Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 446/MDLM, que aprueba Beneficios para la Regularización y Actualización Tributaria en el distrito de La Molina
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 006-2024/MDLM
La Molina, 12 de setiembre de 2024
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA MOLINA
Visto; el Informe N° 0262-2024-MDLM-GAT-SRFT de la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria; el Informe Nº 0033-2024-MDLM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe Nº 0279-2024-MDLM-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica y el Memorando N° 1641-2024-MDLM-GM de la Gerencia Municipal, mediante los cuales se eleva la propuesta para la emisión de un Decreto de Alcaldía, que apruebe la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 446/MDLM, que aprueba Beneficios para la Regularización y Actualización Tributaria en el Distrito de La Molina; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza N° 446/MDLM, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 06 de junio del año en curso, se aprobaron los Beneficios para Regularización y Actualización Tributaria en el Distrito de La Molina, disponiendo su vigencia al 31 de julio del presente año; asimismo en su Cuarta Disposición Complementaria y Final, se facultó al señor Alcalde para aprobar, mediante Decreto de Alcaldía, la prórroga de su vigencia. Siendo que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 004-2024/MDLM, de fecha 24 de julio de 2024, se prorrogó la vigencia de la Ordenanza Nº 446/MDLM hasta el 30 de setiembre de 2024;
Que, mediante el Informe N° 0262-2024-MDLM-GAT-SRFT de fecha 09 de setiembre de 2024, la Subgerencia de Registro y Fiscalización Tributaria propone la prórroga de la vigencia de la Ordenanza Nº 446/MDLM, que aprueba Beneficios para Regularización y Actualización Tributaria en el Distrito de La Molina, hasta el 31 de diciembre de 2024, propuesta que hace suya la Gerencia de Administración Tributaria mediante Informe Nº 0033-2024-MDLM-GAT;
Que, mediante Informe N° 0279-2024-MDLM-OGAJ, de fecha 12 de setiembre de 2024, la Oficina General de Asesoría Jurídica, considera que resulta legalmente viable prorrogar la Ordenanza N° 446/MDLM hasta el 31 de diciembre de 2024;
Que, el artículo 195 de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley de Reforma Constitucional - Ley N° 30305, establece que, las municipalidades gozan de potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, dentro de su jurisdicción, con los límites que señala la Ley.
Que, el artículo 39 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece, que, el Alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; asimismo, en el artículo 42 de la norma citada, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de ordenanzas, entre otros;
Estando a los considerandos precedentes, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20 y el artículo 42 de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y la Cuarta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza N° 446/MDLM;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el día 31 de diciembre de 2024, la vigencia de la Ordenanza N° 446/MDLM, que aprueba Beneficios para la Regularización y Actualización Tributaria en el Distrito de La Molina.
Artículo Segundo.- DISPONER que el presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a la Subgerencia de Fiscalización y Ejecutoría Coactiva, el cumplimiento y debida aplicación del presente Decreto de Alcaldía, así como a la Oficina General de Comunicaciones e Imagen Institucional la adecuada difusión del mismo.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano” y a la Oficina de Tecnologías de Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de La Molina: https://portal.munimolina.gob.pe/
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCÍA
Alcalde
2329228-1