Autorizan viaje de representantes del Ministerio para participar en eventos a realizarse en Colombia
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 270-2024-MINCETUR
Lima, 26 de septiembre 2024
VISTO, el Memorándum N° 729-2024-MINCETUR/VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo público competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; en tal razón, representa al Perú en los foros y organismos internacionales de comercio y esquemas de integración y tiene responsabilidad en materias de promoción de las exportaciones y negociaciones comerciales internacionales;
Que, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, el 4 de octubre de 2024, se llevará a cabo la III Reunión del Comité de Comercio del Acuerdo Comercial entre el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte con la República de Colombia, la República del Ecuador y la República del Perú;
Que, previamente, el 3 de octubre de 2024, se sostendrán reuniones bilaterales entre las Partes integrantes del referido Acuerdo Comercial, para abordar asuntos de interés mutuo, y llevar a cabo la sesión pública del Subcomité de Comercio y Desarrollo Sostenible del Acuerdo Comercial, en la cual se establecerá un diálogo con organizaciones de la sociedad civil de las Partes, sobre temas laborales y ambientales relacionados con la aplicación del Título de Comercio y Desarrollo Sostenible;
Que, es importante la participación de representantes del MINCETUR en las reuniones referidas, para dar seguimiento a la implementación de las disposiciones en los diferentes capítulos del Acuerdo Comercial; abordar los problemas surgidos durante la operatividad del Acuerdo, presentar las preocupaciones del sector público y privado y explorar oportunidades de cooperación relacionadas con el comercio;
Que, en tal razón, resulta de interés institucional la participación en dichos eventos del señor José Luis Castillo Mezarina, Director General de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales y de la señora Angela Rossina Guerra Sifuentes, Directora de la Dirección de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, a fin de asegurar una adecuada representación de los intereses del Perú en las reuniones antes mencionadas;
De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias; y, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor José Luis Castillo Mezarina, Director General de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, y de la señora Angela Rossina Guerra Sifuentes, Directora de la Dirección de Norteamérica y Europa de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 2 al 5 de octubre de 2024, para que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo participen en los eventos a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, están a cargo del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y Apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos por día US$ |
Total Viáticos US$ |
José Luis Castillo Mezarina |
1 390,00 |
América del Sur |
370,00 x 3 |
1 110,00 |
Angela Rossina Guerra Sifuentes |
1 390,00 |
América del Sur |
370,00 x 3 |
1 110,00 |
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los servidores públicos cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de esta resolución, presentan a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asisten. Asimismo, presentan la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
2329698-1