Autorizan viaje de Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno a la República Dominicana, en comisión de servicios
Universidad Nacional del
Altiplano - Puno
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 2226-2024-R-UNA
Puno, 15 de agosto del 2024
VISTOS:
El OFICIO Nº 394-2024-VRI-UNA-PUNO (08-08-2024), procedente del Vicerrectorado de Investigación – UNA-PUNO; y, el MEMORANDUM Nº 870-2024-SG-UNA-PUNO (15-08-2024) emitido por Secretaría General de esta Casa Superior de Estudios, referidos al requerimiento y aprobación de autorización de viaje al extranjero, ciudad de SANTO DOMINGO - REPÚBLICA DOMINICANA, del Dr. ARIEL ROGELIO VELAZCO CARDENAS, Vicerrector de Investigación; con fines de participación en evento III Encuentro de la Red RU - IRA;
CONSIDERANDO:
Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales; asimismo, la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas;
Que, la Ley Nº 27619, que tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; en cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad;
Que, mediante OFICIO Nº 394-2024-VRI-UNA-PUNO, el Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, en atención a la invitación contenida en la Carta s/n (01-08-2024), cursado por el Responsable del proyecto FAO-UPM y Coordinador de la RED RU-IRA de la Universidad de Caribe - UNICARIBE, solicita la autorización de viaje a la ciudad de Santo Domingo – República Dominicana, del 04 al 09 de setiembre del año en curso, a fin de participar en el “III ENCUENTRO DE LA RED para las 46 universidades de América Latina y Caribe y las 50 instituciones del ámbito privado (empresas, cooperativas, asociaciones agroalimentarias) formalmente comprometidas con la difusión de los Principios de Inversión Responsable en Agricultura (IRA) y los Sistemas Alimentarios de FAO” que tiene como objetivo: “UNA METAUNIVERSIDAD PARA UN DESARROLLO SOSTENIBLE: INVERSIÓN RESPONSABLE EN AGRICULTURA Y SISTEMAS ALIMENTARIOS”; asimismo requiriéndose para el efecto, la autorización de una bolsa de viaje por la suma de ONCE MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 SOLES (S/. 11,400.00), de conformidad al respectivo Plan de Trabajo que se encuentra anexo;
Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido las opiniones técnicas contenidas en: el INFORME Nº 1913-2024-UP-OPP-UNA-PUNO (13-08-2024) de la Unidad de Presupuesto, del cual se infiere la existencia de disponibilidad de marco presupuestal en la Meta SIAF-0037 – 5.000650 Desarrollo de Estudios e Investigaciones Estadísticas – VRI, en la Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, hasta por el importe de S/. 11,400.00 Soles; y el INFORME Nº 1550-2024-SP-UPM-OPP-UNA-P (13-08-2024) de la Unidad de Planeamiento y Modernización, sobre la existencia del registro de la Actividad Operativa “DESARROLLO DE PROYECTOS Y ESTUDIOS DE INVESTIGACIÓN – RDR”, correspondiente al POI 2024 en el aplicativo CEPLAN V.01; por lo que resulta la posibilidad de autorizar los gastos de viaje requeridos. Asimismo, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido el INFORME LEGAL Nº 1833-2024-OAJ-UNA-PUNO (14-08-2024), el cual, en armonía con la normativa y consideraciones expuestas, opina que es viable autorizar el viaje al extranjero, materia de la presente;
Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA-PUNO (RAU. Nº 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes.”;
Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y,
De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria del 14 de agosto 2024;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, ciudad de SANTO DOMINGO – REPÚBLICA DOMINICANA, en comisión de servicio con goce de haber, a partir del 04 al 09 de setiembre del 2024, al Dr. ARIEL ROGELIO VELAZCO CARDENAS, Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, con fines de participar en el “III ENCUENTRO DE LA RED para las 46 universidades de América Latina y Caribe y las 50 instituciones del ámbito privado (empresas, cooperativas, asociaciones agroalimentarias) formalmente comprometidas con la difusión de los Principios de Inversión Responsable en Agricultura (IRA) y los Sistemas Alimentarios de FAO” que tiene como objetivo: “UNA METAUNIVERSIDAD PARA UN DESARROLLO SOSTENIBLE: INVERSIÓN RESPONSABLE EN AGRICULTURA Y SISTEMAS ALIMENTARIOS”, siendo anfitriones del evento la Universidad de Caribe (UNICARIBE) junto con la Universidad Politécnica de Madrid (UPM); disponiéndose para el efecto, se le otorgue una bolsa de viaje por el monto de ONCE MIL CUATROCIENTOS CON 00/100 SOLES (S/. 11,400.00), con cargo a la Meta SIAF-0037 – 5.000650 Desarrollo de Estudios e Investigaciones Estadísticas – VRI, en la Genérica del Gasto 2.3 Bienes y Servicios, Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados; de conformidad con los fundamentos descritos en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Artículo Segundo.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Dirección General de Administración, la Unidad de Recursos Humanos y demás dependencias correspondientes de la entidad, quedan encargados del cumplimiento de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PAULINO MACHACA ARI
Rector
LEILA ROSMERY FLORES BUSTINZA
Secretaria General
2320402-1