Prorrogan el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios en diversos Distritos Judiciales y dictan otras disposiciones
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Nº 000326-2024-CE-PJ
Lima, 30 de setiembre del 2024
VISTOS:
El Oficio N.º 000949-2024-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por la Secretaria Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; así como el Informe N.º 000095-2024-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, a la fecha existen órganos jurisdiccionales transitorios en las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puente Piedra - Ventanilla, Puno, San Martin, Santa, Selva Central, Sullana, Tacna, Tumbes y Ucayali, cuya prórroga debe evaluarse para la adecuada implementación del Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, con la finalidad de apoyar en la descarga y equilibrio de la carga procesal entre sus órganos jurisdiccionales.
Segundo. Que, la vigencia de funcionamiento de los órganos jurisdiccionales transitorios no solo se subsume en la sobrecarga que presenten los órganos jurisdiccionales permanentes en una determinada Corte Superior de Justicia, sino también, se proyecta en base al nivel resolutivo que tengan los mencionados; por lo cual, el análisis de la producción de los órganos jurisdiccionales se realizará en atención a las Resoluciones Administrativas Nros. 395-2020-CE-PJ, 166 y 446-2021-CE-PJ y 105-2022-CE-PJ, cuyo fin principal es medir objetivamente a cada órgano jurisdiccional de acuerdo a los procesos que tramitan.
Tercero. Que, al respecto, la secretaria técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal remite a este Órgano de Gobierno el Informe N.º 000095-2024-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, del Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad, por el cual se realiza un análisis y evaluación de los órganos jurisdiccionales transitorios determinando su nivel resolutivo, además de otros factores relacionados con la inminente necesidad de apoyo en la descarga procesal y el arrastre de carga procesal respecto al año anterior. En ese sentido, se estableció que el periodo de extensión de las prórrogas estará vinculado a estos factores, correspondiendo seis meses a los que alcanzaron un óptimo nivel de producción, mientras que serán cuatro, tres y dos meses para aquellos órganos jurisdiccionales que no alcanzaron los niveles esperados de producción en el periodo de análisis.
Asimismo, se analizaron los requerimientos adicionales de las Cortes Superiores de Justicia respecto a redistribución de expedientes en trámite hacia el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash; Sala Penal de Apelaciones Transitorio del distrito de Pillco Marca, provincia y Corte Superior de Justicia de Huánuco; 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Supraprovincial Especializado en Corrupción de Funcionarios del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa; y Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del distrito y provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad, en ese sentido, se debe precisar que la redistribución de expedientes desde órganos jurisdiccionales permanentes a transitorios en los citados Distritos Judiciales, no han obtenido los resultados esperados puesto que algunos juzgados transitorios no cumplen con el mínimo exigido por el máximo órgano de gobierno del Poder Judicial; toda vez que la cantidad de expedientes entregados para ser resueltos en un determinado periodo acorde al estándar de productividad establecido, a la fecha aún existen pendientes por resolver en una cantidad mínima.
En ese sentido, y de manera excepcional, señala que resulta oportuno optar por abrir y cerrar el turno como medida adicional a la redistribución de procesos en trámite, a efectos de brindar variedad en las alternativas de solución para alcanzar el objetivo idóneo de descarga procesal en las Cortes Superiores de Justicia, tomando como base los ingresos del 1º, 2º, 3º y 4º Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes del distrito y provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash; los ingresos de la Sala Penal de Apelaciones Supraprovincial Especializada en Delitos de Corrupción Funcionarios, Delitos Aduaneros, Tributarios, Mercado y Ambientales del distrito de Pillco Marca, provincia y Corte Superior de Justicia de Huánuco; los ingresos del 1º, 2º y 3º Juzgados Penales Colegiados Permanentes del distrito y provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad; los ingresos del 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Supraprovincial Especializado en Corrupción de Funcionarios del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa; los ingresos del 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y 7º Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco; los ingresos del 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Yurimaguas y provincia de Alto Amazonas, Corte Superior de Justicia de San Martín; y los ingresos 1º y 2º Juzgados de Investigación Preparatoria Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Lima.
