Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Chile en misión de estudios

Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra del Perú a Chile, en misión de estudios

Resolución Ministerial

N° 01077-2024-DE

Lima, 1 de octubre del 2024

VISTOS:

El Oficio Nº 7383/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio Nº 02783-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01705-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta C.J.A. Ord Nº 2610/1315 el Comandante en Jefe de la Armada de Chile hace extensiva la invitación al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, para participar con un Oficial médico, odontólogo o enfermero de la citada Institución Armada en la Decimoctava versión del Curso de Cuidado de Heridos en Combate C4 (Combat Casualty Care Course), a realizarse en el Fuerte IM CA “Félix Aguayo Bastidas”, ciudad de Concón, República de Chile, del 13 al 18 de octubre de 2024; asimismo, precisan que la invitación incluye los gastos de alojamiento y alimentación, a excepción de pasajes aéreos, pasajes terrestres y transporte interno;

Que, con Oficio Nº 579/52 el Comandante General de la Marina de Guerra del Perú hace de conocimiento al Comandante en Jefe de la Armada de Chile la designación del Teniente Primero SN. (MC) José Efraín MONTESINOS ZAVALETA, para participar en el citado curso;

Que, a través del Informe Legal Nº 064-2024/OAL-DIREDUMAR la Jefatura Accidental de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú opina que es viable autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del personal designado para participar en el referido curso, en el lugar y fecha programada; asimismo, precisa que debe otorgarse viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) del que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala prevista en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;

Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente, se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar la citada misión de estudios, por cuanto permitirá al personal designado adquirir conocimientos y experiencias a fin de incrementar su nivel de perfeccionamiento técnico - profesional sobre aspectos relacionados al diagnóstico y manejo de Heridos en Combate, en las distintas áreas críticas y de emergencia, así como transmitir los conocimientos y experiencias adquiridas en beneficio del Centro Médico Naval, fortaleciendo el área de cuidados intensivos, sala de operaciones, área de emergencia, entre otras;

Que, a través de la Hoja de Gastos Nº 158-2024, la Marina de Guerra del Perú señala que los gastos por pasajes aéreos, pasajes terrestres y el veinte por ciento (20%) de viáticos, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad a lo establecido en el artículo 7 del Reglamento de Viajes al Extranjero del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 180-2024, la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se ejecutarán en la citada misión de estudios; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000009, Nº 0000000101 y Nº 0000000570, garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la finalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en la referida misión de estudios, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, con Oficio Nº 7383/52 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en la Decimoctava versión del Curso de Cuidado de Heridos en Combate C4 (Combat Casualty Care Course), a realizarse en el Fuerte IM CA “Félix Aguayo Bastidas”, ciudad de Concón, República de Chile, del 13 al 18 de octubre de 2024, así como autorizar su salida del país el 12 de octubre y su retorno el 19 de octubre de 2024;

Que, a través del Oficio Nº 02783-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 062-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal Nº 01705-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el citado viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modificatorias.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Primero SN. (MC) José Efraín MONTESINOS ZAVALETA, identificado con CIP N° 00103512 y DNI N° 47355999, para que participe en la Decimoctava versión del Curso de Cuidado de Heridos en Combate C4 (Combat Casualty Care Course), a realizarse en el Fuerte IM CA “Félix Aguayo Bastidas”, ciudad de Concón, República de Chile, del 13 al 18 de octubre de 2024, así como autorizar su salida del país el 12 de octubre y su retorno el 19 de octubre de 2024.

Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima - Santiago (República de Chile) - Lima

(clase económica)

US$ 1,100.00 x 1 persona (Incluye importe TUUA) US$ 1,100.00

Pasajes terrestres: Santiago - Concón - Santiago (República de Chile)

US$ 100.00 x 1 persona x 2 (ida y vuelta) US$ 200.00

Viáticos:

US$ 370.00 x 1 persona x 6 días x 20% US$ 444.00

Total a pagar: US$ 1,744.00

Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El Oficial Subalterno autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria.

Artículo 5.- El citado Oficial Subalterno revistará en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú por el período que dure la misión de estudios en el extranjero.

Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Walter Enrique Astudillo Chávez

Ministro de Defensa

2331206-1