Conceden licencia a docente de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco para participar en evento a realizarse en Brasil
UNIVERSIDAD NACIONAL DE
SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO
SECRETARÍA GENERAL
RESOLUCIÓN Nº CU-443-2024-UNSAAC
Cusco, 9 de setiembre de 2024
EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO:
VISTO, el Oficio Nº 423-2024-VRAC-UNSAAC, registrado con Expedientes Nro. 652549 y Nro 662265 cursado por el DRA. PAULINA TACO LLAVE, Vicerrectora Académica de la Institución, sobre Licencia con Goce de Haber a favor del Dr. Facundo Palomino Quispe, y;
CONSIDERANDO:
Que, con expediente del Visto Nro. 652549 de fecha 20 de junio de 2024, el Dr. Facundo Palomino Quispe, Docente Principal del Departamento Académico de Ingeniería Electronica, solicita Licencia con Goce de Haber, pasajes, viáticos y pago de inscripción para participar en la conferencia internacional “37th Conference on Graphics, Patteerns and Images SIBGRAPI-Manaus Brazil 2024”, evento que se llevara a cabo en la ciudad de Manaus-Brasil, del 30 de setiembre al 03 de octubre de 2024;
Que, mediante Oficio Nº 038-2024-DAIEL-FIEEIM-UNSAAC el Director del Departamento Académico de Ingeniería Electronica, eleva el Acta de Asamblea Extraordinaria del Departamento Académico de Ingeniería Electrónica, del día 10 de julio de 2024, mediante el cual hace de conocimiento que la Licencia con Goce de Haber a favor del Dr. Facundo Palomino Quispe, fue aprobada por unanimidad; Así mismo con Oficio Nº D-612-2024-FIEEIM-UNSAAC el Decano de la Facultad de Ingenieria Electrica, Electronica, Informatica y Mecanica, ha tomado conocimiento y otorga el visto bueno para que prosiga el tramite correspondiente, en vista de que esta Facultad no cuenta con Consejo de Facultad;
Que, con Oficio del Visto, la Vicerrectora Académica emite opinión favorable para el otorgamiento de Licencia con Goce de Haber en favor del Dr. Facundo Palomino Quispe para participar en la conferencia internacional “37th Conference on Graphics, Patteerns and Images SIBGRAPI-Manaus Brazil 2024”, que se llevara a cabo en la ciudad de Manaus-Brasil, del 30 de setiembre al 03 de octubre de 2024, otorgándole viáticos internacionales, inscripción al Congreso y pasajes; así como se autorice la publicación en el Diario Oficial El Peruano, invitación realizada por la Universidad Estatal de Amazonas-UEA;
Que, el expediente cuenta con el Informe Escalafonario 1665-2024-SUEP-URH-DIGA/UNSAAC (VIRTUAL) emitido por la Jefe de la Sub Unidad de Escalafón y Pensiones de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 1931-2024 emitido por la Jefe de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto, indicando la afectación presupuestal para atender lo solicitado, conforme aparece en el Anexo que forma parte de la presente resolución;
Que, a la fecha, en lo concerniente a la ejecución de gasto público, está vigente la Ley Nro. 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024; especialmente la Ley que regula viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos Nro. 27619, Reglamentado por el D.S. Nro. 047-2002-PCM, de fecha 05 de junio de 2002; Normas Legales que establecen procedimientos rigurosos para dichos fines;
Que, al respecto el Art. 1º de la Ley 27619, ordena expresamente que los viajes al exterior de servidores de las Universidades Públicas, se autorizan mediante Resolución de la más alta autoridad; asimismo el Art. 3 de la referida Ley señala que las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, la petición de la Vicerrector Académica, ha sido puesta a consideración del Consejo Universitario, en Sesión Ordinaria efectuada en fecha 06 de setiembre de 2024, siendo aprobado por unanimidad;
Estando a lo solicitado; Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2024, Ley 27619, D.S. 047-2002-PCM, Resolución Nº R-693-2020-UNSAAC, Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nota Nº 1903-2024 y en uso de las atribuciones conferidas a este Consejo Universitario por la Ley y Estatuto Universitario;
RESUELVE:
Primero.- CONCEDER Licencia con Goce de Haber a favor del DR. FACUNDO PALOMINO QUISPE, docente Ordinario en la categoría de Profesor Principal y con régimen de Dedicación Exclusiva en el Departamento Académico de Ingenieria Electronica, con la finalidad de participar en la conferencia internacional: “37th Conference on Graphics, Patteerns and Images SIBGRAPI-Manaus Brazil 2024”, que se llevará a cabo en la ciudad de Manaus-Brasil, del 30 de setiembre al 03 de octubre de 2024.
