Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de Presidente del Instituto Peruano del Deporte a Paraguay en comisión de servicios

Autorizan viaje de Presidente del Instituto Peruano del Deporte a Paraguay, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 492-2024-MINEDU

Lima, 30 de setiembre de 2024

VISTOS: los documentos que conforman el Expediente Nº MPD2024-EXT-0705386; y,

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, establece que durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; asimismo, dispone que la autorización para viajes al exterior de las personas antes señaladas, se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior para servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, establece en su artículo 1 que dicha autorización se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y al citado Reglamento;

Que, mediante la Carta de fecha 30 de agosto de 2024, la Secretaría General y CEO de Panam Sports cursa invitación al Instituto Peruano del Deporte (IPD) para participar de la LXII Asamblea General Ordinaria de Panam Sports, que se llevará a cabo del 2 al 3 de octubre de 2024, en la ciudad de Asunción, República del Paraguay;

Que, la referida Asamblea tiene como objetivo, entre otras actividades, recibir de parte de los Comités Organizadores el Informe Final de los XIX Juegos Panamericanos Santiago 2023; así como los Informes de avance de los II Juegos Panamericanos Junior Asunción 2025 y de los XX Juegos Panamericanos Lima 2027;

Que, mediante el Oficio Nº 000796-2024-P/IPD, el IPD remite al Ministerio de Educación el Informe Nº 000409-2024-OAJ/IPD, elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica del IPD, en virtud del cual sustenta y solicita se tramite la Resolución Ministerial que autorice el viaje al exterior del señor TEODORO FEDERICO TONG HURTADO, Presidente del IPD, para participar en el referido evento;

Que, a través del Informe Nº 00103-2024-MINEDU/SG-OGCI, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Educación, emite opinión favorable sobre la participación del referido funcionario en la citada reunión, toda vez que les permitirá presentar un informe sobre la organización, avances en cuanto a operación e infraestructura de los XX Juegos Panamericanos Lima 2027, lo que demostrará el compromiso del país para llevar a cabo el evento deportivo más importante del continente;

Que, con el Informe Nº 01252-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Educación, considera legalmente viable continuar con el trámite de autorización de viaje al exterior sustentando por el IPD;

Que, por lo expuesto y siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario del IPD para su participación en la LXII Asamblea General Ordinaria de Panam Sports; siendo que los gastos por conceptos de pasajes aéreos y viáticos se financiarán con cargo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, Unidad Ejecutora: 001;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificatoria; el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Resolución de Secretaría General Nº 285-2017-MINEDU, que aprueba la Directiva Nº 006-2017-MINEDU/SG, “Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes al exterior y rendición de cuentas de viáticos, pasajes y otros gastos de viaje de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Ministerio de Educación”; y la Resolución de Gerencia General Nº 019-2023-IPD/GG, que aprueba la Directiva Nº 005-2023-IPD/OGA-UFIN denominada “Solicitud, autorización, otorgamiento y rendición de cuentas de viáticos, pasajes aéreos y otras asignaciones por comisión de servicios dentro y fuera del territorio nacional”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar, el viaje del señor TEODORO FEDERICO TONG HURTADO, Presidente del Instituto Peruano del Deporte, del 2 al 4 de octubre de 2024, a la ciudad de Asunción, República del Paraguay, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos y de viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial serán cubiertos con cargo al Pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, Unidad Ejecutora: 001, de acuerdo al siguiente detalle:

TEODORO FEDERICO TONG HURTADO

Pasajes : US$ 1 558,03

Viáticos : US$ 740,00

Artículo 3.- Disponer que el funcionario citado en el artículo 1 de la presente Resolución, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, presenten un informe detallado sobre el desarrollo y resultados de los eventos; así como la rendición de cuentas por los viáticos entregados, según corresponda.

Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Morgan Niccolo Quero Gaime

Ministro de Educación

2330434-1