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Aprueban la Directiva N.° 006-2024-CE-PJ denominada Gestión del Proceso de Selección del Procurador Público y Procurador Público Adjunto del Poder Judicial – Versión 001

Aprueban la Directiva N.° 006-2024-CE-PJ denominada “Gestión del Proceso de Selección del Procurador Público y Procurador Público Adjunto del Poder Judicial” – Versión 001

Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Nº 000321-2024-CE-PJ

Lima, 27 de septiembre del 2024

VISTOS:

El Oficio N.º 001104-2024-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe N.º 001000-2024-OAL-GG-PJ de la Oficina de Asesoría Legal, los Memorandos Nros. 001451 y 001525-2024-GP-GG-PJ de la Gerencia de Planificación, el Informe N.º 000148-2024-SR-GP-GG-PJ y Memorando N.º 000173-2024-SR-GP-GG-PJ de la Subgerencia de Racionalización; así como el Informe N.º 000099-2024-GRHB-GG-PJ y Memorandos Nros. 001828 y 002128-2024-GRHB-GG-PJ de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, el artículo 47 de la Constitución Política del Perú establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los procuradores públicos, conforme a ley; y el Decreto Legislativo N.º 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, tiene por objeto reestructurar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crear la Procuraduría General del Estado como ente rector, a efectos de mantener y preservar la autonomía, uniformidad y coherencia en el ejercicio de la función de los procuradores públicos en el ámbito nacional, supranacional e internacional; así como fortalecer, unificar y modernizar la Defensa Jurídica del Estado.

Segundo. Que, la Ley N.º 31778, que modifica el Decreto Legislativo N.º 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado para restablecer la autonomía constitucional del Poder Legislativo y del Poder Judicial; así como de los organismos constitucionales autónomos, con relación al procedimiento de designación de los procuradores públicos, establece en los artículos 16, 31 y 32, que los procuradores públicos del Poder Legislativo y del Poder Judicial; y de los organismos constitucionales autónomos, son elegidos por los titulares de cada entidad a través de concurso público por un plazo de cinco años y, son designados mediante resolución del procurador general del Estado, previa comunicación del titular de la entidad.

Tercero. Que, en dicho marco normativo, mediante Resolución Administrativa N.º 000514-2023-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó la Directiva N.º 011-2023-CE-PJ denominada “Gestión del Proceso de Selección del Procurador/a Público/a del Poder Judicial” – Versión 002; y, la Presidencia del Poder Judicial emitió la Resolución Administrativa N.º 000199-2024-P-PJ, por la cual se crea la comisión de selección para la elección del Procurador Público Adjunto del Poder Judicial.

Cuarto. Que, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar presenta la propuesta de Directiva denominada “Gestión del Proceso de Selección del Procurador Público y Procurador Público Adjunto del Poder Judicial” – Versión 001; la misma que cuenta con la opinión técnica favorable de la Gerencia de Planificación y Subgerencia de Racionalización; indicando que cumple los requisitos establecidos en la Directiva N.º 004-2023-CE-PJ “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos del Poder Judicial”, aprobada mediante Resolución Administrativa N.º 000247-2023-CE-PJ; así como con la opinión legal favorable de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial.

Quinto. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante Oficio N.º 001104-2024-GG-PJ remite la referida propuesta para su evaluación y aprobación; la misma que cuenta con los visados de la Gerencia de Planificación, Subgerencia de Racionalización y la Oficina de Asesoría Legal.

Sexto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por lo que siendo así, deviene en pertinente aprobar la presente propuesta.

Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 1246-2024 de la trigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 25 de setiembre de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra y Cáceres Valencia, sin la intervención del señor Zavaleta Grández por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar la Directiva N.º 006-2024-CE-PJ denominada “Gestión del Proceso de Selección del Procurador Público y Procurador Público Adjunto del Poder Judicial” – Versión 001.

Artículo Segundo.- Dejar sin efecto la Directiva N.º 011-2023-CE-PJ, denominada “Gestión del Proceso de Selección del Procurador/a Público/a del Poder Judicial” - Versión 002, aprobada por Resolución Administrativa N.º 000514-2023-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento.

Artículo Cuarto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2330327-1