Autorizan viaje del Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo a Colombia y encargan su Despacho al Ministro de Justicia y Derechos Humanos
resolución suprema
nº 207-2024-pcm
Lima, 3 de octubre de 2024
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de fecha 3 de junio de 2024, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) invita al señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo a participar en la Tercera Cumbre Ministerial sobre Inclusión Social del Programa Regional para América Latina y el Caribe (PRALC) organizada por el Departamento Nacional de Planeación (DNP) de Colombia, a realizarse el 22 de octubre de 2024, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia;
Que, el PRALC fue creado en el año 2015 por los Estados Miembros de la OCDE, con el fin de apoyar a la región de América Latina y el Caribe en el avance de su programa de reformas en torno a tres prioridades de políticas públicas más relevantes: i) aumentar la productividad; ii) fomentar la inclusión social; y, iii) fortalecer las instituciones y la gobernanza. En el marco del PRALC, cada año se celebra en la región, una reunión de alto nivel (Cumbre Ministerial) que aborda una de las prioridades temáticas de forma continua, creando una plataforma o proceso plurianual para estas;
Que, la Tercera Cumbre Ministerial sobre Inclusión Social se titula “La inclusión productiva revisitada” y tiene como objetivo: i) contribuir a los debates en curso sobre cómo fortalecer, ampliar y financiar los sistemas de protección social; ii) adoptar una mirada objetiva hacia las políticas destinadas a abordar las causas del estancamiento de la movilidad social, incluido el desarrollo de capacidades para ofrecer mejores oportunidades a la generación de jóvenes; y, iii) atender las herramientas innovadoras y nuevos enfoques para empoderar a comunidades locales y facilitar la salida de la pobreza e informalidad, incluida inclusión financiera y digital, políticas de desarrollo de las PYME e iniciativas de economía social y solidaria;
Que, asimismo, mediante Carta de fecha 21 de agosto de 2024, la Organización de Estados Americanos (OEA) invita al señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo a participar en la XXII Conferencia Interamericana de Ministros de Trabajo (CIMT), a realizarse los días 23 y 24 de octubre de 2024, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia;
Que, la CIMT de la OEA es el principal foro de discusión política y toma de decisiones en materia laboral a nivel hemisférico. Como órgano central del Sistema Interamericano de Trabajo persigue los siguientes objetivos: i) establecer normas de políticas sobre aspectos de la problemática socio-laboral; ii) efectuar la revisión de la situación laboral y de los progresos en el campo socio-laboral por los gobiernos; y, iii) propugnar la unificación de criterios que permitan a los Ministerios del Trabajo fortalecer los mecanismos para la transferencia y recepción de colaboración técnica;
Que, la XXII CIMT gira en torno a la temática “El futuro del trabajo en las Américas: cimentando la paz, la justicia social y la acción climática”, la misma que se subdivide en: i) Transformación tecnológica: Aprovechando oportunidades y mitigando riesgos en favor del empleo; ii) futuro del trabajo y transición justa en las Américas; y, iii) diálogo social institucionalizado e inclusión laboral: ejes para un futuro del trabajo justo, equitativo y centrado en las personas;
Que, la participación del señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo en los mencionados eventos suponen una valiosa oportunidad para identificar las iniciativas que se vienen desarrollando desde la mirada gubernamental hasta la de los representantes de trabajadores y empleadores; así como, permitirá conocer las buenas prácticas que se vienen implementando en desafíos como la fragmentación de los sistemas de protección social y el estancamiento de la movilidad social, y en transformación tecnológica, el futuro del trabajo y diálogo social e inclusión laboral, que constituyen ejes para un futuro del trabajo justo, equitativo y centrado en las personas;
Que, por lo expuesto, resulta de interés institucional autorizar el viaje del señor DANIEL YSAU MAURATE ROMERO, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 21 al 25 de octubre de 2024, para participar en los citados eventos;
Que, la OCDE y la OEA han informado que financiarán parcialmente los gastos de alojamiento y alimentación del señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo durante su participación en la Tercera Cumbre Ministerial sobre Inclusión Social del PRALC y en la XXII CIMT;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos parciales serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros y de los funcionarios con rango de Ministros, se efectuará por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure esta, resulta necesario encargar el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en misión oficial, del señor DANIEL YSAU MAURATE ROMERO, Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 21 al 25 de octubre de 2024, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, por los conceptos no financiados por los organizadores, son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes Aéreos US$ |
Nº de días |
Total viáticos US$ |
DANIEL YSAU MAURATE ROMERO |
889.87 |
4 |
592 |
Artículo 3.- Encargar el Despacho de Trabajo y Promoción del Empleo al señor EDUARDO MELCHOR ARANA YSA, Ministro de Estado en el Despacho de Justicia y Derechos Humanos, en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de pago de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
DANIEL YSAU MAURATE ROMERO
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
2331687-2