Conceden licencia con goce de remuneraciones a magistrado para asistir a actividades a realizarse en el Brasil
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
nº 155-2024-P/TC
Lima, 2 de octubre de 2024
VISTAS
Las comunicaciones de la Secretaría General del 13 de septiembre; 1 y 2 de octubre de 2024; y,
CONSIDERANDO
Que, mediante comunicación de fecha 15 de marzo de 2024, el director de la Escuela Superior de la Abogacía General de la Unión de la República Federal de Brasil, invita al magistrado Francisco Humberto Morales Saravia a escribir un artículo científico para ser presentado en el Congreso Internacional sobre “Democracia y Gobernabilidad en América Latina en los últimos 5 años”, en fecha por determinar. En la misiva se indica que la entidad organizadora asume los pasajes aéreos que se requiera para la participación en el evento;
Que, el 26 de julio de 2024, la entidad organizadora informa que el Congreso Internacional sobre “Democracia y Gobernabilidad en América Latina en los últimos 5 años” se llevará a cabo en Brasilia el 8 de octubre de 2024 en la Escuela Superior de la Abogacía General de la Unión;
Que, el secretario general informa que en la sesión del 28 de agosto de 2024, el Pleno del Tribunal Constitucional acuerda la participación en comisión de servicios del magistrado Francisco Humberto Morales Saravia, en el Congreso Internacional sobre “Democracia y Gobernabilidad en América Latina en los últimos 5 años”, que se realiza el 8 de octubre de 2024 en Brasilia, Brasil, conforme a la invitación formulada directamente por la Abogacía General de la Unión de Brasil;
Que, adicionalmente, el secretario general comunica que en la sesión de Pleno del Tribunal Constitucional celebrada el 01 de octubre de 2024, se comisiona al magistrado Francisco Humberto Morales Saravia a concurrir el 07 de octubre de 2024 al Supremo Tribunal Federal de Brasil a fin de sostener reunión de trabajo con los ministros de dicha Corte y a las actividades oficiales organizadas por la Embajada del Perú;
Que, en relación a los gastos de alojamiento y alimentación que corresponde asignar para la comisión, el secretario general comunica que el magistrado comisionado asumirá los gastos que correspondan por dichos conceptos;
Que, la participación de los funcionarios públicos en eventos que versan sobre importantes temas constitucionales, enriquece la labor jurisdiccional de nuestra institución, en aras de mejorar la calidad del servicio de impartición de justicia a la ciudadanía, por lo cual, se estima que la participación redunda en el mejoramiento de la jurisprudencia constitucional en nuestro país;
Que, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el magistrado deberá presentar ante el Pleno, un informe con el detalle de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje en comisión de servicios que se autoriza;
Que, el artículo 4 del referido Decreto Supremo 047-2002-PCM señala que las resoluciones de autorizaciones de viaje deberán publicarse en el diario oficial “El Peruano” con anterioridad al viaje;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional; del Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, aprobado por la Resolución Administrativa 095-2004-P/TC; la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; el Decreto Supremo 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo 1440 y la Directiva de Otorgamiento de Pasajes y Viáticos para Comisiones de Servicios al Interior y Exterior del País, aprobada por Resolución de Dirección General 012-2019-DIGA/TC,
SE RESUELVE
Artículo Primero.- CONCEDER licencia con goce de remuneraciones al magistrado Francisco Humberto Morales Saravia, para que en comisión de servicios asista el 07 de octubre de 2024 en visita oficial al Supremo Tribunal Federal de Brasil y a las actividades programadas por la Embajada del Perú en Brasil; y participe el 8 de octubre de 2024 en el Congreso Internacional sobre “Democracia y Gobernabilidad en América Latina en los últimos 5 años”. Ambas actividades se realizan en la ciudad de Brasilia, Brasil.
Artículo Segundo.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución no irroga egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional.
Artículo Tercero.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación.
Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de realizado el referido viaje, el magistrado debe informar los resultados obtenidos con motivo de su participación en el evento antes mencionado.
Artículo Quinto.- COMUNICAR la presente resolución al señor magistrado Francisco Humberto Morales Saravia, a los magistrados del Tribunal Constitucional; a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración, y a las Oficinas Gestión y Desarrollo Humano, Logística, Contabilidad y Tesorería, Tecnologías de la Información y al Órgano de Control Institucional, para los fines de ley.
Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional (www.tc.gob.pe).
Regístrese, publíquese y comuníquese.
LUZ IMELDA PACHECO ZERGA
Presidenta del Tribunal Constitucional
2331297-1