamiento incluido el cargo fijo sin considerar el IGV ni el IPM al Fondo de Inversiones creado por la Res. N° 071-2021-SUNASS-CD y dictan otras disposiciones

Disponen que EPS GRAU S.A. destine 7.0% del importe facturado por los servicios de agua potable y saneamiento, incluido el cargo fijo, sin considerar el IGV ni el IPM, al Fondo de Inversiones creado por la Res. N° 071-2021-SUNASS-CD, y dictan otras disposiciones

resolución de consejo directivo

Nº 00065-2024-SUNASS-CD

EXP.: 001-2024-SUNASS-DRT-RE

Lima, 4 de octubre de 2024

VISTOS:

El Memorando Nº 00586-2024-SUNASS-DRT y el Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria, mediante los cuales se presenta la propuesta del nuevo porcentaje que EPS GRAU S.A.1 (en adelante, EPS GRAU) debe depositar al Fondo de Inversiones y Reservas, así como la propuesta de cambio de metas de gestión, como parte de las medidas para el restablecimiento del equilibrio financiero durante el procedimiento de revisión excepcional por ruptura de equilibrio económico-financiero de la empresa prestadora.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 58 del Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras (en adelante, RGT), aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 028-2021-SUNASS-CD2, dentro de los treinta días hábiles siguientes de iniciado el procedimiento de revisión excepcional por ruptura de equilibrio económico-financiero de la empresa prestadora, mediante resolución del Consejo Directivo de Sunass, se pueden adoptar las siguientes medidas hasta la aprobación de la nueva fórmula tarifaria, estructura tarifaria o metas de gestión: 1) la determinación de nuevos porcentajes de depósito mensual al Fondo de Inversiones y Reservas; 2) el cambio de una o más de las metas de gestión, acorde con la medida antes mencionada, sin alterar la continuidad promedio del servicio de agua potable alcanzada en el año regulatorio anterior a la fecha de presentación de la solicitud de inicio del procedimiento de revisión excepcional; y 3) la suspensión o reprogramación de la aplicación de los incrementos tarifarios.

Que, mediante Resolución de Dirección de Regulación Tarifaria Nº 00014-2024-SUNASS-DRT3, se dispuso el inicio, de oficio, del procedimiento de revisión excepcional de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión aprobadas para el periodo regulatorio 2022-2027 a EPS GRAU, por el supuesto de ruptura del equilibrio económico financiero de la empresa prestadora.

Que, la Dirección de Regulación Tarifaria, con el memorando de visto, presenta el Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT, el cual sustenta la necesidad de determinar los nuevos porcentajes de depósito mensual al Fondo de Inversiones y Reservas, así como de cambiar metas de gestión, hasta la aprobación de la nueva fórmula tarifaria, estructura tarifaria o metas de gestión, como parte de las medidas para el restablecimiento del equilibrio financiero durante el presente procedimiento de revisión excepcional por ruptura de equilibrio económico-financiero de EPS GRAU.

Que, de acuerdo al Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT, la proyección del flujo de caja operativa de EPS GRAU para el tercer año regulatorio muestra que los costos operativos representan el 83,4% de la facturación por los servicios de agua potable y saneamiento, mientras que el pago de las deudas representa el 2,7%. Asimismo, en dicho informe se indica que el porcentaje de la facturación que no será recaudada se estima en el orden de 5%, por lo que queda un margen libre de niveles de 7%, el cual la empresa prestadora puede destinar al Fondo de Inversiones.

Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo Nº 017- 2001-PCM, y con la conformidad de la Oficina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General, el Consejo Directivo en su sesión del 4 de octubre de 2024;

HA RESUELTO:

Artículo 1.- DISPONER que EPS GRAU S.A. destine 7.0% del importe facturado por los servicios de agua potable y saneamiento, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas ni el Impuesto de Promoción Municipal, al Fondo de Inversiones creado por la Resolución de Consejo Directivo Nº 071-2021-SUNASS-CD.

Artículo 2.- SUSPENDER el depósito de los porcentajes que debe realizar EPS GRAU S.A., conforme a lo establecido en el Anexo Nº 4 de la Resolución de Consejo Directivo Nº 071-2021-SUNASS-CD, a las Reservas para: i) la implementación de la gestión del riesgo de desastres (GRD); ii) la implementación de mecanismo de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE); iii) la implementación del plan de control de calidad (PCC) y iv) el pago de la deuda concursal.

Artículo 3 .- APROBAR el cambio de metas de gestión de EPS GRAU S.A. aplicables al tercer año regulatorio conforme al Anexo Único de la presente resolución.

Artículo 4.- Las medidas a que se refieren los artículos 1 y 2 de la presente resolución se aplicarán a partir de su entrada en vigor hasta la entrada en vigor de la resolución tarifaria que se emita como resultado del presente procedimiento de revisión excepcional por ruptura de equilibrio económico-financiero de la empresa prestadora.

Artículo 5.- La presente resolución entrará en vigor a partir del primer día del mes calendario siguiente a su publicación en el diario oficial El Peruano.

Artículo 6.- NOTIFICAR a EPS GRAU S.A. la presente resolución, así como el Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT, que forma parte integrante de esta.

Artículo 7.- La presente resolución y el Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT deberán publicarse en el portal institucional de la Sunass (www.gob.pe/sunass).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MAURO ORLANDO GUTIÉRREZ MARTÍNEZ

Presidente Ejecutivo

ANEXO ÚNICO

METAS DE GESTIÓN DE EPS GRAU S.A. PARA EL TERCER AÑO REGULATORIO Y MECANISMOS DE EVALUACIÓN

METAS DE GESTIÓN BASE

Corresponde a las metas de gestión base de las inversiones y medidas de mejora ejecutadas por EPS GRAU S.A., financiadas con recursos internamente generados.