Segundo.- AUTORIZAR a la Dirección General de Administración de la UNSAAC, otorgue APOYO ECONÓMICO a favor del DR. FACUNDO PALOMINO QUISPE, traducido en lo siguiente:
- Dos (2) días de Viáticos y asignaciones por Comisión de Servicio, a razón de S/ 2,767.6 ($740 TC. 3.740)
- Pasajes aéreos y gastos de transporte (Cusco – Lima – Manaus Brasil - Lima- Cusco)
- Publicación en el Diario Oficial El Peruano
Tercero.- EL EGRESO que se origine por aplicación de la presente Resolución se atenderá con cargo al Informe de Disponibilidad de Crédito Presupuestario Nº 1931-2024, de acuerdo al anexo que forma parte de la presente resolución.
Cuarto.- DISPONER, que la Unidad de Abastecimientos de la Dirección General de Administración, proceda a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619.
Quinto.- DEJAR ESTABLECIDO la obligación del beneficiario de presentar ante la Dirección General de Administración, el Formato Nro. 1 Declaración de Compromiso; asimismo está en la obligación de presentar la rendición de cuenta documentada con los comprobantes de pago que constituyen la sustentación del gasto (Facturas, Boletas de Venta y/o Electrónica, Tickets, Boletos de Viaje y Declaración de Gastos realizados solamente por movilidad local y otros gastos diversos en el lugar de Comisión de Servicio e hasta por el 20 % del monto total y, el 80% deberá de sustentarse con alimentación y alojamiento, debidamente girados a nombre de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco-UNSAAC, por concepto de ALIMENTACIÓN, ALOJAMIENTO Y/O MOVILIDAD LOCAL; rendición de cuentas que debe ser presentada en el plazo máximo de quince (15) días hábiles, computados desde su retorno a la ciudad del Cusco, vencido el plazo, la institución da por no presentada la rendición de cuenta, el Formato 3 deberá ser remitido de manera virtual al Correo Electrónico Institucional área.integracioncontable@unsaac.edu.pe el mismo día de la presentación de la documentación física, con tenor “Rendición de Cuentas, Resolución Nro., Nombre del Beneficiario, Formatos Nros. 02, 03 y 04 aprobados con Resolución Nro. CU-309-2020-UNSAAC de fecha 10 de setiembre de 2020 proporcionados por la Sub Unidad de Tesorería de la Dirección General de Administración; igualmente presentará copia del certificado ante el Área de Escalafón e informe ante el Decanato de Facultad, Vicerrectorado de Investigación y Despacho Rectoral, respectivamente.
Sexto.- DISPONER que al vencimiento del plazo establecido, la Dirección General de Administración, deberá comunicar el incumplimiento a la Unidad de Talento Humano, para la correspondiente retención en Planilla Única de Pagos y demás acciones contempladas en el Numeral 7.1.6.3 de la DIRECTIVA PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJES Y OTORGAMIENTO DE VIÁTICOS POR COMISIÓN DE SERVICIO DENTRO Y FUERA DEL PAÍS de la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco, aprobada por Resolución Nº CU-309-2020-UNSAAC.
El Vicerrectorado Académico, el Vicerrectorado de Investigación y la Unidad de Recursos Humanos adoptarán las medidas complementarias del caso, para el cumplimiento de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
ELEAZAR CRUCINTA UGARTE
Rector
MARIA MYLUSKA VILLAGARCIA ZERECEDA
Secretaria General (e)
2323348-1