Prorrogan vigencia de la Ordenanza Municipal N° 021-2024/MPC, que otorga Beneficios Tributarios Extraordinarios por Aniversario Chalaco
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 018-2024-ALC/MPC
Callao, 25 de setiembre de 2024
EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
VISTO:
La Ordenanza Municipal N° 021-2024/MPC, el Informe N° 166-2024-MPC-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 301-2024-MPC/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 2050-2024-MPC/GM de la Gerencia Municipal, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972;
Que, mediante Ordenanza Municipal N° 021-2024/MPC, de fecha 16 de agosto de 2024, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 24 de agosto de 2024, se otorgaron Beneficios Tributarios Extraordinarios por Aniversario Chalaco;
Que, mediante Informe N°166-2024-MPC-GAT de fecha 23 de septiembre de 2024, la Gerencia de Administración Tributaria propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 021-2024/MPC hasta el 29 de noviembre de 2024, con la finalidad de continuar incentivando y promoviendo el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias generadas por deudas correspondientes a año corriente y años anteriores no canceladas y coadyuvar a los contribuyentes a regularizar su deuda tributaria;
Que, mediante Informe N° 301-2024-MPC/OGAJ de fecha 24 de setiembre de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable con respecto a prorrogar la vigencia de la Ordenanza Municipal N° 021-2024/MPC que otorga beneficios tributarios extraordinarios por aniversario Chalaco, hasta el 29 de noviembre de 2024, teniendo en cuenta que la Sexta Disposición Final de dicha Ordenanza, faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte disposiciones reglamentarias para la adecuada aplicación, así como para la prórroga de los beneficios tributarios contenidos en la misma;
Que, mediante Memorándum N° 2050-2024-MPC/GM de fecha 24 de setiembre 2024, la Gerencia Municipal, corre traslado a la Secretaría General del Concejo Municipal, de la propuesta y sus recaudos administrativos, a fin de proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;
Estando a lo expuesto, con el visado de la Gerencia Municipal, Oficina General de Asesoría Jurídica, la Gerencia de Administración Tributaria y la Subgerencia de Recaudación, en ejercicio de las atribuciones establecidas en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, y el artículo 20, inciso 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;
DECRETA:
Artículo 1.- PRORROGAR hasta el 29 de noviembre de 2024, la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 021-2024/MPC, que otorga Beneficios Tributarios Extraordinarios por Aniversario Chalaco.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicaciones, su publicación en el Portal Web Institucional.
Artículo 3.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO SPADARO PHILIPPS
Alcalde
2329770-1