Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica

Aceptan renuncia de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica

RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN

Nº 2145-2024-MP-FN

Lima, 27 de setiembre de 2024

VISTO:

Los Oficios Nºs. 001900-2024-MP-FN-PJFSICA y 001666-2024-MP-FN-PJFSICA, de fecha 13 de septiembre de 2024 y 13 de agosto respectivamente,
y;

CONSIDERANDO:

Mediante carta presentada con fecha 28 de junio del 2024 (subsanada, con fecha 22 de agosto del 2024), ante la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, el abogado Christian Salomón García Angulo, fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica, designado en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Nazca; presenta su renuncia al cargo, por motivos estrictamente personales, informando como último día de labores el 29 de julio de 2024. Asimismo, estando a que dicho nombramiento se efectuó con la reserva de su plaza de origen, se procedió a comunicar dicha renuncia a la Oficina General de Potencial Humano, para su conocimiento y fines.

En ese sentido, con oficio Nº 001900-2024-MP-FN-PJFSICA, la abogada Carmen Victoria Huayre Proaño, presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, remite la referida carta de renuncia, a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, indicando que la misma cuenta con su conformidad y la del jefe inmediato del fiscal renunciante, con efectividad al 29 de julio de 2024.

Sobre el particular, el numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que: El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).

El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.

En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia del referido fiscal.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia formulada por el abogado Christian Salomón García Angulo, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ica y a su designación en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de Nazca; por consiguiente, dejar sin efecto a partir del 29 de julio de 2024, la prórroga de su nombramiento y designación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs 3821-2019-MP-FN y 1808-2024-MP-FN, de fechas 31 de diciembre de 2019 y 14 de agosto de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Christian Salomón García Angulo que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente Resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ica, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y al abogado mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2329880-1