La Corte Superior de Justicia de Lima solicita la redistribución de expedientes en la etapa de ejecución hacia el 29º y 30º Juzgados de Investigación Preparatoria Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Lima, en atención a ello, corresponde redistribuir expedientes debidamente formados para la etapa de ejecución por la excesiva carga procesal existente en la etapa de ejecución por 1º y 2º Juzgados de Investigación Preparatoria Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Lima.
La Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada solicita abrir el turno de la 2º Sala Penal de Apelaciones Nacional; es decir, dichas medidas administrativas se ejecutarán hasta que las Salas Penales de Apelaciones Nacionales en las fuentes oficiales de información del Poder Judicial alcancen el equilibrio de carga procesal; debiendo informar la Presidencia de manera detallada al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la fecha en las que se abriría los mismos.
La Corte Superior de Justicia de Amazonas, del análisis del 1º y 2º Juzgados Penales Unipersonales Permanentes del distrito de Bagua Grande y provincia de Utcubamba, Corte Superior de Justicia de Amazonas; en consecuencia, se requiere asignar un Juzgado Penal Unipersonal Transitorio para el distrito Bagua Grande, provincia de Utcubamba, Corte Superior de Justicia de Amazonas, ante la existencia de sobrecarga procesal y buena producción de expedientes resueltos que a la fecha viene registrando el 1º y 2º Juzgados Penales Unipersonales Permanentes del mismo distrito, provincia y Corte Superior, la cual se ve reflejado en las herramientas oficiales de recopilación de información y parámetros de medición del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.
Finalmente, menciona que la Corte Superior de Justicia de Lima requirió la asignación de Juzgados Penales Colegiados para el distrito y provincia de Lima, por la evidente carga procesal atendida por el 1º y 2º Juzgados Penales Colegiados Permanentes de referido distrito, provincia y Corte Superior.
Cuarto. Que, en consecuencia, por lo expuesto en el Informe Nº 095-2024-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, emitido por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Secretaría Técnica de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario emitir las disposiciones que permitan prorrogar el funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito.
Quinto. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N.º 1292-2024 de la trigésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 25 de setiembre de 2024, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra y Cáceres Valencia, sin la intervención del señor Zavaleta Grández por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Prorrogar el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios, a partir del 1 de octubre de 2024:
HASTA EL 31 DE MARZO DE 2025
DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito y provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Ancash.
• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Huaraz.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito y provincia de Carhuaz.
DISTRITO JUDICIAL DE APURÍMAC
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito y provincia de Abancay, Corte Superior de Justicia de Apurímac; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Apurímac.
DISTRITO JUDICIAL DE AREQUIPA
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Arequipa.
• Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Apurímac, Arequipa, Cusco, Madre de Dios, Moquegua, Puno y Tacna.
DISTRITO JUDICIAL DE AYACUCHO
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito de Ayacucho y provincia de Huamanga, Corte Superior de Justicia de Ayacucho; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Ayacucho y Huancavelica.
DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Cajamarca; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Amazonas y Cajamarca.
DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia del Callao; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Callao, Huaura y Puente Piedra–Ventanilla.
DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Cusco; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Cusco.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Descarga Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito y provincia de Cusco.
DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Huánuco; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Huánuco y San Martín.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Llata y provincia de Huamalíes.
• Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito de Pillco Marca y provincia de Huánuco.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Rupa–Rupa y provincia de Leoncio Prado.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio en adicción a sus funciones Juzgado Penal Liquidador del distrito y provincia de Ambo.
DISTRITO JUDICIAL DE JUNÍN
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito El Tambo y provincia de Huancayo, Corte Superior de Justicia del Junín; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Junín, Pasco y Selva Central.
• Sala Penal de Apelaciones Transitoria Especializada en delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito El Tambo y provincia de Huancayo.
DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito y provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de La Libertad.
• Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio del distrito y provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Ancash, Amazonas, Cajamarca, Lambayeque, La Libertad, Loreto, Piura, Sullana, Santa y Tumbes.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito El Porvenir y provincia de Trujillo.
DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito y provincia de Chiclayo, Corte Superior de Justicia de Lambayeque; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Lambayeque.
• Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito y provincia de Jaén.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de José Leonardo Ortiz y provincia de Chiclayo.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito y provincia de Ferreñafe.
