Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Disponen la puesta en funcionamiento del aplicativo denominado GEOVISOR SBN

Disponen la puesta en funcionamiento del aplicativo denominado “GEOVISOR SBN”

RESOLUCIÓN Nº 0051-2024/SBN

San Isidro, 3 de octubre de 2024

VISTOS: 

El Informe N° 00006-2024/SBN-DNR-SDRC, informe emitido en conjunto por la Subdirección de Registro y Catastro y la Oficina de Tecnologías de la Información, el Informe Nº 00018-2024/SBN-DNR, de la Dirección de Normas y Registro, los Informes N°s 00045, 00164 y 00350-2024/SBN-OAJ, emitidos por la Oficina de Asesoría Jurídica y;

CONSIDERANDO: 

Que, a través del artículo 5 de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales (Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29151, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 019-2019-VIVIENDA), se crea el Sistema Nacional de Bienes Estatales (SNBE) como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan de manera integral y coherente, los bienes estatales en sus niveles de gobierno nacional, regional y local, a fin de lograr una administración ordenada, simplificada y eficiente, teniendo a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) como ente rector; y en esa condición administra el Sistema de Información Nacional de Bienes Estatales (SINABIP);

Que, según el numeral 10.5 del artículo 10 del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2021-VIVIENDA, en materia de registro, son funciones y atribuciones de la SBN, organizar y conducir los registros que conforman el SINABIP; registrar y/o actualizar en los registros que conforman el SINABIP, la información que de forma obligatoria remiten las entidades sobre los actos emitidos respecto de los predios bajo su competencia directa; administrar y brindar la información contenida en el SINABIP a las entidades que lo soliciten; asimismo, conforme a lo dispuesto por el artículo 18 del precitado Reglamento, el SINABIP contiene información de la base de datos (gráfica, georreferenciada y alfanumérica), técnica, jurídica y económica del catastro de predios estatales, en sus dimensiones espacial, temporal y temática, asociados a su respectivo Código Único SINABIP - CUS;

Que, el Decreto Legislativo Nº 1412 aprueba la Ley de Gobierno Digital, que tiene por objeto establecer el marco de gobernanza del gobierno digital para la adecuada gestión de la identidad digital, servicios digitales, arquitectura digital, interoperabilidad, seguridad digital y datos, así como el régimen jurídico aplicable al uso transversal de tecnologías digitales en la digitalización de procesos y prestación de servicios digitales por parte de las entidades de la Administración Pública, en los tres niveles de gobierno;

Que, conforme al numeral 6.1 del artículo 6 del citado Decreto Legislativo, el gobierno digital es el uso estratégico de las tecnologías digitales y datos en la Administración Pública para la creación de valor público;

Que, en esa línea, la Resolución Nº 0040-2024/SBN, de fecha 31 de julio de 2024, aprobó la actualización del “Plan de Gobierno Digital (PGD) 2024 - 2026 de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales”, que establece los siguientes objetivos del gobierno digital a nivel institucional: i) Sistematizar los procesos de la SBN mediante el uso de las tecnologías de la información, ii) Digitalizar los servicios públicos que brinda la SBN, iii) Asegurar la implementación de una infraestructura tecnológica que soporte adecuadamente el proceso de transformación digital y iv) Asegurar la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información institucional;

Que, en atención a lo establecido en los literales d), e), e i), del artículo 47 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales aprobado por Resolución Nº 0066-2022/SBN, la Subdirección de Registro y Catastro tiene las funciones de ejecutar las acciones de obtención, procesamiento y sistematización de la información cartográfica, base catastral, temática y satelital; diseñar, desarrollar, implementar y actualizar la plataforma cartográfica de los predios estatales y los derechos registrados en el SINABIP, sobre la base de la información proporcionada por las entidades del SNBE y brindar la información contenida en el SINABIP, a las personas y entidades que lo soliciten, con las limitaciones establecidas en la normatividad vigente;

Que, el literal c) del artículo 30 del mencionado texto integrado, atribuye a la Oficina de Tecnologías de la Información, la función de realizar el análisis, diseño, desarrollo, implementación, capacitación y mantenimiento de los sistemas de información de la SBN, base de datos espacial, catastral, alfanumérica y documental, sede digital y los servicios de intranet y extranet;

