Autorizan viaje de personal policial a la República Argentina, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1225-2024-IN
Lima, 3 de octubre de 2024
VISTOS, el Oficio Nº 1860-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe Nº 001714-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 045-2018-JUS, de fecha 1 de marzo de 2018, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano PERCY HORACIO MONTOYA CARRANZA, formulada por la Segunda Sala Penal con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio – Robo Agravado en agravio de Raúl Angulo Torres y otros; conforme al Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Argentina suscrito el 11 de junio de 2004, vigente desde el 19 de julio de 2006 y demás normas aplicables;
Que, mediante Informe Nº 522-2024-COMOPPOL/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Oficina Central Nacional INTERPOL – Lima de la Dirección de Asuntos Internacionales de la PNP, sustenta la designación del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, para que viajen en comisión de servicio, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano peruano PERCY HORACIO MONTOYA CARRANZA;
Que, de acuerdo a la Hoja de Estudio y Opinión Nº 295-
2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI, remitida a través del Oficio Nº 1860-2024-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la PNP estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 5 al 8 de octubre de 2024, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para que ejecuten la extradición activa antes citada;
Que, la participación en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de pasajes aéreos del personal policial, así como el pasaje aéreo del extraditable, son asumidos por el Poder Judicial; siendo que, en el caso de los viáticos del personal policial, estos son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, para lo cual se ha emitido la Certificación de Crédito Presupuestario Nota Nº 0000003229, conforme se precisa en la Hoja de Estudio y Opinión Nº 295-2024-COMGEN-PNP/DIRASINT-DIVABI;
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”;
Que, el Decreto Supremo Nº 001-2009-IN, en su artículo 1, dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG (…)”;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, (…)”;
Que, asimismo, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, en su artículo 11, establece que “Los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente. (…) No son de obligatoria publicación las autorizaciones a que se refiere el presente artículo”;
Que, el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1267, aprobado por Decreto Supremo Nº 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que la Oficina Central Nacional INTERPOL – Lima de la Policía Nacional del Perú tiene entre sus funciones la siguiente: “Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”;
Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior del personal policial descrito en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 5 al 8 de octubre de 2024 a la Ciudad Autonoma de Buenos Aires de la República Argentina;
Con el visado de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del lnterior; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú; Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1149, Ley de la Carrera y Situación del Personal de la PNP, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2024-IN; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Texto lntegrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del lnterior, aprobado por Resolución Ministerial Nº 1520-2019-lN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del 5 al 8 de octubre de 2024, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de la República Argentina, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, del personal policial que se detalla a continuación:
- Suboficial Técnico de Primera PNP HEINER LUIS ZUÑIGA DEVOTTO
- Suboficial de Segunda PNP MARILYA LIZBERNY HUAMAN CARDENAS
Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Moneda |
Importe |
Días |
Personas |
Total |
|
Viáticos efectivos policiales |
US$ |
370,00 |
4 |
2 |
2 960,00 |
Artículo 3.- Disponer que el personal policial cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no irroga gasto alguno al Estado, ni da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ
Ministro del Interior
2331818-1