Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Crean y conforman el Comité Regional de Exportación de San Martín – CERX San Martín y derogan la Ordenanza N° 011-2005-GRSM/CR

Crean y conforman el Comité Regional de Exportación de San Martín - CERX San Martín y derogan la Ordenanza N° 011-2005-GRSM/CR

CONSEJO REGIONAL

ORDENANZA REGIONAL

Nº 012-2024-GRSM/CR

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN

POR CUANTO:

El Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modifica por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, sus modificatorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053, y demás normas complementarias.

CONSIDERANDO:

Que, conforme el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado concordante con los Arts. 2º y 3º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales se establece que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y financiera, un pliego presupuestal que tiene jurisdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripciones territoriales conforme a la ley;

Que, conforme el artículo 192° de la Constitución Política del Estado, en el Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, red vial, comunicación, salud y medio ambiente, conforme a ley;

Que, en el literal f) del artículo 9° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que los Gobiernos Regionales tienen competencia para dictar las normas inherentes a la gestión regional, Asimismo el literal g) del citado artículo consigna como una de las competencias constitucionales de los Gobiernos Regionales: “Promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicaciones, educación, salud y medio ambiente, conforme a la Ley”;

Que, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en su artículo 15° establece como atribución del Consejo Regional: “a) Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; asimismo, el artículo 38° prescribe: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia”. Además, en su artículo 55° sobre funciones en materia de comercio establece: “a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de comercio de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales, en coordinación con las entidades del sector público competentes en la materia. (…) c) Elaborar y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo de la oferta exportable y de promoción de las exportaciones regionales”;

Que, el literal a) del artículo 45° de la Ley N° 27902, la cual modifica la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, precisa que, los Gobiernos Regionales definen, norman, dirigen y gestionan sus políticas regionales y ejercen sus funciones generales y específicas en concordancia con las políticas nacionales y sectoriales;

Que, la Ley Nº 29646, Ley de Fomento al Comercio Exterior y Servicios, en su artículo 1 establece que: “(…), mediante la presente Ley se declara al sector Exportación de Servicios de interés nacional por ser un sector estratégico y prioritario para el Estado peruano en la generación de empleo calificado, divisas e inversión en el país”;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 377-2015-MINCETUR, la Comisión Multisectorial Mixta Permanente aprueba el Plan Estratégico Nacional Exportador 2025;

Que mediante Decreto Supremo N° 002-2023-MINCETUR, se crea la Comisión Multisectorial Mixta Permanente encargada de elaborar, proponer y monitorear el Plan Estratégico Nacional Exportador;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 293-2023-MINCETUR, se actualiza la designación de los representantes de la Comisión Multisectorial Mixta Permanente;

Que, el Plan Estratégico Nacional Exportador - PENX tiene como uno de sus objetivos lograr una oferta estratégicamente diversificada, con significativo valor agregado, de calidad y volúmenes que permitan tener una presencia competitiva en los mercados internaciones, diversificar y consolidar la presencia de las empresas, productos y servicios peruanos en los mercados de destino priorizados; contar con un marco legal que permita la aplicación de mecanismos eficaces de facilitación de comercio exterior, fomentar el desarrollo de la infraestructura, permitir el acceso y la prestación de servicios financieros y una distribución física en mejores condiciones de calidad y precio; desarrollando una cultura exportadora con visión global y estratégica que fomente capacidades de emprendimiento y buenas prácticas comerciales basada en valores;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 011-2005-GRSM/CR, de fecha 14 de julio del 2005, se crea el Comité Regional de Exportación de San Martín - CERX San Martín, como instancia técnica de Comercio Exterior a fin de contar con una política integral y ordenada que facilite el desarrollo de sinergias en la Región, el mismo que tendrá como objetivo la coordinación, supervisión, acompañamiento, monitoreo y evaluación del Plan Estratégico Regional de Exportaciones - PERX con el objeto de mejorar la capacidad de la región para competir en el mercado nacional e internacional;

Que, mediante Ordenanza Regional N° 011-2005-GRSM/CR se crea la Secretaría Técnica del Comité Regional de Exportación de San Martín - CERXSAM, como un órgano de apoyo a cargo del Director Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía de San Martín - DIRCETUR. Asimismo, se encarga a la referida Dirección Regional la elaboración del reglamento interno específico en el plazo de 90 días calendarios;

Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 064-2006-GRSM/PGR, de fecha 03 de febrero del 2006, se aprueba el Reglamento del Comité Regional de Exportación de San Martín - CERXSAM, el cual consta de nueve (09) folios, con un total de dieciséis (16) artículos;

