Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Autorizan viaje de Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y de Jueza Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Piura para participar en actividad a realizarse en El Salvador

Autorizan viaje de Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y de Jueza Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Piura para participar en actividad a realizarse en El Salvador

Presidencia del Consejo Ejecutivo

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 000123-2024-P-CE-PJ

Lima, 24 de setiembre del 2024

VISTO:

El Oficio Nº 001154-2024-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial, por el cual remite el cálculo de gastos por concepto de seguro de viaje del señor Marco Antonio Ángulo Morales, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; y la señora Jessica Vanessa Medina Jiménez, Jueza Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Piura, para que participen en la actividad que se realizará en la ciudad de San Salvador, El Salvador.

CONSIDERANDO:

Primero. Que mediante Resolución Corrida Nº 000268-2024-P-PJ emitida por la Presidencia del Poder Judicial, se designó al señor Marco Antonio Ángulo Morales, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; y a la señora Jessica Vanessa Medina Jiménez, Jueza Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Piura, para que participen de manera presencial en el Encuentro Regional de Alumnos del Instituto de Estudios Judiciales de Puerto Rico, que se realizará del 23 al 25 de setiembre de 2024, en la ciudad de San Salvador, El Salvador.

Segundo. Que, asimismo, la citada resolución señaló que los costos de instrucción, pasajes aéreos, alojamiento y alimentación, serán cubiertos por la entidad cooperante; y el seguro de viaje internacional será asumido por el Poder Judicial; por lo que la Gerencia General del Poder Judicial remite el cálculo de gastos por concepto de seguro de viaje internacional, que estará a cargo de este Poder del Estado.

Tercero. Que, resulta de interés para este Poder del Estado participar en certámenes en el que jueces y juezas puedan adquirir conocimientos; así como intercambiar experiencias e información con el fin de mejorar e innovar la administración de justicia que redundará en un mejor servicio que se brinda a la población.

En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de conformidad con el Memorando Nº 001297-2024-GAF-GG-PJ de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial; y en mérito de las facultades delegadas mediante Resolución Administrativa 003-2009-CE-PJ;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Marco Antonio Ángulo Morales, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur; y de la señora Jessica Vanessa Medina Jiménez, Jueza Especializada en lo Penal de la Corte Superior de Justicia de Piura, del 22 al 26 de setiembre del año en curso, para que participen en la actividad que se llevará a cabo en la ciudad de San Salvador, El Salvador; concediéndoseles licencia con goce de haber del 23 al 26 de los corrientes.

Artículo Segundo.- Los gastos por seguro de viaje estarán a cargo de la Unidad Ejecutora de la Gerencia General del Poder Judicial, de acuerdo al siguiente detalle:

- Marco Antonio Ángulo Morales US$ 35 dólares americanos

- Jessica Vanessa Medina Jiménez US$ 35 dólares americanos

Artículo Tercero.- Los jueces participantes presentarán un informe a este despacho, en forma individual y en un plazo no mayor de diez días posteriores a la conclusión del referido certamen, que deberá contener: i) Copia del certificado o documento que acredite la participación o aprobación según corresponda; ii) Material bibliográfico en físico o digital, para remitirlo al Centro de Investigaciones Judiciales; iii) En caso sea pertinente presentarán la ponencia realizada en la actividad de capacitación, para su difusión a través del Centro de Investigaciones Judiciales; iv) Propuestas y recomendaciones generadas a partir de la capacitación recibida; y v) Realizar réplicas y difundir, de ser necesario, a través del Centro de Investigaciones Judiciales y la Unidad Administrativa de cada Corte Superior.

Artículo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolución no exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Artículo Quinto.- Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Lima Sur y Piura, jueces participantes, Centro de Investigaciones Judiciales, Oficina Técnica de Cooperación Internacional del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.

JAVIER ARÉVALO VELA

Presidente

2328841-1