SUB SISTEMA NACIONAL ESPECIALIZADO EN EXTINCIÓN DE DOMINIO CON SEDE EN LIMA
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del Sub Sistema Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima; y competencia territorial en los Distritos Judiciales de Cañete, Ica, Lima y Lima Sur.
• Sala de Apelaciones Transitoria Especializada en Extinción de Dominio del Sub Sistema Especializado en Extinción de Dominio con sede en Lima; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Ayacucho, Callao, Cañete, Huancavelica, Huánuco, Huaura, Ica, Junín, Lima, Lima Norte, Lima Este, Lima Sur, Pasco, Puente Piedra–Ventanilla, San Martín, Selva Central y Ucayali.
DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito San Juan de Lurigancho y provincia de Lima, Corte Superior de Justicia del Lima Este; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Lima Este y Lima Norte.
• 1º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Ate y provincia de Lima.
• 2º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Ate y provincia de Lima.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Ate y provincia de Lima.
DISTRITO JUDICIAL DE LORETO
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito de Iquitos y provincia de Maynas, Corte Superior de Justicia de Loreto; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Loreto.
DISTRITO JUDICIAL DE MADRE DE DIOS
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito y provincia de Tambopata, Corte Superior de Justicia de Madre de Dios; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Madre de
Dios.
DISTRITO JUDICIAL DE PIURA
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Piura; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Piura y Sullana.
• Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del distrito y provincia de Piura.
• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Itinerante en Las Lomas del distrito de Tambo Grande y provincia de Piura.
DISTRITO JUDICIAL DE PUENTE PIEDRA – VENTANILLA
• 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio – Pachacútec del distrito de Ventanilla y provincia de Callao.
DISTRITO JUDICIAL DE PUNO
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Puno; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Puno.
DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTIN
• 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Yurimaguas y provincia de Alto Amazonas.
• 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Yurimaguas y provincia de Alto Amazonas.
• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Yurimaguas y provincia de Alto Amazonas.
• Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del distrito Juanjuí y provincia de Mariscal Cáceres.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Nueva Cajamarca y provincia de Rioja.
DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito Chimbote, provincia y Corte Superior de Justicia del Santa; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial del Santa.
DISTRITO JUDICIAL DE LA SELVA CENTRAL
• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Satipo.
DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Pariñas y provincia de Talara.
DISTRITO JUDICIAL DE TACNA
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Tacna; con competencia territorial en los Distritos Judiciales de Moquegua y Tacna.
DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito, provincia y Corte Superior de Justicia de Tumbes; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Tumbes.
DISTRITO JUDICIAL DE UCAYALI
• Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio del distrito de Callería y provincia de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali; con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Ucayali.
• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales del distrito de Callería y provincia de Coronel Portillo.
• 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Callería y provincia de Coronel Portillo.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Raymondi y provincia de Atalaya.
HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2025
DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE
• 1º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de San Juan de Lurigancho y provincia de Lima.
DISTRITO JUDICIAL DE SULLANA
• Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios Transitorio del distrito y provincia de Sullana.
DISTRITO JUDICIAL DE TACNA
• Juzgado Penal Unipersonal Supraprovincial de Descarga Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito y provincia de Tacna.
HASTA EL 31 DE ENERO DE 2025
DISTRITO JUDICIAL DE ÁNCASH
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios en adición Juzgado Penal Liquidador del distrito y provincia de Huaraz.
DISTRITO JUDICIAL DE APURÍMAC
• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Andahuaylas.
DISTRITO JUDICIAL DE AREQUIPA
• 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Supraprovincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito y provincia de Arequipa.
• 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Supraprovincial Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito y provincia de Arequipa.
DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO
• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia Cusco.
DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE
• 1º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de San Martín Porres y provincia de Lima.
• 1º Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito de Los Olivos y provincia de Lima.
DISTRITO JUDICIAL DE LA SELVA CENTRAL
• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Pichanaqui y provincia de Chanchamayo.
DISTRITO JUDICIAL DE PUNO
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Desaguadero y provincia Chucuito.
HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2024
DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO
• Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Flagrancia del distrito y provincia del Callao.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Especializado en Flagrancia del distrito y provincia del Callao.
DISTRITO JUDICIAL DE CUSCO
• 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito y provincia de Cusco.
