Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024 a favor de dos gobiernos locales
DECRETO SUPREMO
Nº 177-2024-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Nonagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, se autoriza, durante el Año Fiscal 2024, al Ministerio de Salud a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, hasta por la suma de S/ 3 043 632,00 (TRES MILLONES CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES), a favor de la Municipalidad Distrital de Tigre, provincia de Loreto, departamento de Loreto, para financiar la ejecución física del proyecto de inversión “Mejoramiento y ampliación de los servicios de salud del establecimiento de salud 12 de Octubre, localidad 12 de Octubre del distrito de Tigre – provincia de Loreto - departamento de Loreto”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2474925; y, hasta por la suma de S/ 3 024 839,00 (TRES MILLONES VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 SOLES), a favor de la Municipalidad Distrital de Morona, provincia de Datem del Marañón, departamento de Loreto, para financiar la ejecución física del proyecto de inversión “Creación de los servicios de salud del primer nivel de complejidad en la comunidad nativa de Mayuriaga Mayuriaga del distrito de Morona - provincia de Datem del Marañon - departamento de Loreto”, con CUI Nº 2475091; las que se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de salud, a propuesta de este último;
Que, asimismo, la citada Disposición Complementaria Final establece que para la aprobación de dichas modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, los proyectos de inversión antes señalados deben contar con registro del documento que aprueba el expediente técnico en el Banco de Inversiones, bajo responsabilidad del Titular del pliego; además, deben contar con la opinión previa favorable de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones del Sector (OPMI) o la que haga sus veces, y/o de la unidad orgánica competente, según corresponda, sobre el cumplimiento de las normas técnicas y criterios de priorización aprobados por el Sector, y respecto a su registro en la Cartera de Inversiones de Programa Multianual de Inversiones de dicho Sector, a fin de verificar que se encuentren alineadas con los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en la Programación Multianual de Inversiones;
Que, mediante los Oficios Nº D001696-2024-SG-MINSA, Nº D003206-2024-SG-MINSA y Nº D003207-2024-SG-MINSA, el Ministerio de Salud solicita Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de la Municipalidad Distrital de Tigre y de la Municipalidad Distrital de Morona, para financiar la ejecución física de los proyectos de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los servicios de salud del establecimiento de salud 12 de Octubre, localidad 12 de Octubre del distrito de Tigre – provincia de Loreto – departamento de Loreto” con CUI Nº 2474925, y “Creación de los servicios de salud del primer nivel de complejidad en la comunidad nativa de Mayuriaga Mayuriaga del distrito de Morona – provincia de Datem del Marañón – departamento de Loreto” con CUI Nº 2475091, en el marco de la Nonagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; adjuntando, para dicho efecto, los Informes Nº D000329-2024-OGPPM-OP-MINSA, Nº D000771-2024-OGPPM-OP-MINSA y Nº D000772-2024-OGPPM-OP-MINSA de la Oficina de Presupuesto, así como los Informes Nº D000972-2024-OGPPM-OPMI-MINSA y Nº D000944-2024-OGPPM-OPMI-MINSA de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, con los sustentos correspondientes. Asimismo, mediante el Oficio Nº D001694-2024-OGPPM-MINSA, la Oficina General en mención del Ministerio de Salud remite información complementaria;
Que, mediante los Memorandos Nº 0585-2024-EF/63.04 y Nº 0586-2024-EF/63.04, que adjuntan los Informes Nº 0294-2024-EF/63.04 y Nº 0295-2024-EF/63.04, respectivamente, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas señala que los proyectos de inversión materia del presente Decreto Supremo cuentan con el pronunciamiento de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI) del Ministerio de Salud respecto al cumplimiento metodológico general y las normas técnicas sectoriales, en el marco de lo dispuesto en el inciso 10 del numeral 10.3 del artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 284-2018-EF; asimismo, indica que, conforme a la información registrada en el Banco de Inversiones, las referidas inversiones no presentan observaciones vinculados al cumplimiento de la metodología general del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 6 068 471,00 (SEIS MILLONES SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, a favor de la Municipalidad Distrital de Tigre y de la Municipalidad Distrital de Morona, para los fines señalados en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en la Nonagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, hasta por la suma de S/ 6 068 471,00 (SEIS MILLONES SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES), a favor de la Municipalidad Distrital de Tigre y de la Municipalidad Distrital de Morona, para financiar la ejecución física de los proyectos de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los servicios de salud del establecimiento de salud 12 de Octubre, localidad 12 de Octubre del distrito de Tigre – provincia de Loreto – departamento de Loreto” con CUI Nº 2474925, y “Creación de los servicios de salud del primer nivel de complejidad en la comunidad nativa de Mayuriaga Mayuriaga del distrito de Morona – provincia de Datem del Marañón – departamento de Loreto” con CUI Nº 2475091, en el marco de lo establecido en la Nonagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 011 : M. de Salud
UNIDAD EJECUTORA 125 : Programa Nacional de Inversiones en Salud
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 068 471,00
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TOTAL EGRESOS 6 068 471,00
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A LA: En Soles
SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas
PLIEGOS : Gobiernos Locales
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de activos no financieros 6 068 471,00
============
TOTAL EGRESOS 6 068 471,00
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1.2 El detalle de los pliegos y los montos de la Transferencia de Partidas autorizada en el numeral 1.1 del presente artículo, se encuentran en el Anexo I: “Transferencia de Partidas con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud” y en el Anexo II “Transferencia de Partidas a favor de dos (02) gobiernos locales”, que forman parte integrante del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Para el caso de los gobiernos locales, la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en dichos pliegos elabora las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de setiembre del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO
Ministro de Economía y Finanzas
CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud
2329856-4