Que, la información catastral que administra la Subdirección de Registro y Catastro sobre los bienes estatales están, tanto al servicio de la SBN como de las entidades que conforman el SNBE, de acuerdo al artículo 8 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 29151, a fin de coadyuvar en la toma de decisiones de los actos administrativos de adquisición, administración y disposición de predios estatales de su titularidad o bajo su administración, así como en las actuaciones de saneamiento físico legal, custodia, defensa y recuperación de dichos predios; es decir, contribuir a la mejor gestión de las entidades sobre los predios estatales en el marco de sus competencias;

Que, con Informe Nº 00006-2024/SBN-DNR-SDRC, informe emitido en conjunto por la Subdirección de Registro y Catastro y la Oficina de Tecnologías de la Información, comunican la pertinencia de poner a disposición de las entidades públicas el aplicativo denominado: “GEOVISOR SBN”, en reemplazo del aplicativo JMAP, que en una primera etapa entra en funcionamiento con la gestión de dos capas de información, tales como: i) los predios de la base catastral del Estado y ii) la información temática de las Líneas de Más Alta Marea (LAM) que administra la SBN, la cual se propone como una herramienta informática de acceso gratuito a través del portal institucional de la SBN (www.gob.pe/sbn);

Que, mediante Informe N° 00350-2024/SBN-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica, verifica que la propuesta para el funcionamiento del aplicativo denominado “GEOVISOR SBN” cuenta con la conformidad de la Oficina de Tecnologías de la Información (Memorándum N° 00312-2024/SBN-OTI) y cumple con el sustento técnico, pruebas de campo adicionales y normativa vigente, emitiendo opinión legal favorable al citado proyecto de Resolución del despacho de la Superintendencia;

Que, la Subdirección de Registro y Catastro, ha efectuado coordinaciones determinando la operatividad del proyecto para la puesta en funcionamiento del aplicativo denominado “GEOVISOR SBN” en reemplazo del aplicativo JMAP.

Que, el aplicativo denominado “GEOVISOR SBN” permitirá a los servidores de las entidades que conforman el SNBE, previamente validados y habilitados, visualizar la data alfanumérica, documental y descargar la información gráfica de cada predio incorporado en el SINABIP, lo que coadyuvará en la realización de un mejor diagnóstico respecto de los predios en estudio al permitir determinar la titularidad y naturaleza del predio estatal, y si estos están registrados o no en el SINABIP y/o inscritos en los Registros Públicos, si presentan restricciones por estar en Área de Playa, si están dentro de la competencia de la entidad, entre otros aspectos técnicos, lo que a su vez contribuirá a una mejor gestión de los predios estatales;

Que, por las razones expuestas resulta oportuno y necesario emitir la respectiva resolución de Superintendencia que disponga la puesta en funcionamiento del aplicativo denominado: “GEOVISOR SBN”; el cual cuenta con un tutorial de orientación que describe su operatividad;

Con el visado de la Dirección de Normas y Registro, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Subdirección de Registro y Catastro;

SE RESUELVE: 

Artículo 1.- Disponer, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, la puesta en funcionamiento del aplicativo denominado “GEOVISOR SBN”, en reemplazo del aplicativo JMAP, que constituye una herramienta informática de acceso gratuito para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bienes Estatales que permitirá visualizar la data alfanumérica, documental y descargar la información gráfica de cada predio incorporado en el SINABIP, para una mejor gestión de los predios estatales de competencia de cada entidad pública.

Artículo 2.- Las entidades públicas deben remitir vía comunicación escrita a la SBN el nombre de los funcionarios o servidores públicos, precisando número de Documento Nacional de Identidad, cargo, número de teléfono y correo electrónico, a fin de habilitar los accesos al “GEOVISOR SBN”. 

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital de la SBN (www.gob.pe/sbn), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

 

Regístrese, comuníquese y publíquese. 

WILDER ALEJANDRO SIFUENTES QUILCATE 

Superintendente

2331564-1