Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a la Guyana Francesa en misión de estudios

Autorizan viaje de oficial del Ejército del Perú a la Guyana Francesa, en misión de estudios

Resolución Ministerial

Nº 0038-2020 DE/EP

Jesus Maria, 10 de enero de 2020

VISTOS:

La Hoja Informativa N° 231/DRIE/SEC RESOL del 19 de diciembre de 2019, del Comandante General del Ejército; y, el Dictamen N° 3129/OAJE/L-4 del 19 de diciembre de 2019, del Jefe de la Oficina de Asuntos Jurídicos del Ejército.

CONSIDERANDO:

Que, con Carta N° 170/PER/AD/DR del 05 de setiembre de 2019, el Agregado de Defensa a la Embajada de Francia en el Perú, comunica al Comandante General del Ejército del Perú, la invitación para que un (01) Oficial realice el Curso de “Jefe de Sección Combate en Selva Ecuatorial”, a llevarse a cabo del 27 de enero al 20 de marzo de 2020, en la Guyana Francesa; asimismo, comunica que los gastos de alojamiento, alimentación, transporte local e instrucción estarán a cargo de Francia, el transporte internacional estará a cargo del Perú;

Que, mediante Oficio N° 4268/PER/AD/DR del 09 de octubre de 2019, el Secretario de la Comandancia General del Ejército hace conocer al Agregado de Defensa a la Embajada de Francia en el Perú, la aceptación a la invitación para el Curso “Jefe de Sección Combate en Selva Ecuatorial”, habiéndose designado al Teniente EP Joe FLORIAN MOLINA para realizar dicho curso, en el periodo comprendido desde el 27 de enero hasta el 20 de marzo de 2020;

Que, con Carta N° 214/PER/AD/DR del 04 de diciembre de 2019, el Agregado de Defensa a la Embajada de Francia en el Perú, comunica al Comandante General del Ejército del Perú, que el Teniente EP Joe FLORIAN MOLINA, Oficial designado para realizar el Curso “Jefe de Sección Combate en Selva Ecuatorial”, deberá encontrarse en la ciudad de Cayenne, Guyana Francesa, el 19 de enero de 2020, a fin de rendir las pruebas físicas correspondientes;

Que, a través de la Hoja de Recomendación N° 151/U-4.b.1/05.00 del 17 de diciembre de 2019, el Comandante General del Ejército, propone la designación del Teniente EP Joe FLORIAN MOLINA, para participar como alumno del Curso “Jefe de Sección Combate en Selva Ecuatorial”, a realizarse en la ciudad de Cayenne – Guyana Francesa, en el periodo comprendido del 19 de enero de 2020 al 20 de marzo de 2020;

Que, conforme a lo indicado en la Exposición de Motivos suscrita por el Jefe de Educación del Ejército, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios al Teniente EP Joe FLORIAN MOLINA, para que participe como alumno del Curso “Jefe de Sección Combate en Selva Ecuatorial”; por cuanto, permitirá acceder a nuevos conocimientos y experiencias que contribuirán a elevar su nivel profesional, con el fin de que posteriormente los conocimientos adquiridos sean vertidos en provecho de la Institución;

Que, conforme a lo mencionado en la Hoja de Gastos y Declaración del Jefe de Educación del Ejército, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales de ida y vuelta, se efectuarán con cargo al presupuesto Institucional del Año Fiscal 2020 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 07 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG;

Que, teniendo en consideración los itinerarios y con el fin de prever la participación del Oficial designado durante la totalidad del evento, resulta necesario autorizar su salida del país con dos (02) días de anticipación, así como su retorno dos (02) días posteriores al término del mismo, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público;

Estando a lo propuesto por el Comandante General del Ejército; y,

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 006-2016-DE; que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, el Decreto Supremo N° 002-2015-DE, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios, al Teniente EP Joe FLORIAN MOLINA, identificado con DNI N° 71834934 y CIP N° 123900700, para participar como Alumno del Curso “Jefe de Sección Combate en Selva Ecuatorial”, a realizarse en la ciudad de Cayenne, Guyana Francesa, República Francesa, en el periodo comprendido del 19 de enero de 2020 al 20 de marzo de 2020; así como autorizar su salida del país el 17 de enero de 2020 y su retorno al país el 22 de marzo de 2020.

Artículo 2.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2020, de acuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes de ida y vuelta:

Lima – Ciudad de Cayenne (Guyana Francesa) - Lima (clase

económica)

US$ 5,224.00 x 01 persona (incluye TUUA) US$ 5,224.00

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Total a pagar en Dólares Americanos US$ 5,224.00

Artículo 3.- Los gastos de alojamiento, alimentación, movilidad local y de estudios del Oficial Subalterno participante, serán cubiertos por el gobierno de la República Francesa.

Artículo 4.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El Oficial Subalterno comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

WALTER MARTOS RUIZ

Ministro de Defensa

1845447-1