Que, debido a la antigüedad de la Ordenanza Regional de creación del Comité Ejecutivo Regional de Exportaciones - CERX San Martín, a su desactualización a la realidad regional, así como la falta de operatividad del Comité ya conformado; se ha identificado la necesidad de actualizar los documentos de gestión y sobre todo de conformación a fin de alinearlo y situar esta instancia sobre bases reales y actuales, cumpliendo así con el objetivo de coordinar, supervisar, acompañar, monitorear y evaluar el Plan Regional Exportador - PERX 2025;

Que, mediante Ordenanza 019-2018-GRSM/CR, se aprueba el Plan Regional Exportador PERX San Martín actualizado al 2025;

Que, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo San Martín, a través de su Informe Técnico N° 001-2024-GRSM/DIRCETUR-SM suscrito el 24 de mayo de 2024, precisa que: “3.1. (…) La creación del Comité Regional de Exportación San Martín busca superar estas deficiencias al establecer estrategias articuladas con diferentes actores del sector exportador. Esto permitirá una planificación más coherente y específica, involucrando a todos los actores relevantes, mejorando la toma de decisiones y promoviendo el desarrollo del sector exportador regional. 3.3. (…) es importante resaltar que previamente a la Ordenanza que sustentaría la conformación de este comité, se emitió la Ordenanza Regional N° 011-2005-GRSM/CR, de fecha 14 de julio del 2005, la cual crea el Comité Ejecutivo Regional Exportador de San Martín (CERX-SM), como instancia técnica de Comercio Exterior y siendo que, debido a su antigüedad y falta de adecuación a la realidad actual es necesario emitir un nuevo documento que cree el Comité Regional de Exportación San Martín (CERX-SM); a fin de que este espacio reúna todos los aspectos y actores relevantes e indispensables así como determinar los procedimientos y acciones correspondientes que aseguren su funcionamiento y operatividad acorde a sus funciones y/o competencias. (…) Es así como, la creación del CERX SM no solo aborda la problemática principal de falta de un espacio de articulación para el sector exportador, propiamente dicho, sino que también contribuirá con el fortalecimiento del sector exportador y de las cadenas productivas que actualmente se vienen exportando y desarrollará nuevas cadenas productivas de acuerdo a las necesidades de los mercados internacionales”. Asimismo, el numeral 4.1 del señalado informe, indica que: “El Comité Regional de Exportación de San Martín (CERX-SM) es un espacio de participación voluntaria que facilita el diálogo, la concertación, y coordinación entre actores privados, organismos competentes del estado y academia para articular esfuerzos, establecer compromisos éticos vigilancia social de recursos públicos, generar sinergias, elaborar propuestas de políticas públicas, promover la innovación y la inversión pública y privada con la finalidad de mejorar la competitividad del sector exportador y contribuir al desarrollo económico sostenido inclusivo y sostenible de la región San Martin”; de tal manera, el numeral 4.2 del mismo informe, se indica que el CERX-SM tiene como objeto: “Apoyar en la implementación, monitoreo y evaluación de las actividades y compromisos contemplados en el Plan Regional de Exportación (PERX); así como en otras iniciativas que promuevan actividades vinculadas al comercio exterior y al fortalecimiento de capacidades de las organizaciones u otras entidades para la internacionalización de las empresas de la región”;

Que, en el numeral 4.8 de dicho informe, se estableció la estructura orgánica del Comité Regional de Exportación de San Martín (CERX-SM) ha ser creado con la aprobación con la nueva Ordenanza Regional, detallándola de la siguiente manera: Asamblea General, Presidente, Vicepresidente, Secretaría Técnica y Grupos de trabajo; por lo que, desde el numeral 4.8.1 al 4.8.5, se describe a cada una de ellas y su respectivas funciones a ser ejercidas. Finalmente, en relación al costo beneficio, en su numeral V indica que: “(…) la creación del Comité Regional de Exportación San Martín (CERXSM), no conlleva costos adicionales para el Gobierno Regional. Este espacio de concertación articula los esfuerzos de los diversos sectores que intervienen en el sector exportador los cuales si tienen recursos propios para el desarrollo de sus funciones (…)”. En tal sentido, la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo San Martín, por medio del mencionado informe técnico procedió a concluir: (…) • La Ordenanza Regional N° 011-2005-GRSM/CR, de fecha 14 de julio del 2005, crea el Comité Ejecutivo Regional Exportador de San Martín - CERX SM, como instancia técnica de Comercio Exterior; por lo que es un instrumento antiguo y desactualizado en cuanto a su conformación de acuerdo a sus artículos primero y segundo, por lo que no permite trabajar en cuanto a sus procedimientos y acciones correspondientes a su funcionamiento y operatividad revelando deficiencias significativas en el Comité actualmente establecido. • Las argumentaciones presentadas respaldan la propuesta de emitir una nueva Ordenanza Regional para la creación del Comité Regional de Exportación San Martín (CERX-SM). Este comité, concebido como un espacio de concertación actualizado y eficiente; atenderá las necesidades específicas del sector exportador regional;

