Decreto Supremo que modifica los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) para los Tramos I, II y III correspondiente al año 2024 y el Decreto Supremo N° 318-2023-EF
DECRETO SUPREMO
N° 174-2024-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley Nº 29332, Ley que crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, se crea el Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal; el mismo que es denominado como Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41 de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que el Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) es una herramienta de incentivos presupuestarios a cargo del Ministerio de Economía y Finanzas que promueve la mejora de la calidad de los servicios públicos provistos por las municipalidades a nivel nacional, el cual tiene por objetivo general contribuir a la mejora de la efectividad y eficiencia del gasto público de las municipalidades, vinculando el financiamiento a la consecución de resultados asociados a los objetivos nacionales; y, por objetivos específicos el mejorar la calidad de los servicios públicos locales y la ejecución de inversiones, que están vinculados a resultados, en el marco de las competencias municipales, de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; así como mejorar los niveles de recaudación y la gestión de los tributos municipales. Asimismo, dispone que los criterios, lineamientos y procedimientos para la distribución del incentivo, así como los requisitos y metas que deben cumplir para que los gobiernos locales accedan al referido Programa de Incentivos son establecidos mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 318-2023-EF, Decreto Supremo que aprueba los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) para los Tramos I, II y III correspondiente al año 2024, y dicta otras disposiciones, se aprueban los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) para los Tramos I, II y III correspondiente al año 2024;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 132-2024-EF, se modifican, entre otros, diversos artículos de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) para los Tramos I, II y III correspondiente al año 2024, aprobado a través del Decreto Supremo N° 318-2023-EF;
Que, con la finalidad de continuar con el proceso de verificación del cumplimiento de metas y consecuente asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) correspondiente al año 2024 e incorporar mejoras y garantizar la participación del mayor número de Entidades Públicas para la presentación de compromisos, indicadores y metas para la edición 2025 del PI; resulta necesario modificar los plazos para la remisión de los resultados de la verificación del cumplimiento de las metas de los Tramos I, II y III establecidos en los literales b, c y e del numeral 10.2 del artículo 10 de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) para los Tramos I, II y III correspondiente al año 2024, así como modificar el plazo para la publicación de los lineamientos para el diseño de compromisos, indicadores y metas correspondientes a la edición 2025 del PI al que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 318-2023-EF;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Cuarta Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
DECRETA:
Artículo 1.- Modificación de los literales b, c y e del numeral 10.2 del artículo 10 de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) para los Tramos I, II y III correspondiente al año 2024, aprobados por el Decreto Supremo Nº 318-2023-EF
Modificar los literales b, c y e del numeral 10.2 del artículo 10 de los Procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) para los Tramos I, II y III correspondiente al año 2024, aprobados por el Decreto Supremo Nº 318-2023-EF, conforme al siguiente texto:
“Artículo 10. Verificación del cumplimiento de metas
(…)
10.2. La verificación del cumplimiento de las metas de los tres Tramos se realiza de acuerdo con lo siguiente:
(…)
b. Los resultados de esta verificación deben ser remitidos de acuerdo con lo siguiente:
b.1. Los resultados de la verificación del Tramo I deben ser remitidos por cada entidad implementadora de los compromisos a la DGPP, de acuerdo con la estructura y en el formato que esta establezca, hasta 05 días hábiles contados a partir de la publicación del presente Decreto Supremo.
b.2. Los resultados de la verificación de los Tramo II y III deben ser remitidos por cada entidad implementadora de los compromisos a la DGPP, de acuerdo con la estructura y en el formato que esta establezca, de acuerdo con lo siguiente:
- Para el Tramo II, hasta el 21 de febrero de 2025.
- Para el Tramo III, hasta el 11 de setiembre de 2025.
c. La DGPP consolida y publica los resultados preliminares de la verificación del cumplimiento de metas a las que hace referencia el literal precedente, en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), de acuerdo con los siguientes plazos:
- Para el Tramo I, hasta el 30 de setiembre de 2024.
- Para el Tramo II, hasta el 14 de marzo de 2025.
- Para el Tramo III, hasta el 30 de setiembre de 2025.
(…)
e. Los resultados finales, producto de la verificación del cumplimiento y de la evaluación de las observaciones, se aprueba mediante resolución directoral de la DGPP, de acuerdo con los siguientes plazos:
- Para el Tramo I, hasta el 02 de diciembre de 2024.
- Para el Tramo II, hasta el 23 de abril de 2025.
- Para el Tramo III, hasta el 02 de diciembre de 2025.
Artículo 2.- Modificación de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 318-2023-EF
Modificar la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 318-2023-EF, conforme al siguiente texto:
“Segunda.- Diseño de compromisos correspondientes al periodo 2025
La Dirección General de Presupuesto Público aprueba mediante resolución directoral los Lineamientos para la presentación de propuestas de compromisos, indicadores y metas del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) para el periodo 2025 hasta el 31 octubre de 2024, con la finalidad de establecer los criterios y las fases del proceso de diseño de compromisos e indicadores correspondientes al periodo junio – diciembre 2025, en el marco del citado Programa”.
Artículo 3.- Publicación
El presente Decreto Supremo se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil veinticuatro.
DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA
Presidenta de la República
WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ
Ministro de Defensa
Encargado del despacho del
Ministerio de Economía y Finanzas
2328944-1