Las metas de gestión se evaluarán conforme con los criterios establecidos en el Anexo 2: “Criterios para la evaluación de las metas de gestión” del Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT.

a) Metas de gestión a nivel de localidad

Recuperación de conexiones

inactivas de agua potable

Localidad

Unidad de medida

Año 3

Amotape

Und.

4

Catacaos

Und.

165

Chulucanas

Und.

159

Colán

Und.

17

El Alto

Und.

59

El Arenal

Und.

3

El Tambo

Und.

2

La Huaca

Und.

43

Las Lomas

Und.

37

Los Órganos

Und.

34

Máncora

Und.

51

Marcavelica

Und.

35

Miramar

Und.

15

Morropón

Und.

34

Negritos

Und.

42

Paita

Und.

277

Piura

Und.

998

Pueblo Nuevo

Und.

46

Querecotillo

Und.

35

Salitral

Und.

14

Sullana

Und.

555

Talara

Und.

228

Tamarindo

Und.

30

Vichayal

Und.

13

Viviate

Und.

32

Yacila

Und.

12

Recuperación de conexiones inactivas de alcantarillado

Localidad

Unidad de medida

Año 3

Catacaos

Und.

112

Chulucanas

Und.

123

Colán

Und.

1

El Alto

Und.

58

El Arenal

Und.

2

La Huaca

Und.

7

Las Lomas

Und.

2

Los Órganos

Und.

28

Máncora

Und.

37

Marcavelica

Und.

15

Miramar

Und.

6

Morropón

Und.

21

Negritos

Und.

41

Paita

Und.

257

Piura

Und.

902

Pueblo Nuevo

Und.

22

Querecotillo

Und.

26

Salitral

Und.

6

Sullana

Und.

496

Talara

Und.

209

Tamarindo

Und.

20

Vichayal

Und.

4

Viviate

Und.

12

Instalación de medidores

Localidad

Unidad de medida

Año 3

Piura

Und.

3 526

Amotape

Und.

11

Catacaos

Und.

460

Colán

Und.

53

El Arenal

Und.

7

El Tambo

Und.

11

La Huaca

Und.

8

Miramar

Und.

18

Paita

Und.

174

Pueblo Nuevo

Und.

47

Tamarindo

Und.

16

Vichayal

Und.

8

Viviate

Und.

8

Talara

Und.

613

Negritos

Und.

142

Chulucanas

Und.

340

Morropón

Und.

47

Las Lomas

Und.

186

Marcavelica

Und.

524

Querecotillo

Und.

135

Salitral

Und.

81

Sullana

Und.

2 136

Renovación de medidores

Localidad

Unidad de medida

Año 3

Piura

Und.

10 656

Amotape

Und.

54

Catacaos

Und.

1 517

Colán

Und.

243

El Arenal

Und.

77

El Tambo

Und.

37

La Huaca

Und.

135

Miramar

Und.

94

Paita

Und.

3 844

Pueblo Nuevo

Und.

395

Tamarindo

Und.

218

Vichayal

Und.

150

Viviate

Und.

230

Talara

Und.

2 457

Máncora

Und.

139

Negritos

Und.

304

Los Órganos

Und.

44

Chulucanas

Und.

1 228

Morropón

Und.

547

Las Lomas

Und.

350

Marcavelica

Und.

745

Querecotillo

Und.

384

Salitral

Und.

295

Sullana

Und.

4 461

Continuidad

Localidad

Unidad de medida

Año 3

Piura

Horas/día

16

Amotape

Horas/día

12

Catacaos

Horas/día

12

Colán

Horas/día

8

El Arenal

Horas/día

16

El Tambo

Horas/día

12

La Huaca

Horas/día

3

Miramar

Horas/día

13

Paita

Horas/día

3

Pueblo Nuevo

Horas/día

7

Tamarindo

Horas/día

3

Vichayal

Horas/día

10

Viviate

Horas/día

9

Yacila

Horas/día

3

Talara

Horas/día

9

Máncora

Horas/día

5

Negritos

Horas/día

7

Los Órganos

Horas/día

3

Chulucanas

Horas/día

10

Morropón

Horas/día

14

Las Lomas

Horas/día

12

Marcavelica

Horas/día

8

Querecotillo

Horas/día

9

Salitral

Horas/día

7

Sullana

Horas/día

8

Lancones

Horas/día

4

El Alto

Horas/día

2

Instalación de macromedidores

Localidad

Unidad de medida

Año 3

Piura

%

100

Amotape

%

100

Catastro técnico

Catastro comercial

FISCALIZACIÓN DE LAS METAS DE GESTIÓN

Para efecto de las acciones de fiscalización y sanción, la Sunass verificará que al final del tercer año regulatorio EPS GRAU S.A. haya cumplido, como mínimo, las siguientes condiciones:

- El 85% del ICG.

- El 80% del ICI a nivel de EPS GRAU S.A.

El cumplimiento de los índices antes señalados será evaluado conforme a lo establecido en el Anexo 1: “Evaluación del cumplimiento de metas de gestión por parte de EPS GRAU S.A. para el tercer año regulatorio correspondiente al periodo regulatorio 2025-2029” del Informe de Especialista Nº 00048-2024-SUNASS-DRT, el cual puede ser ubicado en el siguiente enlace:

https://www.gob.pe/institucion/sunass/colecciones/informes-publicaciones

1 Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau Sociedad Anónima.

2 Publicado el 27 de julio de 2021 en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano.

3 Publicada el 25 de agosto de 2024 en la separata de normas legales del diario oficial El Peruano.

2332123-1