Que, mediante Informe Técnico N° 013-2024-GRSM-GRDE/GTR, de fecha 17 de junio de 2024, concluye que la Exportación va de la mano con el desarrollo de las capacidades técnicas y de gestión que permita a las 10 provincias de la región San Martin mejorar la economía de la población, por ello es importante brindar las herramientas necesarias a fin de que les permita solucionar problemas dentro de la actividad del desarrollo Exportador de la región, para ello el Gobierno Regional San Martin deberá estructurar lineamiento básicos normativos en el ámbito de la competencia, el mismo que debe contar con una metodología de seguimiento, control y evaluación respectivo que permita analizar el impacto obtenido. En este contexto es de la opinión que se aprueba el presente Proyecto de “ORDENANZA REGIONAL QUE INSTITUCIONALIZA EL COMITÉ REGIONAL DE EXPORTACIÓN SAN MARTÍN (CERX - SM)”, con la finalidad de solucionar problemas dentro de la actividad del desarrollo de exportación de la región San Martín”;

Que, mediante Informe Legal N° 365-2024-GRSM/ORAL de fecha 24 de julio de 2024, el jefe de la Oficina Regional de Asesoría Legal, emite opinión favorable por la emisión de la “Ordenanza Regional que Institucionalice el Comité Regional de Exportación San Martín (CERX); ya que, será de alcance Regional. Debiendo para ello, derogar la Ordenanza Regional N° 011-2005-GRSM/CR de fecha 14 de julio del 2005, para así crear el Comité Regional de Exportación San Martín “CERX-SM”; consecuentemente poder conformarla, determinar sus funciones y demás actos y/o procedimientos administrativos de correspondan para ejercicio de sus funciones como Comité Regional;

Que, mediante Oficio N° 409-2024-GRSM/GGR de fecha 24 de julio de 2024, solicita la emisión de una Ordenanza Regional que Institucionalice el Comité Regional de Exportación San Martín (CERX); ya que, será de alcance Regional. Debiendo para ello, derogar la Ordenanza Regional N° 011-2005-GRSM/CR de fecha 14 de julio del 2005, para así crear el Comité Regional de Exportación San Martín “CERX-SM”; consecuentemente poder conformarla, determinar sus funciones y demás actos y/o procedimientos administrativos de correspondan para ejercicio de sus funciones como Comité Regional;

Que, el Consejo Regional de San Martín, en Sesión Ordinaria desarrollada el día 03 de setiembre del 2024 en las instalaciones del Auditorio del Consejo Regional de San Martín - Moyobamba, y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política de Estado, la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional, APROBÓ por UNANIMIDAD lo siguiente:

ORDENANZA REGIONAL:

Artículo Primero.- DEROGAR la Ordenanza Regional N° 011-2005-GRSM/CR, de fecha 14 de julio del 2005, la cual crea el Comité Regional de Exportación - CERX San Martín.

Artículo Segundo.- APROBAR la creación del Comité Regional de Exportación de San Martín - CERX San Martín, como instancia técnica de Comercio Exterior con el objeto de coordinar, supervisar, acompañar, monitorear y evaluar el Plan Regional Exportador - PERX San Martín, constituyéndose en interlocutor ante los diversos niveles de Gobierno, para formular propuestas que generen condiciones para el desarrollo sostenible y competitivo de las exportaciones regionales.

Artículo Tercero.- CONFORMAR el Comité Regional de Exportación de San Martín - CERX San Martín, el cual contará con una Secretaría Técnica que estará a cargo de la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo San Martín, asimismo lo conformarán los siguientes miembros:

NRO.

INSTITUCIÓN

1

DIRECCIÓN REGIONAL DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO SAN MARTIN

2

ADUANAS

3

AUTORIDAD REGIONAL AMBIENTAL - ARA SAN MARTÍN

4

CÁMARA DE COMERCIO, PRODUCCIÓN Y TURISMO SAN MARTIN

5

CÁMARA DE COMERCIO PRODUCCIÓN Y TURISMO DE MOYOBAMBA

6

CITE ACUICOLA AHUASHIYACU

7

COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS - DEVIDA

8

COMISIÓN REGIONAL DE BIOCOMERCIO

9

DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA SAN MARTÍN -DRASAM

10

DIRECCIÓN REGIONAL DE LA PRODUCCIÓN - DIREPRO SAN MARTÍN

11

GERENCIA REGIONAL DE DESARROLLO ECONÓMICO

12

HELVETAS DE LA COOPERACIÓN SUIZA

13

INSTITUTO DE CULTIVOS TROPICALES

14

INSTITUTO DE INVESTIGACIONES DE LA AMAZONIA PERUANA - IIAP

15

INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA - INIA (EE EL PORVENIR)

