Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aprueban el Plan de Pasantía presentado por el Programa Presupuestal Orientado a Resultados PPoR RVcM 1002

Aprueban el “Plan de Pasantía” presentado por el Programa Presupuestal Orientado a Resultados PPoR RVcM 1002

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIóN ADMINISTRATIVA

N° 000300-2024-CE-PJ

Lima, 24 de septiembre del 2024

VISTOS:

El Oficio N° 000064-2024-C-PPOR1002-P-PJ, cursado por la magistrada Coordinadora de Seguimiento, Monitoreo y Supervisión del Programa Presupuestal Orientado a Resultados PPoR RVcM 1002; así como el Informe N° 000036-2024-MDT-RT-PPOR1002-P-PJ, elaborado por la Coordinadora en Gestión de la Capacitación del referido programa presupuestal.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, mediante Decreto Legislativo N° 1368 de fecha 29 de julio de 2018, fue creado el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (SNEJ), siendo competente para conocer las medidas de protección y las medidas cautelares que se dicten en el marco de la Ley N° 30364; así como los procesos penales que se siguen por la comisión de los siguientes delitos: feminicidio, lesiones, violación sexual, actos contra el pudor en menores, previstos en los artículos 108°-B; 121°-B, 122°, 122°- B, en concordancia con los artículos 124°- B; 170°, 171°, 172°, 173°, 173°-A y 174°, y sus formas agravadas comprendidas en los artículos 177°; y 176°-A del Código Penal.

Segundo. Que, el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (SNEJ), nace como una necesidad de asegurar el desarrollo célere y efectivo de los procesos y permite la interacción fluida entre todos los operadores de la ruta procesal contra la violencia, para mejorar los tiempos de atención y respuestas a las víctimas, logrando así garantizar su integridad y seguridad; así como un real y efectivo acceso a la justicia.

Tercero. Que mediante el Decreto Supremo N° 011-2021-MIMP se aprueba la Estrategia Nacional para la Implementación del SNEJ, que permite mejorar la calidad de los servicios de atención a las víctimas de violencia, teniendo como premisa una respuesta oportuna y eficaz de las instituciones de manera articulada, integral y multisectorial, para asegurar la protección y sanción efectiva. Dentro de la estrategia se han considerado cuatro ejes estructurales del sistema, siendo el cuarto eje la especialización.

Cuarto. Que, de acuerdo a los lineamientos de pasantías nacionales e internacionales del Poder Judicial, éstas forman parte de las acciones de capacitación que buscan cerrar brechas de conocimientos, para mejorar el desempeño de los beneficiarios; por lo que deberán ser incluidas en los planes de capacitación y autorizadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para lo cual se deberá presentar el documento denominado “Plan de Pasantía”.

Quinto. Que de conformidad con lo señalado, el Programa Presupuestal Orientado a Resultados PPoR RVcM 1002 remite el Plan de Pasantías y dos anexos, adjuntos al Informe N° 000036-2024-MDT-RT-PPOR1002-P-PJ, que brinda el detalle de la pasantía y los beneficiarios de la misma. Asimismo, se precisa que los gastos corren a cargo de los recursos asignados al mencionado programa presupuestal, no requiriéndose ningún recurso adicional del presupuesto del Poder Judicial.

Sexto. Que en el Anexo 1 del Plan de Pasantía organizado por el PPoR RVcM 1002 se mencionan a los magistrados/as autorizados que participarán, debiendo comunicarse a sus respectivas Cortes Superiores para que puedan tomar las medidas pertinentes, a efectos de viabilizar su participación y no afectar su carga procesal pendiente; y en el Anexo 2, se consigna el presupuesto requerido.

Sétimo. Que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; por lo que resulta necesario emitir las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.

Octavo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1170-2024 de la trigésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 28 de agosto de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el “Plan de Pasantía” presentado por el Programa Presupuestal Orientado a Resultados PPoR RVcM 1002, con sus respectivos anexos.

Artículo Segundo.- Autorizar a los magistrados/as mencionados en el Anexo 1, a participar en las pasantías organizadas por el PPoR RVcM 1002.

Artículo Tercero.- Autorizar al señor Octavio Justiniano Tenorio Julca, Responsable Técnico (e) del Programa Presupuestal Orientado a Resultados PPoR RVcM-1002, a participar en la pasantía a realizarse del 21 al 25 de octubre de 2024 en la ciudad de Buenos Aires, Argentina; con la finalidad de realizar el seguimiento y monitoreo de las acciones que se llevarán a cabo.

Artículo Cuarto.- Los gastos por concepto de pasajes nacionales e internacionales, alojamiento, alimentación, movilidad, viáticos; entre otros, serán financiados con cargo al presupuesto del Programa Presupuestal Orientado a Resultados (PPoR RVcM-1002).

Artículo Quinto.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial, a través de sus áreas correspondientes, adopten las acciones administrativas respectivas para dar cumplimiento a lo dispuesto por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Artículo Sexto.- Facultar a las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia que tienen implementado el Sistema Nacional Especializado de Justicia para la Protección y Sanción de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar (SNEJ) a emitir las acciones correspondientes, a fin de operativizar lo dispuesto precedentemente y verificar que no se afecte la carga procesal de los órganos jurisdiccionales a cargo de los magistrados/as beneficiados con la pasantía.

Artículo Sétimo.- Encargar al Programa Presupuestal Orientado a Resultados PPoR RVcM 1002 la conformación de los grupos de trabajo y remitirlos a cada una de las Cortes Superiores mencionadas, para el desarrollo de las acciones mencionadas en los artículos precedentes.

Artículo Octavo.- Notificar la presente resolución al Centro de Investigaciones Judiciales, Programa Presupuestal Orientado a Resultados de Reducción de la Violencia contra la Mujer (PPoR RVcM 1002), Cortes Superiores de Justicia de Lima Este, Lima Norte, Callao, Puente Piedra - Ventanilla, Ancash, Arequipa, Junín y Cusco; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

Nota: Los anexos de la presente resolución se encuentran publicados en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe).

2331962-1