Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Modifican el Acuerdo N° 324-2024-CR/GRL que autorizó viaje de la Gobernadora Regional para participar en la V Cumbre Mundial de las Regiones sobre Seguridad y Soberanía Alimentaria – HAMBRE CERO – Barcelona 2024

Modifican el Acuerdo N° 324-2024-CR/GRL que autorizó viaje de la Gobernadora Regional para participar en la V Cumbre Mundial de las Regiones sobre Seguridad y Soberanía Alimentaria – HAMBRE CERO – Barcelona 2024

Acuerdo de Consejo Regional

Nº 341-2024-CR/GRL

Huacho, 27 de septiembre de 2024

VISTO: En la Sesión Extraordinaria del Pleno del Consejo Regional, en la provincia de Cajatambo, el OFICIO Nº 758-2024-GRL/GOB, suscrito por la Abg. Rosa Gloria Vásquez Cuadrado – Gobernadora Regional de Lima, mediante el cual solicita que en mérito a lo aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº324-2024-CR/GRL, se precise el horario de autorización de viaje al exterior para participar en la V Cumbre Mundial de las Regiones sobre Seguridad y Soberanía Alimentaria – HAMBRE CERO – Barcelona 2024.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, modificado por el artículo único de la Ley de Reforma Constitucional Nº 30305, publicada el 10 de marzo del 2015, establece lo siguiente: “Los gobiernos regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. (…) La estructura orgánica básica de estos gobiernos la conforman el Consejo Regional, como órgano normativo y fiscalizador…”

Que, en ese sentido, el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, dispone que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, en asuntos de su competencia, constituyendo, para su administración económica y financiera, un Pliego Presupuestal;

Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establecen en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y aquellas que le sean delegadas;

En el artículo 39º de la ley antes citada, primer párrafo, refiere lo siguiente: “Los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”;

El literal x) del artículo 29º del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala que son atribuciones del pleno del Consejo Regional: “Autorizar los viajes al exterior del país que efectúen en comisión de servicio o representación del Gobierno Regional de Lima el Gobernador Regional, Vice Gobernador Regional, consejeros regionales y/o funcionarios y servidores; conforme a las disposiciones vigentes, quienes a su retorno deberán presentarse ante el Pleno del Consejo Regional para informar y sustentar las actividades realizadas”;

Que, el artículo 41º de la norma antes citada, señala: “El Consejo Regional se reúne en Sesiones Extraordinarias cuando el presidente del Consejo Regional la convoque o a solicitud de un tercio del número legal de consejeros regionales, en este último caso, la solicitud deberá ser dirigida al presidente del Consejo Regional quien ordena que de inmediato se proceda a citar a los consejeros regionales en la fecha solicitada”;

Que, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº324-2024-CR/GRL, se aprobó en el ARTÍCULO PRIMERO lo siguiente: “AUTORIZAR el viaje al exterior de la Abg. Rosa Gloria Vásquez Cuadrado Gobernadora Regional de Lima, con el propósito de participar en la V Cumbre Mundial de las Regiones sobre Seguridad y Soberanía Alimentaria – HAMBRE CERO – Barcelona 2024, el mismo que se realizará en la ciudad de Barcelona – España, durante los días 30 de septiembre hasta el 06 de octubre del presente año”.

En virtud a lo señalado, mediante el OFICIO Nº 758-2024-GRL/GOB, la Abg. Rosa Gloria Vásquez Cuadrado – Gobernadora Regional de Lima, solicita que en mérito a lo aprobado mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº324-2024-CR/GRL, se precise el horario de autorización de viaje al exterior para participar en la V Cumbre Mundial de las Regiones sobre Seguridad y Soberanía Alimentaria – HAMBRE CERO – Barcelona 2024, a partir de las 09:00 p.m. del día 30 de setiembre de 2024, ello en virtud que como Gobernadora Regional tiene programado con anticipación cumplir con actividades durante el día, como es la Audiencia Pública Regional de Rendición de Cuentas 2024, a realizarse en la provincia de Cañete.

Que, en Sesión Extraordinaria Descentralizada del Consejo Regional de Lima, en la provincia de Cajatambo, realizada el 27 de septiembre del 2024; desde en las instalaciones del SALON DE ACTOS DE LA I.E. Nº 20001 – LA TORRE - CAJATAMBO, con los consejeros regionales presentes, se dio cuenta del pedido del visto; del debate entre los miembros del Consejo Regional de Lima, y; con el voto por MAYORÍA de los consejeros regionales participantes de la sesión extraordinaria descentralizada del consejo regional, y;

En uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política del Estado, modificada por la Ley Nº27680, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº27867 y sus modificatorias Leyes Nº 28968, Nº 29053 y Nº 31433;

ACUERDA:

Artículo Primero.- MODIFICAR EL ARTÍCULO PRIMERO DEL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 324-2024-CR/GRL, PRECISANDO QUE EL HORARIO DE AUTORIZACIÓN DEL VIAJE AL EXTERIOR CON EL PROPÓSITO DE PARTICIPAR EN LA V CUMBRE MUNDIAL DE LAS REGIONES SOBRE SEGURIDAD Y SOBERANÍA ALIMENTARIA – HAMBRE CERO – BARCELONA 2024 ES A PARTIR DE LAS 09:00 P.M., DEL DÍA 30 DE SETIEMBRE DE 2024, QUEDANDO SUBSISTENTE LOS DEMÁS EXTREMOS QUE CONTIENE EL ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL REFERIDO.

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional realizar las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento al presente Acuerdo de Consejo Regional.

Artículo Tercero.- COMUNICAR el presente Acuerdo de Consejo Regional a la señora Gobernadora Regional de Lima y al señor Vicegobernador Regional de Lima, para conocimiento y fines.

Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente Acuerdo de Consejo Regional del trámite de lectura y aprobación de acta.

Artículo Quinto.- El presente Acuerdo de Consejo Regional entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en la página web del Estado Peruano (www.gob.pe/regionlima), para conocimiento y fines.

POR TANTO:

Mando se registre, publique y cumpla.

Tomás Emiliano Chavarría Húngaro

Presidente del Consejo Regional de Lima

2329955-1