Sábado, 23 de noviembre 2024 - Diario digital del Perú

Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca

Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca

resolución de la fiscalía de la nación

Nº 2014-2024-MP-FN

Lima, 18 de setiembre de 2024

VISTO:

Los oficios N°s. 001355 y 001383-2024-MP-FN-PJFSCAJAMARCA, de fechas 14 y 15 de agosto de 2024, respectivamente, y;

CONSIDERANDO:

Mediante escrito de fecha 12 de agosto de 2024, recepcionado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito fiscal de Cajamarca, la abogada Pamela Elizabeth Torrel Mantilla, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca, designada en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de San Miguel, presenta su renuncia al cargo, por motivos personales, solicitando la exoneración del plazo de ley e indica que sea efectiva a partir del 20 de agosto de 2024.

Asimismo, la referida renuncia, cuenta con el visto bueno de su jefe inmediato, la abogada Sonia Jesús Silva Ñontol, fiscal provincial titular del Distrito Fiscal de Cajamarca, designada en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de San Miguel, quien para tal fin suscribe el citado documento.

A través de los oficios N°s. 001355 y 001383-2024-MP-FN-PJFSCAJAMARCA, el abogado Cristian Javier Araujo Morales, presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, eleva a través de la Carpeta Electrónica Administrativa (CEA), al Despacho de la Fiscalía de la Nación, la citada renuncia, con efectividad al 20 de agosto de 2024.

Conforme al numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, señala que el cargo de fiscal termina por motivo de renuncia, desde que es aceptada.

A través del artículo 183 del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, señala que “El término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales)”.

Adicionalmente, el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, establece lo siguiente: “La autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.

En ese sentido, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la revisión de los actuados, resulta necesario aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia de la referida fiscal, debiéndose considerar como último día de labores el 19 de agosto de 2024.

Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Aceptar, con eficacia anticipada, la renuncia formulada por la abogada Pamela Elizabeth Torrel Mantilla, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Cajamarca y a su designación en el despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal de San Miguel, por consiguiente dejar sin efecto, a partir del 20 de agosto de 2024, su nombramiento y designación, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2267-2022-MP-FN, de fecha 21 de octubre de 2022, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite.

Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Pamela Elizabeth Torrel Mantilla, que deberá efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cajamarca, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA

Fiscal de la Nación (i)

2326586-1