Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en misión de estudios
Resolución Ministerial
Nº 01029-2024-DE
Lima, 20 de setiembre del 2024
VISTOS:
El Oficio Nº 7282/52 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio Nº 02743-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01641-2024-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, por medio del Oficio Nº 1329/61 el Director General de Educación de la Marina solicitó al Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América dos (2) cupos para que oficiales de la Marina de Guerra del Perú participen en el “International Fellows Program” en “Menthoring in Wargaming”, el cual se encuentra dirigido a dos (2) oficiales en el grado de Teniente Primero;
Que, con Oficio Nº 311/MAAG/NAVSEC-LOG el Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América comunicó al Director General de Educación de la Marina, que la Oficina de Entrenamiento de Asistencia de Seguridad de la Marina de los Estados Unidos de América (NETSAFA) ha programado dos (2) vacantes para que dos (2) Oficiales de la Marina de Guerra del Perú participen en la pasantía académica “International Fellows Program” en “Menthoring in Wargaming”, a desarrollarse en la Escuela de Guerra Naval, ubicada en la ciudad de Newport, estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, del 30 de setiembre al 20 de diciembre de 2024; asimismo, informó que el Caso FMS PE-P-TAE cubre el costo del entrenamiento;
Que, a través del Informe Legal Nº 062-2024/OAL-DIREDUMAR la Jefatura Accidental de la Oficina de Asesoría Legal de la Dirección General de Educación de la Marina opina que es procedente autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Primero Alejandro DRAGO ALFARO y del Teniente Primero José Ricardo NAVACH CORTES para participar en la pasantía académica “International Fellows Program” en “Menthoring in Wargaming”, a desarrollarse en la Escuela de Guerra, en Newport, estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, del 30 de setiembre al 20 de diciembre de 2024;
Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos anexada al expediente, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Primero Alejandro DRAGO ALFARO y del Teniente Primero José Ricardo NAVACH CORTES para participar en el “International Fellows Program” en “Menthoring in Wargaming”, por cuanto el citado curso fue diseñado conjuntamente por el Departamento de Programas Internacionales de la Escuela de Guerra Naval (NWC) de los Estados Unidos de América y la Escuela de Guerra Operacional Marítima, para capacitar a los estudiantes internacionales e incrementar sus conocimientos y experiencias relacionados a los conceptos y procesos fundamentales necesarios para apoyar a un Comandante de Componente Marítimo Multinacional en el nivel operativo de la guerra, en beneficio de la Marina de Guerra del Perú;
Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 178-2024 suscrita por el Jefe de la Oficina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina y por el Director General de Educación de dicha Institución Armada, los gastos por concepto de pasajes aéreos y compensación extraordinaria por servicio en el extranjero se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 7 del Reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;
Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 200-2024 el Jefe de la Oficina de Planes, Programas y Presupuestos de la Sub-Unidad Ejecutora 01 “Personal y Bienestar” de la Dirección de Administración de Personal de la Marina de Guerra del Perú detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en misión de estudios; asimismo, con las Certificaciones de Crédito Nº 0000000101 y Nº 0000000156 emitidas por la Dirección de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina de Guerra del Perú, se garantiza el financiamiento del presente viaje al exterior;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de garantizar la participación oportuna del personal militar designado durante la totalidad de la actividad programada, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del término de la misma, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al tesoro público;
Que, con Oficio Nº 7282/52 la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita la autorización del viaje al exterior, en misión de estudios, del personal militar que participará en el “International Fellows Program” en “Menthoring in Wargaming”, a realizarse en la Escuela de Guerra Naval, ubicada en la ciudad de Newport, estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, del 30 de setiembre al 20 de diciembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 29 de setiembre y su retorno el 21 de diciembre de 2024;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, conforme al artículo 26 de la Ley N 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en comisión de servicio o misión de estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio previsto en la ley de la materia;
Que, a través del Oficio Nº 02743-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN y el Informe Técnico Nº 066-2024-MINDEF/VPD-DIGRIN-LAYC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable sobre la autorización de viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, mediante el Informe Legal Nº 01641-2024-MINDEF/SG-OGAJ la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el presente viaje al exterior, en misión de estudios, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 414-2019-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en misión de estudios, del Teniente Primero Alejandro DRAGO ALFARO, identificado con CIP Nº 00016871 y DNI Nº 46871194, y del Teniente Primero José Ricardo NAVACH CORTES, identificado con CIP Nº 01011959 y DNI Nº 72801402, para participar en el “International Fellows Program” en “Menthoring in Wargaming”, a realizarse en la Escuela de Guerra Naval, ubicado en la ciudad de Newport, estado de Rhode Island, Estados Unidos de América, del 30 de setiembre al 20 de diciembre de 2024, así como autorizar su salida del país el 29 de setiembre y su retorno el 21 de diciembre de 2024.
Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2024, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Pasajes aéreos: Lima - Newport, estado de Rhode Island
(Estados Unidos de América) - Lima
US$ 1,773.90 x 2 personas (incluye importe TUUA) US$ 3,547.80
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
US$ 5,346.90 / 30 x 1 día (set) x 2 personas US$ 356.46
US$ 5,346.90 x 2 meses (oct-nov) x 2 personas US$ 21,387.60
US$ 5,346.90 / 31 x 20 días (dic) x 2 personas US$ 6,899.23
Total a pagar: US$ 32,191.09
Artículo 3.- El otorgamiento de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de viajes al exterior del personal militar del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, con cargo al respectivo presupuesto institucional del año fiscal correspondiente.
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El Oficial Subalterno designado más antiguo debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- Los mencionados Oficiales Subalternos revistarán en la Dirección General de Educación de la Marina de Guerra del Perú por el período que dure la misión de estudios en el exterior.
Artículo 7.- Los Oficiales Subalternos designados están impedidos de solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 8.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Walter Enrique Astudillo Chávez
Ministro de Defensa
2328046-1