Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de personal militar a Brasil en comisión de servicios

Autorizan viaje de personal militar a Brasil, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 01030-2024-DE

Lima, 23 de septiembre del 2024

VISTOS:

El Oficio Nº 7257/51 de la Subsecretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio Nº 02712-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01640-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante Oficio Nº 058/AdiNavPeru el Agregado Naval de Brasil en Perú remite al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú la Carta de invitación s/n de fecha 8 de julio de 2024, del Comandante General del Cuerpo de Fusileros Navales de la Marina de Brasil, para que un (1) Oficial calificado en Infantería de Marina realice un Intercambio en el Cuerpo de Fusileros Navales de la Marina de Brasil, por un período de treinta (30) días;

Que, por medio del Oficio Nº 6328/41 el Secretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Agregado Naval de Brasil en Perú que, el Comandante de la Fuerza de Infantería de Marina de Guerra del Perú ha efectuado las coordinaciones pertinentes con el Capitán de Fragata (FN) Raphael Augusto DA SILVA NUNES SORANSSO, Oficial de Intercambio en Brasil, vía correo electrónico, respecto a la fecha de inicio del citado intercambio, recomendando que se programe del 7 de octubre al 7 de noviembre de 2024;

Que, en el Acta Nº 008-2024 de la Junta de Selección para designar a un Oficial Superior para participar en el Intercambio Profesional en el Cuerpo de Fusileros Navales de la Marina de Brasil se recomienda proponer al Capitán de Fragata Hernán Eduardo SOTO RODRÍGUEZ, como titular, por haber obtenido el primer puesto en el orden de mérito de los Oficiales Superiores propuestos; y, al Capitán de Fragata Alessandro Stanislaw KOBYLINSKI PADILLA, como suplente, por haber ocupado el segundo puesto;

Que, con Oficio Nº 6752/42 el Secretario de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú comunica al Agregado Naval de Brasil en Perú la designación del Capitán de Fragata Hernán Eduardo SOTO RODRÍGUEZ para participar en el citado intercambio;

Que, a través del Informe Legal Nº 085-2024 la Jefatura de la Oficina de Asesoría Legal de la Comandancia General de Operaciones del Pacífico de la Marina de Guerra del Perú emite opinión favorable al viaje al exterior, en comisión de servicio, del mencionado personal militar para participar como Oficial de Intercambio en el Cuerpo de Fusileros Navales de la Marina de Brasil, en la República Federativa de Brasil, del 7 de octubre al 7 de noviembre de 2024;

Que, en la Exposición de Motivos anexada al expediente se señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por cuanto le permitirá al personal militar designado adquirir conocimientos y experiencias sobre aspectos operacionales relacionados con la organización de unidades de Infantería de Marina, contribuyendo a elevar su nivel profesional. Asimismo, permitirá implementar un Batallón Logístico dentro de la organización de la Brigada Anfibia, en beneficio de la Marina de Guerra del Perú;

Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 170-2024 suscrita por el Jefe de la División de Pasaportes, Visas y Viáticos de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú y por el Jefe de la Oficina General de Administración de dicha Institución Armada, los gastos por conceptos de pasajes aéreos y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 192-2024 el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Nº 0000000101 y Nº 0000000156 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;

Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad programada, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;

Que, con Oficio Nº 7257/51 la Subsecretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar que participará como Oficial de Intercambio en el Cuerpo de Fusileros Navales de la Marina de Brasil, en la República Federativa de Brasil, del 7 de octubre al 7 de noviembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 6 de octubre y su retorno el 8 de noviembre de 2024;

Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;

Que, a través del Oficio Nº 02712-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 058-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;

Que, mediante el Informe Legal Nº 01640-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Capitán de Fragata Hernán Eduardo SOTO RODRÍGUEZ (titular), identificado con CIP Nº 00023061 y DNI Nº 40927920, y del Capitán de Fragata Alessandro Stanislaw KOBYLINSKI PADILLA (suplente), identificado con CIP Nº 00011095 y DNI Nº 43310845, para participar como Oficial de Intercambio en el Cuerpo de Fusileros Navales de la Marina de Brasil, en la República Federativa de Brasil, del 7 de octubre al 7 de noviembre de 2024; así como, autorizar su salida del país el 6 de octubre y su retorno el 8 de noviembre de 2024.

Artículo 2.- La participación del personal militar suplente quedará supeditada a la imposibilidad de la participación del personal militar titular.

Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos: Lima - Río de Janeiro (República Federativa de Brasil) - Lima

Clase económica

US$ 1,800.00 x 1 persona (incluye importe TUUA)

US$ 1,800.00

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:

US$ 6,272.09 / 31 x 25 días (oct.) x 1 persona

US$ 5,058.14

US$ 6,272.09 / 30 x 7 días (nov.) x 1 persona

US$ 1,463.49

Total a pagar:

US$ 8,321.63

Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El Oficial Superior autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- El mencionado Oficial Superior revistará en la Dirección General del Personal de la Marina de Guerra del Perú por el período que dure la comisión de servicio en el exterior.

Artículo 7.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ

Ministro de Defensa

2328054-1