DISTRITO JUDICIAL DE PASCO
• Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito de Yanacancha y provincia de Pasco.
HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2024
DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO
• Juzgado Penal Colegiado Transitorio del distrito y provincia del Callao.
DISTRITO JUDICIAL DE LIMA ESTE
• Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito de San Juan de Lurigancho y provincia de Lima.
• Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Matucana y provincia de Huarochirí.
DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE
• 1º Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito de Independencia y provincia de Lima.
Artículo Segundo.- Desestimar, por ahora, el requerimiento de la Corte Superior Justicia de Ancash, respecto a la redistribución de expedientes al Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Huaraz.
Artículo Tercero.- Desestimar, por ahora, el requerimiento de la Corte Superior Justicia de Arequipa, respecto a la redistribución de expedientes al 2º Juzgado de Penal Unipersonal Transitorio Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios del distrito y provincia de Arequipa.
Artículo Cuarto.- Desestimar, por ahora, el requerimiento de la Corte Superior Justicia de La Libertad, respecto a la redistribución de expedientes al Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del distrito y provincia de Trujillo.
Artículo Quinto.- Desestimar, por ahora, el requerimiento de la Corte Superior Justicia de Lima, respecto a la conversión de 16º, 17º y 20 Juzgados Penales Unipersonales del distrito y provincia de Lima, como 3º Juzgado Penal Colegiado Permanente, siendo que el 1º y 2º Juzgados Penales Colegiados Permanentes del referido distrito y provincia, son adecuados para tramitar la carga procesal en la función penal colegiado.
Artículo Sexto.- Desestimar, por ahora, el requerimiento de la Corte Superior Justicia de Huánuco, respecto a la redistribución de expedientes a la Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito de Pillco Marca y provincia de Huánuco.
Artículo Sétimo.- Disponer, a partir del 1 de octubre de 2024, las siguientes medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Arequipa, Cusco, Huánuco, La Libertad, Lima, Lima Norte, San Martín y Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada:
a) Abrir el turno judicial ordinario y especial por dos meses, al Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash; con la misma competencia territorial y funcional que el 1º, 2º, 3º y 4º Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente.
b) Abrir el turno judicial ordinario y especial por dos meses, al Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito y provincia de Andahuaylas, Corte Superior de Justicia de Apurímac; con la misma competencia territorial y funcional que el 1º, 2º y 3º Juzgados de Investigación Permanentes del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente.
c) Abrir el turno judicial por dos meses, al 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Supraprovincial Especializado en Corrupción de Funcionarios del distrito y provincia de Arequipa, Corte Superior de Justicia de Arequipa; con la misma competencia territorial y funcional que el 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Supraprovincial Especializado en Corrupción de Funcionarios del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente.
d) Cerrar el turno judicial por dos meses al 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio Supraprovincial Especializado en Corrupción de Funcionarios del distrito y provincia de Arequipa, Corte Superior de Justicia de Arequipa, al término del plazo se deberá abrir turno nuevamente.
e) Abrir el turno judicial por tres meses, a la Sala Penal de Apelaciones Transitoria del distrito de Pillco Marca y provincia de Huánuco, Corte Superior de Justicia de Huánuco; con la misma competencia territorial y funcional que la Sala Penal de Apelaciones Supraprovincial Permanente Especializado en Delitos de Corrupción Funcionarios, Delitos Aduaneros, Tributarios, Mercado y Ambientales del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente.
f) Cerrar el turno judicial por tres meses a la Sala Penal de Apelaciones Supraprovincial Permanente Especializada en Delitos de Corrupción Funcionarios, Delitos Aduaneros, Tributarios, Mercado y Ambientales del distrito de Pillco Marca y provincia de Huánuco, Corte Superior de Justicia de Huánuco, al término del plazo se deberá abrir turno nuevamente.
g) Abrir el turno judicial por dos meses, al 2º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Yurimaguas y provincia de Alto Amazonas, Corte Superior de Justicia de San Martín; con la misma competencia territorial y funcional que el 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente.
h) Cerrar el turno judicial por dos meses, al 1º Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Yurimaguas y provincia de Alto Amazonas, Corte Superior de Justicia de San Martín, al término del plazo se deberá abrir turno nuevamente.
