Remiten al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo a la renovación de la designación del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) como centro de categoría 2 bajo los auspicios de la UNESCO, en Cusco (Perú)”
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 172-2024-RE
Lima, 2 de octubre de 2024
CONSIDERANDO:
Que, el “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo a la renovación de la designación del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) como centro de categoría 2 bajo los auspicios de la UNESCO, en Cusco (Perú)” fue suscrito el 12 de junio de 2024 (en adelante, el Acuerdo);
Que, el Acuerdo tiene por objeto definir las modalidades de colaboración entre la UNESCO y el Gobierno de la República del Perú, en lo que respecta a la renovación de la designación del CRESPIAL como centro de categoría 2 auspiciado por la UNESCO, así como los derechos y obligaciones derivados de dicho Acuerdo para las partes;
Que, la aprobación del Acuerdo es conveniente para los intereses del Perú;
Que, ello es conforme con lo dispuesto en los artículos 56, inciso 4, y 102, inciso 3, de la Constitución Política del Perú y con el primer párrafo del artículo 2 de la Ley N° 26647, que disponen la aprobación legislativa de los tratados celebrados por el Estado peruano;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Remite Documentación
Se remite al Congreso de la República la documentación relativa al “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura relativo a la renovación de la designación del Centro Regional para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de América Latina (CRESPIAL) como centro de categoría 2 bajo los auspicios de la UNESCO, en Cusco (Perú)”, suscrito el 12 de junio de 2024.
Artículo 2.- Refrendo
La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
GUSTAVO LINO ADRIANZÉN OLAYA
Presidente del Consejo de Ministros
ELMER SCHIALER SALCEDO
Ministro de Relaciones Exteriores
2331248-9