Ordenanza que aprueba el Matrimonio Civil Comunitario con Tarifa Social en el distrito
ORDENANZA Nº 684-MDEA
El Agustino, 25 de octubre del 2019
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE EL AGUSTINO
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE EL AGUSTINO
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 25 de Octubre del 2019, el Oficio Nº 048 - 17.10.19 AP/IEP JGEA de fecha 17 de Octubre del 2019 de la Asociación Cultural Johannes Gutenberg sobre beneficio para realizar un Matrimonio Civil Comunitario con Tarifa Social, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con lo prescrito en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 4º de la Constitución Política del Perú señala que, la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono; asimismo, se precisa que protegen a la familia y promueven el matrimonio; y, reconocen a estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad;
Que, mediante Oficio Nº 048 - 17.10.19 AP/IEP JGEA la Asociación Cultural Johannes Gutenberg solicita beneficio para realizar un Matrimonio Civil Comunitario con Tarifa Social el día 07 de Diciembre del 2019 en la jurisdicción de El Agustino;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, faculta a las municipalidades a que mediante Ordenanza puedan suprimir arbitrios, tasas, licencias, derecho y contribuciones dentro de los límites establecidos por Ley, en concordancia con lo dispuesto en el numeral 4) del artículo 195º de la Constitución Política del Perú y lo dispuesto en la Norma IV del Texto Único;
Por tanto, estando a las consideraciones antes aludidas y en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, con la dispensa del trámite de comisiones, de la lectura y aprobación de Acta, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO CON TARIFA SOCIAL EN EL DISTRITO DE EL AGUSTINO
Artículo Primero.- APROBAR la realización del Matrimonio Civil Comunitario con Tarifa Social a realizarse el 07 de Diciembre del 2019 en el Distrito de El Agustino.
Artículo Segundo.- APROBAR la Tarifa Social del Matrimonio Civil Comunitario del 07 de Diciembre del 2019 estableciéndose en S/ 58.00 (Cincuenta y Ocho Soles) por derecho de Matrimonio Civil Comunitario, para la fecha señalada en el artículo primero de la presente ordenanza.
Artículo Tercero.- ESTABLECER como requisitos del Matrimonio Civil Comunitario lo señalado en el artículo 248º del Código Civil.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Secretario General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Sub Gerencia de Planeamiento, Gestión de Procesos y Tecnología de la Información la publicación en la página Web de la Municipalidad de El Agustino (www.mdea.gob.pe) y a la Sub Gerencia de imagen Institucional su correspondiente difusión masiva.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
VÍCTOR MODESTO SALCEDO RÍOS
Alcalde
1845779-1