i) Abrir el turno judicial por un mes, al Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Transitorio del distrito y provincia de Trujillo, Corte Superior de Justicia de La Libertad; con la misma competencia territorial y funcional que el 1º, 2º y 3º Juzgados Penales Colegiado Permanente del mismo distrito, provincia y Corte Superior, al término del plazo se deberá cerrar turno nuevamente.
j) Cerrar el turno judicial ordinario y especial al 2º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Los Olivos y provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
k) Abrir turno a la 2º Sala Penal de Apelaciones Nacional de la Corte Superior Nacional Penal Especializada para el ingreso de expedientes; con la misma competencia funcional y territorial que la 1º, 3º y 5º Salas Penales de Apelaciones Nacionales de la misma Corte Superior.
l) Cerrar el turno judicial ordinario y especial por dos meses, al 1º y 2º Juzgados de Investigación Preparatoria Especializados en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado del distrito y provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima, al término del plazo se deberá abrir turno nuevamente.
m) Redistribuir de manera aleatoria la cantidad de 150 expedientes debidamente formados para la etapa de ejecución del 1º Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado del distrito y provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima, hacia el 29º Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado del mismo distrito, provincia y Corte Superior.
n) Redistribuir de manera aleatoria la cantidad de 150 expedientes debidamente formados para la etapa de ejecución del 2º Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado del distrito y provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima, hacia el 30º Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado del mismo distrito, provincia y Corte Superior.
Artículo Octavo.- Prorrogar, hasta el 30 de noviembre de 2024, el funcionamiento del 2º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Los Olivos y provincia de Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
Artículo Noveno.- Disponer, a partir del 1 de diciembre de 2024, las siguientes medidas administrativas en las Cortes Superiores de Justicia de Amazonas y Lima Norte:
a) Redistribuir de manera equitativa y aleatoria toda la carga procesal del 2º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Los Olivos y provincia Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, hacia el 1º, 2º Juzgados de Investigación Preparatoria Permanentes; y 1º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, todos del mismo distrito, provincia y Corte Superior.
b) Convertir y reubicar el 2º Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del distrito de Los Olivos y provincia Lima, Corte Superior de Justicia de Lima Norte, como Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del distrito de Bagua Grande y provincia de Utcubamba, Corte Superior de Justicia de Amazonas, con competencia funcional y territorial que el 1º y 2º Juzgados Penales Unipersonales Permanentes del distrito de Bagua Grande y provincia de Utcubamba, Corte Superior de Justicia de Amazonas; con turno cerrado y por el periodo de seis meses.
c) Redistribuir de manera aleatoria, equitativa y en la función penal unipersonal la cantidad de 172 expedientes de procesos en la etapa de trámite del 1º y 2º Juzgados Penales Unipersonales Permanentes del distrito de Bagua Grande y provincia de Utcubamba, Corte Superior de Justicia de Amazonas, hacia el Juzgado Penal Unipersonal Transitorio del mismo distrito, provincia y Corte Superior.
d) Disponer que los expedientes a redistribuir en etapa de juzgamiento autorizados en el presente apartado, son los que aún no hayan iniciado juicio oral, con la finalidad de evitar el quiebre de los procesos en trámite, puesto que serán culminados por los órganos jurisdiccionales de origen, priorizando aquellos procesos cuya fecha de programación de juicio oral sea la más lejana.
e) Disponer que los expedientes autorizados en el presente apartado para la redistribución, deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, anexos y cargos de notificación completos, debidamente cosidos, foliados en números, con todos sus escritos proveídos. Los expedientes que no cumplan con tales requisitos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad.
f) Disponer que la Corte Superior de Justicia de Lima Norte efectúe coordinaciones con la Corte Superior de Justicia de Amazonas, para la implementación de lo dispuesto en la presente resolución, a fin de lograr el óptimo funcionamiento del órgano jurisdiccional reubicado con las condiciones de seguridad e idoneidad, para el servicio de administración de justicia a nivel administrativo, logístico y de personal; recalcando de este último la cantidad de tres plazas en total sin asignación nominal, a razón de un especialista de causas o similar, un especialista de audiencias o similar; y un asistente jurisdiccional o similar, bajo responsabilidad funcional del jefe de recursos humanos de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte.
