Autorizan viaje de servidores del Ministerio del Interior a Ecuador, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 1182-2024-IN
Lima, 20 de setiembre de 2024
VISTOS, los Informes N° 000155-2024-IN-OGPP-OPE y N° 000001-2024-IN-OGPP-OPE-CGCR, de la Oficina de Planeamiento y Estadística de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000566-2024-IN-VSP-DGIS-DGC, de la Dirección de Gestión del Conocimiento para la Seguridad de la Dirección General de Información para la Seguridad; el Informe N° 001059-2024-IN-OGPP-OCRI, de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 0001636-2024-IN-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio N° MDI-DMI-2024-1566-OF, de fecha 19 de junio de 2024, el Ministerio del Interior de la República del Ecuador extiende invitación al Ministro del Interior del Perú para participar en el VII Taller Binacional del Comité Binacional de Consolidación de Información Estadística sobre Seguridad (CBIES) a realizarse del 23 al 27 de setiembre de 2024, en la ciudad de Quito, en el marco del Plan Operativo Anual 2024 del citado Comité; destacándose que el referido espacio de cooperación binacional permitirá continuar con el intercambio de ideas, procesos y procedimientos fundamentales en la construcción del sistema binacional de información en seguridad;
Que, con Informes N°s 000155-2024-IN-OGPP-OPE, 000001-2024-IN-OGPP-OPE-CGCR, 000566-2024-IN-VSP-DGIS-DGC y 001059-2024-IN-OGPP-OCRI, la Oficina de Planeamiento y Estadística de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Dirección de Gestión del Conocimiento para la Seguridad de la Dirección General de Información para la Seguridad, y la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentan la importancia y viabilidad de la participación de los servidores mencionados en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, al taller descrito precedentemente;
Que, mediante Informe N° 001059-2024-IN-OGPP-OCRI, la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable y recomienda se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, de los servidores mencionados en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 22 al 27 de setiembre de 2024, a la ciudad de Quito de la República de Ecuador, reconociendo que el citado viaje al exterior se enmarca en el cumplimiento de un compromiso asumido por el Ministerio del Interior en el marco del Comité Binacional de Información Estadística para la Seguridad Perú – Ecuador (CBIES); que las acciones que resulten de la participación del Sector en el citado taller están alineados al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas, particularmente el Objetivo de Desarrollo Sostenible 16 “Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas”, específicamente con la meta N° 16.6 “Crear a todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas”; encontrándose alineado al objetivo estratégico de la Política Exterior del Perú, el cual es profundizar los vínculos con los países de la región, con énfasis en los países vecinos al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM) al 2030 y al Plan Estratégico Institucional (PEI) 2022-2027; además, que el mencionado taller permitirá obtener insumos importantes para los diferentes documentos de gestión que sustentan y respaldan las funciones del Ministerio del Interior en cuanto a la emisión de información estadística;
Que, la participación de los servidores mencionados en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial en el referido taller, se encuentra en el ámbito de las competencias del Ministerio del Interior, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y vuelta), son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003779 (pasajes aéreos) y a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003772 (viáticos), para el caso de los servidores de la Oficina de Planeamiento y Estadística de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003829 (pasajes aéreos) y a la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000003826 (viáticos), para el caso del servidor de la Dirección de Gestión del Conocimiento para la Seguridad de la Dirección General de Información para la Seguridad;
Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje (…)”;
Que, asimismo, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que “(…) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento”; y el artículo 4 señala que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano;
Que, conforme al literal A del numeral 6.2 de la Directiva N° 006-2020-IN-OGPP, Lineamientos para la autorización de viajes al exterior del personal del Ministerio del Interior, aprobada por Resolución Ministerial N° 991-2020-IN, se define como comisión de servicios, a aquellos viajes al exterior en cumplimiento de una misión institucional por el personal de un órgano o unidad orgánica del Ministerio del Interior;
Que, a través del Informe de Vistos, la Oficina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable tramitar el proyecto de resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, de los servidores mencionados en la parte resolutiva de la presente Resolución Ministerial, del 22 al 27 de setiembre de 2024, a la ciudad de Quito de la República de Ecuador;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior;
De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, mediante el cual se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; y la Directiva N° 006-2020-IN-OGPP, Lineamientos para la autorización de viajes al exterior del personal del Ministerio del Interior, aprobada por Resolución Ministerial N° 991-2020-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del 22 al 27 de setiembre de 2024, a la ciudad de Quito de la República de Ecuador, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, de los servidores del Ministerio del Interior que se detallan a continuación:
Especialista Estadístico de la Oficina de Planeamiento y Estadística de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto |
CARLOTA GRACIELA CASTRO RODRIGUEZ |
Analista I en Análisis Estadístico de la Oficina de Planeamiento y Estadística de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto |
MARY CARMEN VANESSA ROJAS LLONTOP |
Coordinador en Gestión del Conocimiento de la Dirección de Gestión del Conocimiento para la Seguridad de la Dirección General de Información para la Seguridad del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública |
MANUEL ANTONIO MORENO SUCRE |
Artículo 2.- Los gastos por concepto de pasajes aéreos, incluyendo la tarifa de uso de aeropuerto, y viáticos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, son cubiertos con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Oficina General de Administración, del Pliego 007: Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
a) Representantes de la Oficina de Planeamiento y Estadística de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto:
Moneda |
Importe |
Días |
Personas |
Total |
|
Viáticos |
US$ |
370,00 |
5 |
2 |
3, 700,00 |
Pasajes |
S/. |
5 958,82 |
2 |
5 958,82 |
b) Representante de la Dirección de Gestión del Conocimiento para la Seguridad de la Dirección General de Información para la Seguridad:
Moneda |
Importe |
Días |
Personas |
Total |
|
Viáticos |
US$ |
370,00 |
5 |
1 |
1 850,00 |
Pasajes |
S/. |
2 979,41 |
1 |
2 979,41 |
Artículo 3.- Disponer que el personal cuyo viaje se autoriza, presente al Titular de la Entidad, dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno, un informe detallado donde describa las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ
Ministro del Interior
2327643-1