Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Ordenanza que aprueba la rectificación del plano de zonificación del distrito de Ate

Ordenanza que aprueba la rectificación del plano de zonificación del distrito de Ate

ORDENANZA N° 2652

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA;

POR CUANTO:

El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria del 19 de setiembre de 2024;

En uso de las facultades previstas según artículos 9 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 087-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente:

ORDENANZA

QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN

DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL

DISTRITO DE ATE.

Artículo 1.- Aprobar la rectificación del plano de zonificación del distrito de Ate, aprobado por Ordenanza N° 1099, publicada el 12 de diciembre del 2007 en el diario oficial El Peruano, precisando la calificación de Zona de Recreación Pública (ZRP) para los predios de 53.80 m2 y 107.50 m2 inscritos en las Partidas N° P02165829 y N° P02165846 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, correspondientes a los lotes 30 y 47 de la UCV 153B (Unidad Comunal de Vivienda), Zona de Vivienda, Zona J del pueblo joven Proyecto Especial Huaycán, respectivamente; y los predios de 756.18 m2 y 480.10 m2 inscritos en las Partidas N° P02134227 y N° P02134225 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima, correspondientes a los lotes 37A y 36A de la UCV 180-181, Zona de Vivienda, Zona O del pueblo joven Proyecto Especial Huaycán, respectivamente; en el distrito de Ate, provincia y departamento de Lima; solicitado por la Municipalidad Distrital de Ate, conforme al gráfico que, como anexo, forma parte de la presente ordenanza.

Artículo 2.- Encargar al Instituto Metropolitano de Planificación incorpore en el plano de zonificación del distrito de Ate, la rectificación aprobada en el artículo precedente.

Artículo 3.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría del Concejo comunicar la presente ordenanza a la Municipalidad Distrital de Ate.

Artículo 4.- Encargar a la Oficina General de la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y a la Oficina Gobierno Digital su publicación, incluido su anexo, en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.transparencia.munlima.gob.pe.

POR TANTO:

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

Lima, 19 de setiembre de 2024

RAFAEL LÓPEZ ALIAGA CAZORLA

Alcalde

2328432-1