Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a favor de la Contraloría General de la República

Autorizan transferencia financiera de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a favor de la Contraloría General de la República

UNIVERSIDAD NACIONAL

DE SAN AGUSTIN de arequipa

Secretaría general

RESOLUCIÓN RECTORAL

Nº 1138-2024

Arequipa, 25 de setiembre de 2024

VISTO el Oficio N° 001608-2024-CG/GRECE de la Gerencia de Recursos Estratégicos en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República.

CONSIDERANDO:

Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa está constituida conforme a la Ley N° 30220, Ley Universitaria, y se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, siendo una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, ética, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural.

Que, según el artículo 8° de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 8° del Estatuto Universitario, el Estado reconoce la autonomía universitaria que se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la citada Ley y demás normativa aplicable y se manifiesta en los regímenes Normativo, de Gobierno, Académico, Administrativo y Económico.

Que, según el Artículo 20° de la Ley 27785 “Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República” modificado por la Ley 30742 “Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control”, publicada el 28 de marzo del 2018, establece sobre las Sociedades de Auditoría, lo siguiente: “(…). Las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del titular del pliego así como del jefe de la oficina de administración y del jefe de la oficina de presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego. Las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, o por acuerdo de consejo regional o concejo municipal en el caso de los gobiernos regionales o gobiernos locales, respectivamente, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. (…)”.

Que, mediante el oficio del visto, la Contraloría General de la República solicita a nuestra entidad la transferencia financiera, al haber realizado el Concurso Público de Méritos respectivo, en el cual se designó una sociedad de auditoría para efectuar la auditoría financiera gubernamental por el periodo 2024 en la Universidad; asimismo señala que, dicha transferencia financiera deberá ser realizada por el concepto de “100% Retribución Económica (incluye IGV) del periodo 2024 mediante el SIAF, tipo de operación TF (Transferencia Financiera Otorgada)”, a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, RUC N° 20603348541, por el monto de S/ 100,064.00 (Cien Mil Sesenta y Cuatro con 00/100 soles), en atención a lo dispuesto en el numeral 7.2 de la Directiva N° 005-2022.CG/GAD “Gestión de Sociedades de Auditoría para la Ejecución de Auditorías Financieras Gubernamentales”, aprobada con Resolución de Contraloría N° 035-2022-CG, y conforme a lo establecido a la normatividad vigente, con la finalidad de realizar las gestiones internas pertinentes para el inicio de la referida auditoria financiera por el periodo 2024.

Que, en atención a ello, con Oficio N° 2381-2024-DIGA de fecha 04 de setiembre de 2024, emitido por la Directora General de Administración, Mag. Sadid Taco Conza; solicita a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de la Universidad, cumpla con informar sobre la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 100,064.00 para atender la solicitud de transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República para el inicio de la Auditoría Financiera Gubernamental correspondiente al periodo 2024.

Que, por su parte, a través del Oficio N° 0862-2024-OUPL-UNSA, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, indica que, para atender la transferencia financiera solicitada, se ha verificado que sí se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, por el monto de S/. 100,064.00 (Cien Mil Sesenta y Cuatro y 00/100 soles).

Que, por los considerandos expuestos, la Oficina de Asesoría Jurídica en su Informe N° 1292-2024-OAJ/V-UNSA, concluye que resulta PROCEDENTE la transferencia financiera para la auditoría financiera gubernamental del periodo 2024, por el monto de S/ 100,064.00 (Cien Mil Sesenta y Cuatro con 00/100 soles), de conformidad con la Ley N° 27785 y el Oficio N° 0862-2024-OUPL-UNSA de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización.

Por estas consideraciones, y en uso de las atribuciones que la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la UNSA confieren al Rectorado y en cumplimiento de la Ley N° 27785 y Ley 30742.

SE RESUELVE:

1.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera por el concepto de “100% Retribución Económica (incluye IGV) del periodo 2024, mediante el SIAF, tipo de operación: TF (Transferencia Financiera Otorgada)” a favor de la Unidad Ejecutora 002-1698: Gestión de Proyectos y Fortalecimiento de Capacidades, RUC N° 20603348541 de la Contraloría General de la República, por el monto de S/ 100,064.00 (Cien Mil Sesenta y Cuatro con 00/100 soles), para cubrir los gastos de la contratación vía Concurso Público de Méritos, de la sociedad de auditoría, para la realización de la Auditoría Financiera Gubernamental por el periodo 2024 en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, ello de conformidad a lo establecido en el artículo 20° de la Ley N° 27785, modificada por Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.

2.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

3.- Encargar a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la remisión de la presente Resolución a la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y archívese.

HUGO JOSE ROJAS FLORES

Rector

RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO

Secretaria General

2329329-1