Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Dejan sin efecto la delegación de facultad dispuesta en el literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 0001-2024-ANA

Dejan sin efecto la delegación de facultad dispuesta en el literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 0001-2024-ANA

RESOLUCIÓN JEFATURAL

N° 0367-2024-ANA

San Isidro, 20 de setiembre de 2024

VISTO:

El Informe Legal N° 0939-2024-ANA-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, conforme al artículo 21 de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua ejerce la representación legal e institucional de la entidad y conduce la marcha general de la misma, asumiendo la titularidad del pliego presupuestal;

Que, el literal b) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, señala que la Jefatura ejerce la representación legal e institucional de la Autoridad Nacional del Agua suscribiendo contratos, convenios y demás documentos que en tal virtud corresponda;

Que, mediante literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 0001-2024-ANA, se delega en la Gerencia General, durante el año fiscal 2024, la facultad de “Suscribir acuerdos y convenios de colaboración interinstitucional con entidades nacionales públicas y/o privadas, dentro del marco legislativo aplicable y siempre que con ello se logre el cumplimiento de su finalidad y no se vulnere normas de orden público, acorde con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General”;

Que, atendiendo a la gestión realizada en la Autoridad Nacional del Agua respecto a la colaboración entre entidades para el intercambio voluntario de beneficios y trabajo conjunto en el cumplimiento de las funciones que una entidad pueda necesitar, a través de la suscripción de acuerdos y convenios por parte de la Jefatura de la entidad durante el presente año fiscal, y conforme a lo señalado en el inciso 78.5 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, corresponde dejar sin efecto de manera expresa lo dispuesto en el literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 0001-2024-ANA;

Con los vistos de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y, de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Dejar sin efecto

Déjese sin efecto la delegación de facultad dispuesta en el literal a) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución Jefatural N° 0001-2024-ANA, modificada por la Resolución Jefatural N° 0329-2024-ANA.

Artículo 2.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web Institucional (www.gob.pe/ana).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALONZO ZAPATA CORNEJO

Jefe

2327749-1