Formalizan renovación de designación de Vocales del Tribunal del Servicio Civil, formalizan vacancia del cargo y dan por concluidas designaciones
resolución suprema
N° 208-2024-PCM
Lima, 3 de octubre de 2024
VISTOS: El acuerdo adoptado en la Sesión N° 06-2024-CD del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; y los Oficios N° 000089-2024-SERVIR-GG y N° 000195-2024-SERVIR-GG de la Gerencia General de SERVIR;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 17 del Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, señala que el Tribunal del Servicio Civil es el órgano integrante de la Autoridad que tiene por función la resolución de controversias individuales que se susciten al interior del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, respecto al acceso al servicio civil, la evaluación y progresión en la carrera, el régimen disciplinario; y, la terminación de la relación de trabajo;
Que, el artículo 18 del citado Decreto Legislativo Nº 1023 dispone que la Sala del Tribunal del Servicio Civil está conformada por tres (3) vocales, elegidos por concurso público convocado y conducido por el Consejo Directivo, quienes permanecerán en el cargo durante tres (3) años, renovables por decisión unánime del Consejo Directivo, debiendo permanecer en su cargo hasta que los nuevos integrantes hayan sido nombrados;
Que, el artículo 6 del Reglamento del Tribunal del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-PCM, dispone que las Salas del Tribunal del Servicio Civil están conformadas por tres (3) vocales designados mediante Resolución Suprema por un periodo de tres (3) años, renovables por un periodo similar; asimismo, el artículo 9 del citado Reglamento establece que la renuncia es una causal de vacancia del cargo de Vocal del Tribunal del Servicio Civil, precisando que la vacancia debe ser formalizada mediante resolución suprema, previo informe favorable del Consejo Directivo de SERVIR;
Que, el literal h) del artículo 4-B del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establece que es función y atribución del Consejo Directivo de SERVIR aceptar la renuncia de los vocales del Tribunal del Servicio Civil;
Que, mediante Resolución Suprema Nº 020-2021-PCM, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 18 de marzo de 2021, se designaron a los Vocales del Tribunal del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil;
Que, con escrito presentado el 13 de marzo de 2024, el señor GUSTAVO NILO RIVERA FERREYROS formula su renuncia al cargo de Vocal del Tribunal del Servicio Civil;
Que, mediante Informe Legal N° 000165-2024-SERVIR-GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica de SERVIR señala que la Tercera y Cuarta Salas del Tribunal del Servicio Civil no se encuentran en funcionamiento, siendo integradas, entre otros, por la señora MIRIAM ISABEL PEÑA NIÑO y los señores VICTOR JOSE SALAS TORREBLANCA, JUAN JOSÉ CABRERA BRAVO y GUSTAVO NILO RIVERA FERREYROS, correspondiendo al Consejo Directivo de SERVIR evaluar la renuncia y la no renovación en el cargo de Vocales del citado Tribunal;
Que, en el Acuerdo N° 19-2024-SERVIR-CD de la Sesión Nº 06-2024-CD, de fecha 12 de abril de 2024, el Consejo Directivo de SERVIR acordó, por unanimidad: i) aceptar la renuncia formulada por el señor GUSTAVO NILO RIVERA FERREYROS al cargo de Vocal del Tribunal del Servicio Civil; ii) renovar la designación de los señores CESAR EFRAIN ABANTO REVILLA, ORLANDO DE LAS CASAS DE LA TORRE UGARTE, ROLANDO SALVATIERRA COMBINA, GUILLERMO JULIO MIRANDA HURTADO, SANDRO ALBERTO NUÑEZ PAZ y de la señora ROSA MARIA VIRGINIA CARRILLO SALAZAR, como Vocales del Tribunal del Servicio Civil, por el periodo de tres (3) años, con eficacia anticipada a partir del día siguiente de concluido su periodo de designación; y, iii) dar por concluida la designación de la señora MIRIAM ISABEL PEÑA NIÑO y de los señores VICTOR JOSE SALAS TORREBLANCA y JUAN JOSÉ CABRERA BRAVO, como Vocales del Tribunal del Servicio Civil;
Que, en consecuencia, es necesario formalizar la renovación de la designación de los señores CESAR EFRAIN ABANTO REVILLA, ORLANDO DE LAS CASAS DE LA TORRE UGARTE, ROLANDO SALVATIERRA COMBINA, GUILLERMO JULIO MIRANDA HURTADO, SANDRO ALBERTO NUÑEZ PAZ y de la señora ROSA MARIA VIRGINIA CARRILLO SALAZAR, en el cargo de Vocales del Tribunal del Servicio Civil; dar por concluida la designación de la señora MIRIAM ISABEL PEÑA NIÑO, y de los señores VICTOR JOSE SALAS TORREBLANCA y JUAN JOSÉ CABRERA BRAVO en el cargo de Vocales del Tribunal del Servicio Civil; y formalizar la vacancia del cargo de Vocal del Tribunal del Servicio Civil, por causal de renuncia del señor GUSTAVO NILO RIVERA FERREYROS;
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Reglamento del Tribunal del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial N° 224-2023-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Formalizar la renovación de la designación en el cargo de Vocal del Tribunal del Servicio Civil, por el periodo de tres (3) años, con eficacia anticipada al 19 de marzo de 2024, de los siguientes profesionales:
- CESAR EFRAIN ABANTO REVILLA
- ORLANDO DE LAS CASAS DE LA TORRE UGARTE
- ROLANDO SALVATIERRA COMBINA
- GUILLERMO JULIO MIRANDA HURTADO
- SANDRO ALBERTO NUÑEZ PAZ
- ROSA MARIA VIRGINIA CARRILLO SALAZAR
Artículo 2.- Formalizar la vacancia del cargo de Vocal del Tribunal del Servicio Civil, por causal de renuncia del señor GUSTAVO NILO RIVERA FERREYROS, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 3.- Dar por concluida la designación en el cargo de Vocal del Tribunal del Servicio Civil, de los siguientes profesionales, dándoseles las gracias por los servicios prestados:
- MIRIAM ISABEL PEÑA NIÑO
- VICTOR JOSE SALAS TORREBLANCA
- JUAN JOSÉ CABRERA BRAVO
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
2331687-3