Jueves, 21 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Designan Asesora II de la Presidencia Ejecutiva de la ATU

Designan Asesora II de la Presidencia Ejecutiva de la ATU

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

Nº 204-2024-ATU/PE

Lima, 25 de setiembre de 2024

VISTOS:

El Memorando N° D-000225-2024-ATU/PE de la Presidencia Ejecutiva; el Informe N° D-000296- 2024-ATU/GG-OGRH de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; y, el Informe N° D-000510-2024- ATU/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley N° 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y financiera;

Que, los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 155-2024-ATU/PE, establecen que la Presidencia Ejecutiva tiene la función de designar, entre otros, al Gerente General, así como a los titulares de los órganos de línea, de asesoramiento y de apoyo, así como de las unidades orgánicas, de ser el caso, así como de emitir las resoluciones en los asuntos de su competencia;

Que, a través de Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000113-2024-SERVIR-PE, publicada el día 6 de septiembre de 2024 en el diario oficial “El Peruano”, se formaliza el Acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en la Sesión N° 12-2024-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad de la ATU, que incluye los Cuadros N° 1, N° 2 y N° 4;

Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, establece las reglas para su implementación y en su literal b) se señala que el régimen contemplado en el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, es de aplicación hasta la culminación del proceso de implementación del régimen de Servicio Civil en cada entidad pública;

Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor II de la Presidencia Ejecutiva con Código AIRHSP N° 002852 de la ATU, cargo considerado de confianza, por lo que resulta necesario adoptar las acciones convenientes para garantizar el normal funcionamiento de las labores inherentes a dicho puesto;

Que, mediante Memorando N° D-000225-2024-ATU/PE, de fecha 25 de septiembre de 2024, la Presidencia Ejecutiva de la ATU solicitó a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos la evaluación del perfil de la señora ELVITHA PRISCILLA MARCA YACUB para el puesto de Asesora II de la Presidencia Ejecutiva de la ATU;

Que, a través del Informe N° D-000296-2024-ATU/GG-OGRH, de fecha 25 de septiembre de 2024, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos concluye que resulta procedente la designación de la señora ELVITHA PRISCILLA MARCA YACUB en el puesto de Asesora II de la Presidencia Ejecutiva de la ATU;

Que, mediante Informe N° D-000510-2024-ATU/GG-OAJ, de fecha 25 de septiembre de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable la designación indicada anteriormente;

Contando con el visado de la Gerencia General, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos y la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en el artículo 7 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y estando a las funciones establecidas en los literales e) y t) del artículo 17 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 155-2024-ATU/PE;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar a la señora ELVITHA PRISCILLA MARCA YACUB en el puesto de Asesora II de la Presidencia Ejecutiva con Código AIRHSP N° 002852 de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU.

Artículo 2.- Notificar la presente resolución a la señora ELVITHA PRISCILLA MARCA YACUB y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para los fines pertinentes.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en la sede digital de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (https://www.gob.pe/atu).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DAVID AUGUSTO HERNÁNDEZ SALAZAR

Presidente Ejecutivo

2328796-1