Artículo Décimo.- Disponer que las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Arequipa, Cusco, Huánuco, La Libertad, Lima, Lima Norte, San Martín y Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada, en coordinación con la Gerencia de Informática de la Gerencia General del Poder Judicial, realicen las adaptaciones en el Sistema Integrado Judicial para ejecutar lo especificado en la presente resolución.
Artículo Décimo Primero.- Disponer que las Oficinas de Estadística de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Callao, Cusco, Huánuco, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Lima Este, Lima Norte, Loreto, Madre de Dios, Pasco, Piura, Puente Piedra – Ventanilla, Puno, San Martín, Santa, Selva Central, Sullana, Tacna, Tumbes y Ucayali, deberán verificar el desempeño de los órganos jurisdiccionales penales, cuyo nivel de resolución de expedientes al mes de agosto de 2024, sea inferior a lo establecido en el estándar de producción; priorizando aquellos que se encuentran en subcarga procesal y cuyo nivel de ingresos recae en mayor medida en procesos inmediatos, los cuales se caracterizan por ser procesos especiales más rápidos y de menor complejidad, debiendo comunicar a la Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, sobre el resultado de su verificación y las acciones adoptadas.
Artículo Décimo Segundo.- Disponer que la administración del Módulo Penal de las Cortes Superiores de Justicia del país, supervisen el cumplimiento de la descarga de los hitos estadísticos; así como, el registro y descargo de los actos procesales en el sistema informático por parte de los operadores de justicia del módulo penal, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 de la “Guía del Administrador del Código Procesal Penal”, aprobada mediante Resolución Administrativa N.º 220-2016-CE-PJ.
Artículo Décimo Tercero.- Disponer que las medidas administrativas que involucren la gestión de órganos jurisdiccionales penales a nivel nacional, deben considerar a aquellas que presenten buen nivel resolutivo, y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. La Unidad de Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal analizará la continuidad o reubicación del órgano jurisdiccional transitorio que presente un bajo nivel de producción injustificado, recalcando a las Cortes Superiores de Justicia del país que cumplan a cabalidad con los plazos y disposiciones de la Directiva N.º 007-2018-CE-PJ, aprobada por Resolución Administrativa N.º 262-2018-CE-PJ, al ser un insumo primordial en la toma de decisiones de los órganos jurisdiccionales penales, y así evitar futuras reconsideraciones.
Artículo Décimo Cuarto.- Disponer que los presidentes y presidentas de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, informen de manera continua al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a través de la Unidad de Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal, todo cambio y/o movimiento en la asignación física o nominal del personal jurisdiccional y administrativo de los módulos de la especialidad penal, de conformidad con las funciones específicas de monitoreo y evaluación de la referida unidad, señaladas en el artículo 16 de la Nueva Estructura Organizacional y Funcional de la mencionada unidad, aprobada mediante Resolución Administrativa N.º 061-2013-CE-PJ.
Artículo Décimo Quinto.- Disponer que los presidentes y presidentas de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, supervisen que los órganos jurisdiccionales que se encuentran bajo su jurisdicción, cumplan estrictamente lo dispuesto en la Resolución Administrativa N.º 137-2020-CE-PJ, que establece la obligatoriedad de registrar todas las resoluciones judiciales en las casillas electrónicas; así como del uso del Sistema de Notificaciones Electrónicas – SINOE, la Agenda Judicial Electrónica; y el inmediato descargo de los actos procesales correspondientes a todas las actuaciones judiciales en el Sistema Integrado Judicial – SIJ.
Artículo Décimo Sexto.- Disponer que los jueces y juezas de los órganos jurisdiccionales a nivel nacional, en estricto cumplimiento de las normas que regulan la materia, deben disponer la notificación de las resoluciones judiciales “únicamente” de manera electrónica, evitando hacerlo simultáneamente de manera física; sin perjuicio de la forma que expresamente señale la ley, o que por fallas técnico-informáticas del Sistema de Notificaciones Electrónicas – SINOE no se pueda notificar electrónicamente.
Artículo Décimo Sétimo.- Facultar a los presidentes y presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país, que tomen las medidas administrativas necesarias para la ejecución de lo indicado.
Articulo Décimo Octavo.- Notificar la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país; Gerencia de Informática; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JAVIER ARÉVALO VELA
Presidente
2330371-1