16

SEDE DESCONCENTRADA SIERRA Y SELVA EXPORTADORA DE SAN MARTÍN

Artículo Cuarto.- ESTABLECER las funciones del Comité Regional de Exportación de San Martín - CERX San Martín, las cuales son:

1. Elaborar los instrumentos de gestión: Plan Operativo Anual, Plan de trabajo y Reglamento Interno de Funcionamiento.

2. Participar activamente en el proceso de actualización del Plan Regional Exportador - PERX San Martín.

3. Apoyar la gestión del Gobierno Regional y de las diferentes Gerencias y/o Direcciones Regionales, en el marco del cumplimiento de los objetivos e implementación del PERX.

4. Impulsar la implementación del objetivo prioritario 7 del Plan Regional de Competitividad y Productividad de San Martín al 2030, correspondiente a facilitar las condiciones para el comercio exterior de bienes y servicios.

5. Representar al sector exportador regional en diferentes espacios con el objetivo de impulsar políticas públicas, intervenciones estratégicas, así como, gestionar el cierre de brechas en la cadena de suministros y en la logística de exportación.

6. Generar espacios de coordinación con otras comisiones, dependencias y/o entidades vinculadas, para apoyar la implementación de las acciones del PERX SM y otras que aporten al desarrollo del comercio exterior en la región.

7. Desarrollar el Plan de Trabajo que sea requerido para llevar a cabo las acciones del PERX SM.

8. Impulsar la conformación de los grupos de trabajo, con relación a las cadenas productivas priorizadas en el PERX.

9. Promover la participación de los actores de los grupos de trabajo, promoviendo su vinculación efectiva con las demás organizaciones y/o instituciones relacionadas a los encadenamientos productivo-exportadores para la sostenibilidad en las exportaciones regionales.

10. Gestionar financiamiento para los proyectos y actividades identificadas en los grupos de trabajo con el apoyo de la Gerencia de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de San Martín y otras instancias de promoción de inversiones y de cooperación del ámbito regional, nacional e internacional.

11. Promover el diseño e implementación de políticas públicas que conduzcan a una mayor productividad y competitividad del sector exportador regional con estándares internacionales y en armonía con el medio ambiente.

12. Impulsar el desarrollo y posicionamiento de la marca de certificación regional “San Martín Región”.

13. Coordinar con otras instituciones público - privadas; además de quienes conforman el comité, la implementación de las acciones del PERX y de otras orientadas a incrementar la competitividad exportadora de la región.

14. Otras que por Ley corresponde al CERX San Martín.

Artículo Quinto.- SEÑALAR que el cargo de presidente y vicepresidente será sometido a votación de los miembros que conforman el CERX debiendo constar el resultado final en acta; por un periodo mínimo de 2 años, pudiendo ser reelegido por un periodo adicional y respecto a la Secretaría Técnica será asumida por la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo San Martín.

Artículo Sexto.- DETERMINAR que pueden incluirse posteriormente como miembros que conforman el CERX; instituciones públicas, privadas y/o mesas técnicas conformadas y reconocidas.

Artículo Séptimo.- SEÑALAR que los grupos de Trabajo serán conformados con un mínimo de tres (03) miembros, debiendo obligatoriamente contar con representantes del sector público y privado; considerando a su vez la cadena productiva priorizada correspondiente, teniendo voz y voto todos aquellos que forman parte de él; asimismo deberán contar con un coordinador que será elegido y designado por los miembros de la mesa.

Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo de San Martín, elaborar y aprobar los lineamientos y/o directrices y/o instrumentos para la definición y/o implementación y/u operación, según corresponda; respecto al Comité Regional de Exportación - CERX San Martín.

Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Secretaría General del Gobierno Regional San Martín, realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el Diario Oficial El Peruano, debiendo publicarse además en el diario encargado de las publicaciones judiciales y en el portal electrónico del Gobierno Regional, previa promulgación del Gobernador Regional de San Martín, en cumplimiento a los dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.

Artículo Décimo.- DEJAR SIN EFECTO toda norma que contravenga a la presente Ordenanza Regional.

Artículo Décimo Primero.- EXONERAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente.

Comuniquese al señor Gobernador Regional para su promulgación.

Moyobamba, 3 días del mes de setiembre del 2024

JADIR ISMINIO VARGAS

Consejero Delegado

Dado en la Sede Central del Gobierno Regional San Martín a los diez días del mes de setiembre del dos mil veinticuatro.

POR TANTO:

Mando se publique y se cumpla

WALTER GRUNDEL JIMENEZ

Gobernador Regional

2329379-1